Durante la primera temporada de lluvias del año, el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER), junto con el equipo de Gestión del Riesgo de la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS), mantiene un monitoreo constante y está en alerta permanente para atender cualquier emergencia derivada de las fuertes precipitaciones de las últimas semanas.
Las entidades de emergencia del Distrito realizan vigilancia continua en las 20 localidades de la ciudad con el objetivo de prevenir incidentes o responder de manera oportuna a emergencias causadas por lluvias, vendavales, granizo, deslizamientos de tierra y descargas eléctricas, fenómenos propios de esta época del año.
Juan Carlos Díaz, líder del equipo de Gestión del Riesgo, recordó que “es fundamental estar atentos para prevenir emergencias como inundaciones, desbordamientos de canales o quebradas, encharcamientos en vías y daños en cubiertas y tejados, eventos que suelen ser frecuentes durante la temporada de lluvias”.
El funcionario invitó a la ciudadanía a seguir estas recomendaciones para evitar inconvenientes:
No arrojar basura a las calles, ya que puede obstruir el alcantarillado y generar inundaciones.
Limpiar canales, bajantes y canaletas.
Conducir con precaución y realizar la revisión técnico-mecánica de los vehículos.
Reportar árboles inclinados o en riesgo de caída.
Estar atentos a los niveles de los ríos y quebradas.
No refugiarse bajo árboles ni postes de luz.
En caso de emergencia, comunicarse con la línea 123.
Llamar a la línea 116 en caso de inundaciones o encharcamientos en la vía.
Por su parte, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá hizo un llamado a los ciudadanos para mantener buenas prácticas que ayuden a reducir el riesgo de encharcamientos e inundaciones en la ciudad:
No tapar los sumideros con escombros u objetos que impidan la recolección del agua lluvia.
Barrer el frente de la casa y recoger los residuos en bolsas bien cerradas, evitando depositarlos en los sumideros.
Sacar la basura en los horarios establecidos por el consorcio de aseo.
No arrojar grasas o aceites a los sumideros ni a los sifones internos de las viviendas.
Nunca desechar preservativos, toallas higiénicas o pañales en el sanitario.
Finalmente, antes de salir o realizar actividades al aire libre, consulte el Sistema de Alerta Bogotá (SAB) para conocer en tiempo real el pronóstico del clima y el estado del tiempo en la ciudad: https://www.sire.gov.co/web/sab.
En el marco de la Operación Bogotá, se desplegaron operativos de verificación y control en bodegas de reciclaje del sector de Bellavista, donde se capturó a un hombre que administraba una de estas bodegas, en la que se encontraron autopartes hurtadas ocultas.
Durante la inspección al lugar, los uniformados notaron que al fondo del reciclaje se podían observar lo que al parecer serían partes de automóviles.
Una vez revisado este espacio, fueron descubiertos dos motores qué tenían sus sistemas de identificación alterados y múltiples autopartes al parecer hurtadas.
De inmediato le fueron leídos los derechos como persona capturada al hombre que administraba esta bodega por el delito de receptación.
«Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar».
A partir de la declaratoria del Estado de Conmoción Interior, mediante el Decreto 062 de 2025, el Gobierno nacional busca conjurar las graves perturbaciones del orden público que atentan contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar. Para tal fin, puede dictar decretos legislativos que desarrollan las medidas para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos.
1. ¿Para qué el decreto legislativo de medidas en materia tributaria?
En este contexto, se expide el decreto de desarrollo en materia presupuestal y fiscal, para obtener recursos que permitan conjurar el Estado de Conmoción Interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar, de manera que se cuente con los recursos necesarios para atender los gastos que permitan conjurar la grave perturbación del orden público en la región. Así, es posible adoptar medidas extraordinarias y temporales para obtener fuentes de ingresos adicionales, no contemplados en el Presupuesto General de la Nación (PGN), necesarios para proveer de recursos a las entidades del Estado y, de este modo, atender de manera concreta y específica las causales de la declaratoria del estado de Conmoción Interior.
