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Todo lo que necesita saber para adquirir vivienda en Colombia y aún no se lo han contado

En respuesta a algunos desafíos significativos del sector inmobiliario en Colombia, diversas organizaciones y entes han propuesto una serie de medidas, en las que algunos bancos se han sumado reduciendo las tasas de interés en sus créditos de vivienda, a partir del segundo semestre del año. De cara a esta realidad, y, con deseos de informar y asesorar, DUMED, firma boutique que ofrece asistencia jurídica, desea acompañar a muchas personas y familias colombianas que no cuentan con el conocimiento necesario para navegar por el proceso de compra de vivienda y así puedan tomar decisiones más acertadas.
Jhon Jairo Morales, abogado y director General de DUMED, explica una guía clara y detallada sobre algunos pasos esenciales que se deben tener en cuenta a la hora de adquirir una vivienda en Colombia, pues como él mismo lo dice “Comprar vivienda en el país es una de las decisiones más complejas y como tal se debe asumir con total responsabilidad”.  

Cuentas Claras: Lo primero que se debe definir es un presupuesto de manera consciente, por medio de una simulación sencilla, en la que se divide el valor total en un determinado número de meses. De esta forma, el comprador podrá definir desde un inicio cuánto quedará pagando, la periodicidad de sus pagos, cuotas extras o acumulación de ingresos del núcleo familiar.

Acompañamiento Jurídico previo: Usualmente se busca asesoría jurídica cuando se tiene problemas y ya no se sabe qué más hacer. Para evitar esto, es mejor contar con la asesoría de un profesional que determine desde el inicio cosas importantes que deben quedar estipuladas en el contrato, desde fecha de entrega del inmueble, hasta quién es el responsable de escriturar, cuándo y dónde. Interpretar previamente el contrato predispuesto por el vendedor, establecer el alcance y reciprocidad de las obligaciones, entre otros. “En DUMED, no solo asesoramos a nuestros clientes, nuestro interés es educar al público en general, a través de videos en lenguaje claro, recopilando experiencias y descendiendo a un nivel del lenguaje al alcance de todos, que publicamos en redes sociales, TikTok e Instagram, ya que hemos puesto un abogado experto y con gran trayectoria en la representación de miles de familias en importantes litigios, a disposición de la audiencia de manera gratuita. Adicionalmente, hemos tenido el valor para denunciar los abusos, las malas prácticas y los entramados que se pueden entretejer en algunos círculos del sector constructor y financiero, nos hemos vuelto la voz de gente que no tiene voz y que demanda ser escuchada”, agrega Jhon Morales.

Tomar decisiones razonadas y más conscientes: Es necesario entender que las salas de ventas están diseñadas para atender al cliente y generar una experiencia comercial, que va desde la iluminación, el mobiliario hasta los aromas usados en estos espacios. Lo que puede llevar a las personas a tomar una decisión de compra guiada mediante estímulos sensoriales y emocionales. “Hemos tenido casos en los que en la sala de ventas han confundido al comprador y le han hecho pensar que la vivienda se la entregarán tal cual el diseño de la exhibición, cuando en realidad la entregan en obra gris o en obra negra”, asegura el director de DUMED.

Proyección de inversión: En Colombia es aconsejable que, el 75% de los ingresos mensuales de una persona deban ser destinados para gastos básicos. De acuerdo a esto, se debe proyectar no más del 25% de los ingresos mensuales para la cuota inicial de la vivienda, puesto que es un bien que aún no existe. Así que, la vía más segura es hacer un cálculo de acuerdo a la capacidad de pago, haciendo simulaciones en las entidades financieras directamente del cupo de crédito, cuota mensual, nivel mínimo de ingresos, capacidad de endeudamiento y perfil de crédito.

Reputación del constructor: La experiencia del constructor es vital, no es determinante respecto del futuro, pero si respecto del presente. Antes de iniciar este proceso, es indispensable indagar y conocer referencias en el mercado sobre el constructor para no llevarse sorpresas, validar si tiene reclamos, denuncias públicas en redes sociales o en sistemas de información legal como por ejemplo en la página de la Rama Judicial o en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), pues hoy en día la información está a un clic.