2. ¿Qué medidas contiene el decreto legislativo en materia tributaria?
Son tres las medidas de carácter tributario contenidas en el decreto legislativo, dirigidas a la obtención de los recursos extraordinarios que se requieren para atender la situación de orden público en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar:
a. Gravar con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior.
b. Crear un impuesto especial para el Catatumbo, que grava la extracción de hidrocarburos y carbón de las partidas arancelarias descritas en el decreto, al momento de su primera venta o de su exportación.
c. Modifica la tarifa del impuesto de timbre al 1%. Esto no modifica las condiciones actuales para la enajenación de bienes inmuebles.
3. ¿Qué destinación tendrán los recursos que se recauden con estas medidas?
Todos los recursos recaudados se destinarán exclusivamente para atender los gastos del Presupuesto General de la Nación, necesarios para conjurar las causas que dieron lugar a declarar el estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.
4. ¿En qué consisten el IVA que se aplica a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet desde el territorio nacional o desde el exterior?
Se destaca que hoy ya existe el IVA para juegos de suerte y azar físicos y, por tanto, se busca nivelar las condiciones para todos los operadores de estos juegos.
Ahora bien, el IVA para juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, grava a la tarifa general (19%), el depósito en dinero (como pagos en efectivo o transferencias de dinero), que realice el apostador en línea para abonar a su cuenta de usuario.
Así mismo, se dispone que el impuesto se causará cuando el apostador tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente o la sede de su actividad económica en el territorio nacional.
5. ¿Cómo se controlará que los operadores de juegos de suerte y azar por internet del exterior autorizados en Colombia, declaren y paguen el impuesto en Colombia?
En la medida en que estos operadores se equiparan a los prestadores de juegos de suerte y azar operados por internet en el país, deben cumplir sus obligaciones tal y como lo hacen los prestadores de servicios desde el exterior.
6. ¿Qué ocurrirá con las páginas de juegos de suerte y azar no autorizados?
Coljuegos y MinTic fortalecerán las medidas de control sobre los canales, páginas y medios, que de cualquier forma permitan la explotación de juegos de suerte y azar por internet no autorizados. Coljuegos optimizará y agilizará la facultad (según dispone el parágrafo 3 del artículo 38 de la Ley 643 de 2001) con la que cuenta para ordenar bloqueos a este tipo de plataformas.
7. ¿En qué consiste el Impuesto Especial para el Catatumbo?
Es un impuesto que grava la extracción de hidrocarburos y carbón de las partidas arancelarias descritas en el decreto, al momento de su primera venta en el territorio nacional o de su exportación al resto del mundo.
8. ¿Cuál es la base gravable de este impuesto?
Existen dos supuestos para determinar la base gravable de este impuesto, para la primera venta en el territorio nacional o en el caso de la exportación, así:
a. En la primera venta dentro del territorio nacional: la base gravable será el valor de la venta.
b. En el caso de la exportación: la base gravable será el valor FOB de los productos extraídos. En aquellos casos en que el valor FOB esté en dólares americanos (USD), se deberá hacer la conversión a pesos colombianos utilizando la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del día en que se presente y acepte la solicitud de autorización de embarque.
En aquellos casos en los que quien extrae el producto gravado es quien lo exporta directamente, el impuesto solo se causará una vez.
9. ¿Cuál es la tarifa de este impuesto?
La tarifa es del 1% del valor de la venta en el territorio nacional o del valor FOB de los productos extraídos, para el caso de la exportación.
10. ¿Cuándo se causa el impuesto especial para el Catatumbo?
La causación del impuesto puede ocurrir en dos momentos: en la primera venta dentro del territorio nacional o cuando el producto se exporta, así:
a. En la primera venta dentro del territorio nacional: con la emisión de la factura y, a falta de esta, en el momento de la primera entrega.
b. En el caso de las exportaciones: con la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque al resto del mundo de Hidrocarburos y Carbón de las partidas arancelarias señaladas en el decreto.