Sobre las Fiduciarias: Las fiduciarias son necesarias y por lo tanto se debe educar al consumidor en temas fiduciarios. El comprador debe tener claridad, no tanto en qué “marca” de fiduciaria está, sino que se debe centrar en qué tipo de fiduciaria está y el tipo de contrato, esto es para conocer de antemano si la fiduciaria estará hasta el final del proceso y si es la encargada de otorgar la Escritura Pública del bien.  

Quién responde por la garantía o Escritura Pública del inmueble:“Si la gente tuviera claro quién es el que responde, créanme que disminuye por lo menos el 40% de las estafas inmobiliarias en Colombia”. Asegura Jhon. Al tener total claridad en el contrato de quien es el responsable de entregar materialmente el bien y de escriturarlo, se sabe quién está en la obligación legal de entregar el inmueble de manera definitiva, individualizando al responsable de cada acto y poder delimitar las obligaciones en un eventual incumplimiento.

Normativas y reglas mínimas: Actualmente, existe información legal a la mano, con normas redactadas para la gente, mediante un lenguaje sencillo y claro. Ahora bien, se debe tener cuidado con diversas prácticas viciadas en el mercado. “Aquí cabe resaltar, que, si bien existen leyes en cuanto a los temas de vivienda, actualmente en Colombia no existe una entidad especializada que controle todo lo referente al sector, ya que, todos los casos llegan a la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual se encuentra saturada por todas las solicitudes del consumidor, y esto lo digo por experiencia propia”. Así lo afirma el abogado.

Recomendaciones finales: es imperativo que todas las personas o inversionistas dimensionen las decisiones previo a vincularse en un proyecto o inversión inmobiliaria. La deficiencia cualitativa y cuantitativa de la vivienda en Colombia, no solo representa una buena oportunidad para el sector y los consumidores, sino que se convierte en el caldo de cultivo perfecto para especulaciones, abusos contractuales, urbanización ilegal y captaciones masivas de dinero en detrimento de los actores legales del gremio de la construcción y de los consumidores como destinatario la finales al momento de comprar o usar las viviendas, destacando de los últimos la asimetría en las relaciones de consumos en las cuales siempre son los sujetos débiles.

En Colombia 1.3 millones de familias esperan acceder a una solución de vivienda, con un déficit acumulado de más de 570.000 unidades habitacionales, sin mencionar factores cualitativos que revelarían condiciones deficitarias en más de 1.8 millones de viviendas en Colombia”, asegura Jhon Morales, experto que sigue de cerca el tema.A lo anterior se suma otro debate importante, y son las cláusulas y prácticas abusivas, entre las cuales se destacan unas comunes en la mayoría de contratos preparatorios para la compra de vivienda (encargos fiduciarios, promesas de compraventa, entre otros) en los cuales se resalta el abuso de posición dominante como elemento común.

“Podrá sonar muy cliché, pero lo que me motiva a mí a educar a la gente en todos estos temas, es ver su dolor de cómo acaban con su sueño. Yo he visto casos de suicidio, separaciones matrimoniales, crisis mentales y enfermedades a causa de esto, lo cual me despierta cierta sensibilidad. Además, por ser un tema tan exageradamente técnico, muchos abogados no lo saben manejar, abordan un contrato, buscan obtener un poder de parte del cliente, piensan en los honorarios (usualmente anticipados) y no saben por dónde empezar… Es por esto, que se hace necesario contar con un enfoque adecuado, con la implementación de políticas efectivas para no sólo volver a generar credibilidad y revitalizar el mercado, sino por un tema más humano y justo de cara a las necesidades del comprador”. Concluye Jhon Jairo Morales, Abogado y Director General de DUMED.

Finalmente destaca el experto que se requiere no solo endurecer las sanciones, excluir de la actividad de la construcción y enajenación de soluciones de vivienda a los constructores hallados responsables de malas prácticas o estafas, sino que es prioritario abrir la discusión nacional para evaluar la necesidad de la creación de una Superintendencia de Vivienda con funciones jurisdiccionales, en la cual se cuente con servidores expertos en la materia, conocedores de las prácticas, lenguajes y normas técnicas del sector; además, que hagan más expeditos los litigios y reclamaciones de los consumidores.

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Abierta convocatoria para elección de alcaldes en cuatro localidades de Bogotá.

Abierta convocatoria para elección de alcaldes en cuatro localidades de Bogotá

La Alcaldía de Bogotá y la Secretaría de Gobierno (SDG) invitan a todas las personas con vocación de servicio y compromiso hacia sus comunidades a participar en el concurso de méritos para la elección de alcaldesas y alcaldes locales. Esta es una oportunidad única para liderar y gestionar los recursos públicos de manera honesta y responsable en beneficio de las localidades.

La Secretaría de Gobierno, en alianza con la Universidad Nacional y las Juntas Administradoras Locales (JAL), abre este proceso meritocrático para cubrir las alcaldías locales de Usme, Tunjuelito, Antonio Nariño y Sumapaz, donde en la primera convocatoria no se logró conformar ternas. Se busca asegurar la transparencia en la elección de liderazgos comprometidos con las necesidades de su comunidad y trabajen por su bienestar.

La Administración distrital hace un llamado especial a las mujeres para que participen activamente en esta convocatoria. “Buscamos liderazgos locales que se sumen a la construcción de este gobierno de lo cotidiano, desde las alcaldías locales», destaca el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero Ardila. Es fundamental que las mujeres que cumplan con el perfil profesional y vocacional se postulen y lideren desde sus localidades.

Requisitos para la inscripción

Las personas interesadas deberán presentar los siguientes documentos en las JAL, tanto en formato físico o digital:

  • Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado. (Las personas pueden obtener el formato impreso en cada JAL)
  • Formato Único de Hoja de vida de Persona Natural del Departamento Administrativo de la Función Pública o del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, debidamente diligenciado y firmado, con soportes, en medio físico y electrónico o digital.
  • Copia legible de la Cédula de Ciudadanía.
  • Declaración del o la aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad de que trata el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las establecidas en el artículo 27 y 29 de la Ley 1909 de 2018, ni de presentar antecedentes judiciales. Esta exigencia aplica a todas las causales contenidas en el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, salvo la contenida en el numeral 4 ibidem.
  • Soportes de cumplimiento del numeral 13.2.1.1 del artículo 13 del Decreto 785 de 2005: Título profesional y título de posgrado, y experiencia profesional mínima de 48 meses, de acuerdo con las áreas del conocimiento del núcleo básico descrito en la Circular 017 de 2024.

De acuerdo con el tipo de vinculación con la localidad que se quiera acreditar, presentar al menos uno de los siguientes documentos que constate este vínculo por lo menos durante los dos (2) años anteriores a la fecha de elección o nombramiento:

  • Certificación actualizada, expedida por la Alcaldía Local, para acreditar residencia. Esta certificación debe estar acompañada de documento(s) que den claridad del tiempo de permanencia en la localidad durante los últimos 2 años (Ejemplo: certificación de la Junta de Acción Comunal, contrato de arrendamiento, certificado de arrendador o dueño de vivienda, certificado del administrador del conjunto de propiedad horizontal).
  • Certificado de la Cámara de Comercio de Bogotá con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses, para acreditar actividad industrial o comercial.
  • Certificación, debidamente diligenciada, de la empresa de la localidad en la que conste el tiempo de trabajo, dirección de la empresa, NIT, así como la naturaleza jurídica y domicilio de la misma, para acreditar actividad laboral.
  • Certificación expedida por la persona jurídica en la que consten funciones desempeñadas, tiempo de servicio, domicilio y naturaleza de la persona jurídica, para acreditar una actividad profesional.
  • Afirmación del aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, en la que se señale la actividad profesional, tiempo de ejercicio y ubicación en donde se ha desarrollado; para acreditar la actividad profesional que haya sido ejercida de manera independiente.