11. ¿Quiénes están sujetos a este impuesto?
Las personas naturales o jurídicas que realicen la primera venta en el territorio nacional de los productos gravados con el impuesto y/o los exporten de manera definitiva.
12. ¿En qué consiste la modificación al impuesto de timbre?
Modifica al 1% la tarifa del impuesto de timbre respecto de aquellos instrumentos públicos y documentos privados (por ejemplo, títulos valores, avales o garantías), que se otorguen o acepten en el país, o que se otorguen en el exterior y que se ejecuten en Colombia, incluyendo la constitución, existencia, modificación o extinción de obligaciones. Sin afectar las reglas del impuesto de timbre para la enajenación de inmuebles.
13. ¿Cuándo se aplica el impuesto de timbre?
El impuesto se aplica cuando se otorguen instrumentos públicos o documentos privados cuya cuantía sea superior a $298.794.000 (6.000 UVT), siempre y cuando intervengan personas jurídicas (o asimilada) o personas naturales comerciantes, cuyos ingresos o patrimonio bruto en el año inmediatamente anterior haya sido superior a $1.411.950.000 (30.000 UVT).
14. ¿Se modificaron las reglas del impuesto de timbre para enajenación de inmuebles?
No. Las reglas del impuesto de timbre para la enajenación de inmuebles no fueron modificadas.
15. ¿Cuál será la vigencia de estas medidas?
Las medidas tributarias estarán vigentes a partir del 22 de febrero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Lo anterior, de acuerdo con el literal l del artículo 38 de la Ley 137 de 1994: “ARTÍCULO 38. FACULTADES. Durante el Estado de Conmoción Interior el Gobierno tendrá además la facultad de adoptar las siguientes medidas:
l) Imponer contribuciones fiscales o parafiscales para una sola vigencia fiscal, o durante la vigencia de la conmoción, percibir contribuciones o impuestos que no figuren en el presupuesto de rentas y hacer erogaciones con cargo al Tesoro que no se hallen incluidas en el de gastos.»
Al respecto, en Sentencia C-876 de 2002, frente al alcance de esta disposición, la Corte Constitucional precisó:
«La expresión “contribuciones fiscales o parafiscales”, “ha de entenderse que alude al género tributo que de suyo engloba los impuestos, las tasas y las contribuciones.”
Que “para la Corte no cabe duda que durante el Estado de Conmoción Interior existe la posibilidad de establecer contribuciones fiscales y parafiscales para una sola vigencia fiscal, o durante la vigencia de dicho estado de excepción (…)”.
La Fiscalía General de la Nación judicializó a Jhonatan David Palma González y a un adolescente, de 16 años, por su presunta participación en la retención ilegal de un ingeniero civil, el pasado 12 de febrero, en zona rural de la vereda Canastos de El Espinal (Tolima).
Fiscales de la Seccional Tolima les imputaron, según sus responsabilidades individuales, los delitos de secuestro extorsivo, hurto calificado; ambas conductas agravadas; y uso de menores para la comisión de delitos para el caso del adulto. Cargos que no fueron aceptados.
El pasado 11 de febrero, el ingeniero civil recibió una llamada para realizar un trabajo de topografía en una finca de El Espinal. Al día siguiente, cuando llegó a cumplir la cita, fue abordado por tres personas, entre ellas el hoy asegurado quienes lo guiaron hasta una zona boscosa del sector de la quebrada Agua Sucia de la vereda Canastos, donde, estaban esperando dos sujetos más, que, al parecer, bajaron a la víctima de su vehículo, lo golpearon y ataron de pies y manos.
Los presuntos secuestradores se apoderaron de dos celulares, la billetera con las tarjetas de crédito y dinero en efectivo. Además, se habrían comunicado con la familia de la víctima, a quienes les exigieron el pago de 28 millones de pesos, para la liberación.
Palma González sería el encargado de vigilar a la víctima, para evitar que huyera y dar aviso a los otros involucrados de situaciones sospechosas.