Cronograma y etapas del proceso

Alcaldes locales

No podrán ser elegidos quienes:

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 65 y 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, no podrán ser elegidos alcaldes o alcaldesas locales quienes:

  • Hayan sido condenados a pena privativa de libertad, excepto en los casos de delitos culposos o políticos.
  • Hayan sido sancionados con la pena de destitución de un cargo público, o se encuentren, temporal o definitivamente, excluidos del ejercicio de una profesión en el momento de la inscripción de su candidatura.
  • Hayan perdido la investidura de miembros de una corporación de elección popular.
  • Dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura se hayan desempeñado como empleados públicos en el Distrito; hayan sido miembros de una junta directiva distrital; hayan intervenido en la gestión de negocios o en la celebración de contratos con el Distrito o hayan ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismos públicos de cualquier nivel.
  • Sean cónyuges, compañeros o compañeras permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, o primero de afinidad civil, de los concejales o de los funcionarios distritales que ejerzan autoridad política o civil.

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Condenado a 43 años de prisión un hombre que asesinó a su hijastro y fingió su desaparición en Fusagasugá.

Condenado a 43 años de prisión un hombre que asesinó a su hijastro y fingió su desaparición en Fusagasugá

La Fiscalía General de la Nación demostró que un hombre es el responsable de abusar sexualmente, agredir físicamente y causarle la muerte a su hijastro de tres años, en hechos ocurridos el 5 de marzo del año en curso, en el barrio Carlos Lleras, en Fusagasugá (Cundinamarca).

Ante las pruebas y argumentos aportados, un juez penal de conocimiento lo condenó a 43 años de prisión, por los delitos de homicidio, acceso carnal violento y tortura, todas las conductas agravadas.

La investigación de este caso comenzó tan pronto el padrastro reportó la supuesta desaparición del menor de edad. En su momento aseguró que el niño estaba jugado frente a la casa en la que vivían y no lo volvieron a ver. Un equipo del CTI, con apoyo del Gaula Militar y la Policía Nacional, recopiló los videos de las cámaras de seguridad, realizó entrevistas y diversas técnicas científicas, y estableció que el hombre mentía.

Las verificaciones permitieron conocer que esta persona agredió y le causó la muerte a su hijastro en la vivienda, y sacó el cuerpo oculto en bolsas plásticas verdes. Posteriormente, lo trasladó y arrojó a una zona boscosa de la vereda La Aguadita. Allí fue encontrado por el personal de policía judicial.

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses estableció que la víctima presentaba signos severos de violencia y abuso sexual.

La sentencia conocida es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

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Cárcel para hombre señalado de participar en la desaparición de una agente inmobiliaria en Huila.

Cárcel para hombre señalado de participar en la desaparición de una agente inmobiliaria en Huila

La Seccional Huila de la Fiscalía General de la Nación logró que un juez de control de garantías en Neiva impusiera medida de aseguramiento en centro de reclusión a Alexis Sotelo Salas, aparentemente comprometido en la desaparición forzada de una agente inmobiliaria, ocurrida el pasado 1 de marzo en el sector La Cabañita en la vereda Río Frío de Rivera (Huila).

Labores investigativas dejan en evidencia que Sotelo Salas, desde el 20 de febrero de 2024, se habría comunicado con la comerciante para que le mostrara un lote en el que fingió estar interesado. Desde ese entonces se desconoce el paradero de la mujer. Por estos hechos el hombre fue imputado como posible responsable del delito de desaparición forzada.

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) en trabajo articulado con el Gaula del Ejército Nacional, capturaron a esta persona en la vereda Alto Vilú zona rural de Yaguará (Huila).

El material de prueba aportado desde el inicio de la investigación por la fiscalía ha permitido la judicialización de Fidel Borrero Solano, expareja de la víctima, y Rafael Antonio Puentes. Ambos fueron afectados con medida de aseguramiento intramural, tras su captura el pasado 13 de junio en plena vía pública de Neiva.

El investigado no aceptó su responsabilidad en los cargos imputados en su contra.

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Judicializadas tres personas señaladas del homicidio y porte de armas de fuego en Pitalito (Huila).

Judicializadas tres personas señaladas del homicidio y porte de armas de fuego en Pitalito (Huila)

Un fiscal de la Seccional Huila judicializó a dos mujeres y un hombre, presuntamente implicados en el asesinato de Yeison Fernando Díaz Fierro, en hechos ocurridos el pasado 20 de abril en el barrio Villa Café de Pitalito.

De acuerdo con la investigación, un cruce de disparos entre dos organizaciones criminales habría terminado impactando a Díaz Fierro. Se cree que los hechos ocurrieron en lo que sería una disputa territorial de dos redes criminales.

Entre los procesados figuran William Alexis Cañar Calderón, Kerly Tatiana Valencia Figueroa y Luisa Fernanda Zúñiga Claros, quienes fueron imputados, según sus responsabilidades individuales, con delitos de homicidio y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

Estas personas fueron capturadas por la Sijin de la Policía Nacional en desarrollo de dos diligencias de registro y allanamiento cumplidas en dos inmuebles en los barrios San Antonio y El Porvenir del Valle de Laboyos.

Un juez con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario a Cañar Calderón. Las otras dos personas fueron cobijadas con detención domiciliaria.

Ninguno se allanó  a los cargos imputados por el ente investigador.

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A la cárcel dos presuntos integrantes de los K-47 que estarían extorsionando a comerciante de Cúcuta.

A la cárcel dos presuntos integrantes de los K-47 que estarían extorsionando a comerciante de Cúcuta

La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a dos personas que, al parecer, venían extorsionando a un comerciante de Cúcuta (Norte de Santander) desde el pasado 17 de agosto. El ente acusador evidenció que los hombres exigirían el pago de un millón de pesos mensuales a cambio de no atentar contra su vida y su negocio.

Se trata de Gustavo Antonio Barrios Sánchez, alias Sicario, y Keivi Alexánder Domínguez Canelo, alias Barbas, presuntos integrantes del grupo delincuencial AK- 47, a quienes se les imputaron los delitos de extorsión agravada y homicidio en grado de tentativa.

Según las indagaciones, estos dos hombres también habrían participado en un atentado con disparos contra empleados del comerciante, hechos ocurridos el pasado 21 de agosto. El ataque no dejó personas heridas.

Una vez que la víctima expuso el caso ante el Gaula de la Policía Nacional se coordinó la entrega del dinero, de manera controlada. El procedimiento permitió que los procesados fueran capturados este 27 de agosto.

Los imputados no aceptaron los cargos y fueron enviados a la cárcel Modelo de Cúcuta.

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A la cárcel fue enviado un hombre que habría abusado sexualmente a sus cinco hijos en Barranquilla.

A la cárcel fue enviado un hombre que habría abusado sexualmente a sus cinco hijos en Barranquilla

Una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de la Seccional Atlántico logró que un juez de control de garantías de Barranquilla enviara a la cárcel a un hombre presuntamente responsable de someter, durante ochos años, a múltiples vejámenes sexualmente a sus cinco hijos, cuyas edades, para la época de los hechos, oscilaban entre 8 y 14 años.

El material de prueba aportado por la Fiscalía General de la Nación permitió imputar al procesado los delitos de acceso carnal violento y acto sexual violento, cargos a los cuales no se allanó.

Pruebas testimoniales en poder del ente acusador evidenciaron que el procesado habría aprovechado su condición de padre para someter a los menores, a quienes además habría obligado a incurrir en distintas prácticas de índole sexual.

Los hechos ocurrieron en una vivienda del barrio Villa de San Pedro II al suroccidente de la capital del Atlántico, donde el investigado vivía junto con las víctimas.

En cumplimiento de una orden judicial, el procesado, de 45 años, fue capturado por funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Policía Nacional el pasado 20 de agosto en el lugar donde se presume sucedieron las agresiones.

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A la cárcel dos hombres que habrían extorsionado a un comerciante en Cartagena.

A la cárcel dos hombres que habrían extorsionado a un comerciante en Cartagena

Una fiscal de la Seccional Bolívar presentó ante un juez de control de garantías a Fernando León Palacios y a Jhosep Cabrera Smith, presuntamente implicados en las extorsiones que desde julio pasado se vendrían realizando a un comerciante en Cartagena.

El trabajo coordinado entre la Fiscalía y el Gaula de la Policía Nacional permitió la captura de los ahora procesados en el barrio Villa Estrella, en momentos en que León Palacios y Cabrera Smith recibían de manos del dueño de un restaurante una suma de dinero, presumiblemente relacionada con exigencias económicas ilegales.