Servidores del Gaula de la Policía Nacional capturaron en flagrancia a este hombre y aprehendieron al adolescente. Además, lograron el rescate del ingeniero civil.
Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Palma González. Mientras que el joven fue cobijado con medida de internamiento preventivo.
El Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER) informó que se han llevado a cabo inspecciones visuales y cualitativas en la Calle 69I Bis Sur entre las Carreras 18J y 18L, en las inmediaciones de los barrios El Triunfo Sur y Juan Pablo II, durante los días 24 y 29 de noviembre y 13, 28 y 30 de diciembre de 2024.
Como resultado de estas inspecciones, se elaboró un Diagnóstico Técnico, el cual fue remitido a la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar y a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB). Además, se han realizado mesas de trabajo con las entidades involucradas, incluyendo la Alcaldía Local, EAAB, ENEL y la comunidad afectada.
Durante estas reuniones el IDIGER solicitó por competencia a la Alcaldía Local que se adelanten los análisis de riesgos pertinentes. Cabe destacar que en una evaluación de riesgo realizada se recomendó realizar estudios específicos para definir los lineamientos técnicos más apropiados para la construcción de obras de infraestructura en zonas de amenaza alta y media.
Por su parte la Alcaldía Local informa que el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar está formulando y evaluando un proyecto para la ejecución de estudios y diseños que controlen estos movimientos en el sector mencionado.
El IDIGER, comprometido con la atención integral de las familias afectadas, ha brindado asistencia técnica, social y humanitaria, a las 14 familias afectadas, sin embargo, solo 3 se acogieron a las ayudas económicas disponibles. Se continúa implementado un enfoque de comunicación efectiva, proporcionando canales telefónicos y virtuales para la recepción de documentación, además de emitir oficios detallando requisitos y plazos para acceder a la Ayuda Humanitaria de Caracterización y Priorización (AHCP).
En cada visita realizada a los predios afectados, no solo se ha entregado orientación personalizada, sino también se ha sensibilizado a las familias sobre la importancia de adoptar medidas de prevención y gestión del riesgo, por su seguridad. A pesar de estos esfuerzos, algunas familias han decidido no acceder a las ayudas; sin embargo, el IDIGER mantiene disposición para atender sus necesidades cuando lo requieran.
El IDIGER siempre busca la seguridad, bienestar y dignidad de las comunidades en situación de vulnerabilidad, reafirmando su misión de fortalecer la resiliencia y la protección ante riesgos y emergencias, se hace un llamado a las familias para que prioricen su seguridad y acaten las recomendaciones.
El director del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), Orlando Molano, recorre Bogotá para supervisar el estado de las obras de infraestructura para evaluar su avance. En su más reciente jornada de verificación, acompañado del equipo técnico de la entidad, inspeccionó el grupo 7 de la troncal de la avenida 68, tramo que beneficiará a los habitantes y transeúntes de las localidades de Barrios Unidos y Engativá.
»Vinimos a visitar el avance de la obra del grupo 7, que va desde el norte de Salitre Mágico, donde termina parte del Simón Bolívar, hasta La Floresta. El proyecto lo recibimos en el 44 % (de avance de obra en enero del 2024), y ya lo llevamos por encima del 61 % de avance. Además, cuenta con 3.05 km (longitud del grupo 7) y tendrá 3 estaciones de Transmilenio», indicó Orlando Molano.
La obra que desarrolla el grupo 7 contará con importantes beneficios para la ciudadanía, incluyendo 65 642 m2 de espacio público renovado, 19 735 m2 de zonas verdes, una ciclorruta de 3,02 km, un puente vehicular, dos puentes peatonales y dos cicloestaciones.
“En el grupo 7 (proyecto av 68) vamos a plantar árboles y jardinería con especies nativas. Recuerden que en todo el proyecto (troncal av. 68) tendrá 70 484 m2 de zonas verdes, donde se plantarán más de 2600 árboles de varias especies. Como lo ha pedido el señor alcalde, estamos pensando en el medioambiente”, aseguró el director.