La fiscalía imputó al procesado el delito de extorsión agravada, el cual no fue aceptado. La denuncia evidenció que los procesados, simulando integrar una organización ilegal, le exigían al comerciante cinco millones de pesos a cambio de brindarle seguridad y no atentar contra él, su negocio o sus trabajadores.

Por determinación del juez, los hoy implicados deberán cumplir la medida de aseguramiento en la cárcel San Sebastián Ternera de la capital de Bolívar.

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Tres integrantes de una misma familia fueron judicializados por actos de tortura contra una mujer y sus dos hijas menores.

Tres integrantes de una misma familia fueron judicializados por actos de tortura contra una mujer y sus dos hijas menores

La Fiscalía General de la Nación judicializó a tres integrantes de una misma familia, presuntamente implicados en castigos crueles e inhumanos contra una mujer y sus dos hijas menores de edad. Los hechos ocurrieron entre diciembre del año 2018 y julio de 2023 en varias fincas ubicadas en Carmen de Apicalá (Tolima).

Se trata de Gladys Sabed Sánchez Becerra, de 41 años, y sus padres Ofir Cenaida Becerra Ruíz, de 73, y Álvaro Sánchez, de 71. Los tres fueron imputados, según sus posibles responsabilidades individuales, por los delitos de trata de personas en la modalidad de servidumbre; tortura y uso de menores para la comisión de delitos, acceso carnal violento y acto sexual violento.

Según la investigación, durante cinco años los procesados habrían incurrido en tratos degradantes en contra de las víctimas. Labores de policía judicial evidenciaron que la mujer era explotada laboralmente, pues no recibía pago alguno por las labores que cumplía, los dineros que recibía por cuota alimentaria para sus hijas, de 3 y 5 años, le eran retenidos.

Las tres víctimas, se presume, eran golpeadas constantemente, las obligaban a dormir en el piso y eran sumergidas en baldes con agua fría a manera de castigo por incurrir en comportamientos contrarios a los ordenados por los procesados. En otras oportunidades serían colgadas de los pies por largos periodos de tiempo u obligaban a pasar las noches sin comer. Cuando comían algo sin permiso, les daban ají.

La Fiscalía cuenta con información en la que se señala que la madre de las dos menores fue quemada con un sartén por haber cometido errores al cocinar.

También se cuenta con evidencia de que habría sido abusada sexualmente por Álvaro Sánchez; e intimidada por este con un machete o un revólver por resistirse a sus vejámenes.

Tras conocer la denuncia y avanzar en las investigaciones, la Fiscalía logró que se emitieran las respectivas órdenes de capturas, las cuales fueron materializadas por servidores del CTI, con apoyo de la Policía y el Ejército Nacional, en la zona donde ocurrieron los hechos.

Ninguno de los procesados aceptó los cargos en su contra y fueron enviados a la cárcel como medida de aseguramiento preventiva.

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A la cárcel el señalado jefe de sicarios del ‘Clan del Golfo’ en el bajo Cauca Antioqueño.

A la cárcel el señalado jefe de sicarios del ‘Clan del Golfo’ en el bajo Cauca Antioqueño

La Fiscalía General de la Nación obtuvo elementos de prueba que dan cuenta de que Jenner Gómez Márquez, alias El Negro, sería el jefe de sicarios Clan del Golfo en el bajo Cauca Antioqueño y el presunto responsable de varios crímenes ocurridos, especialmente, en El Bagre y Zaragoza (Antioquia).

En el 2022, este hombre habría ordenado y participado en, por lo menos, siete homicidios y nueve secuestros, en medio de una disputa armada que tenía con otras estructuras ilegales que delinquen en la región, como ‘Los Caparros’.

Adicionalmente, las investigaciones indican que estaría involucrado en desplazamientos, secuestros y otras conductas delictivas en contra de la población.

Por lo anterior, un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales imputó a alias El Negro los delitos de homicidio agravado, secuestro simple agravado, desaparición forzada; y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

Los cargos no fueron aceptados por el procesado, que deberá cumplir medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario.

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