El IDU continuará con la supervisión y el seguimiento de estas obras para garantizar calidad, seguridad y conectividad en Bogotá.
El agente interventor para la Administración Especial de NUEVA EPS, Dr. Bernardo Camacho Rodríguez, informó que entre diciembre de 2024 y enero de 2025 se pagaron 3.6 billones de pesos a la red de prestadores pública y privada, así como a proveedores de servicios y tecnologías de salud.
«Estos pagos son una muestra del compromiso de NUEVA EPS con la salud y el bienestar de nuestros afiliados y se han realizado siguiendo una priorización con criterios exclusivamente técnicos», afirmó el Dr. Camacho.
El Agente Interventor destacó el compromiso de NUEVA EPS con la salud y el bienestar de sus afiliados. La entidad, líder en la prestación de servicios de salud, trabaja diariamente para garantizar una atención oportuna, integral y de calidad, enfocada en la dignidad y el respeto por los usuarios.
Camacho Rodríguez resaltó el diálogo permanente con las IPS para aclarar cuentas y reiterar compromisos, asegurando que la continuidad y garantía en el acceso a los servicios de salud no se vean afectadas.
Como entidad líder en la prestación de servicios de salud, NUEVA EPS reafirma su disposición para trabajar en coordinación con las autoridades de salud y su red de prestadores. La entidad continuará priorizando la cooperación y el entendimiento mutuo para ofrecer un servicio que responda a las necesidades de sus afiliados, fundamentado en los principios de dignidad y respeto.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, se pronunció sobre la situación legal de Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, y solicitó que se le aplique la ley de utilidad pública, la cual permite que las madres cabeza de familia cumplan su pena bajo condiciones distintas a la prisión.
En un comunicado, Petro argumentó que, como madre cabeza de familia, Barrera Rojas está protegida por la normativa que fue impulsada por el ministro de Justicia, Néstor Osuna, y aprobada en el Congreso. Según el mandatario, esta ley otorga la posibilidad de que las mujeres en esta situación cumplan su pena fuera de la cárcel bajo ciertas condiciones.
«Esta mujer, al ser madre cabeza de familia, está resguardada por la ley que hizo aprobar en el Congreso nuestro ministro progresista de Justicia, Néstor Osuna: debe salir diariamente de la cárcel. Le solicito a la ministra de Justicia ante el Inpec, aplicar la ley», expresó Petro.
La ley de utilidad pública ha sido un tema de discusión en el país, ya que busca ofrecer alternativas para las mujeres que cumplen con este perfil y aliviar el impacto de la encarcelación en sus hijos y familias. Sin embargo, la solicitud del presidente se enfrenta a cuestionamientos sobre la aplicación de la normativa y su impacto en el sistema penitenciario.
El caso de Epa Colombia ha generado gran atención mediática, ya que Barrera Rojas se hizo famosa por su presencia en redes sociales y posteriormente fue condenada por delitos relacionados con el daño al bien público. Ahora, con esta solicitud presidencial, se abre un nuevo capítulo en su situación legal, en un contexto donde las políticas de justicia y derechos humanos continúan siendo un tema central en el gobierno de Petro.
En el marco de la Operación Bogotá, la Policía Metropolitana de Bogotá desplegó un plan candado con patrullas en tierra y unidades especializadas, logrando interceptar a cuatro delincuentes que asaltaban entidades financieras. Gracias a la rápida reacción de las autoridades y el monitoreo aéreo del Halcón, la persecución culminó con la captura de los implicados y la recuperación de los elementos robados.
Es de resaltar que estas personas ingresan a una entidad bancaria en el barrio Alhambra de la localidad de Suba y mediante el uso de armas de fuego intimidan a los funcionarios y hurtan la suma de aproximadamente 7 millones de pesos. Durante el procedimiento se inmoviliza el vehículo en el cual huían estos delincuentes, se incautan dos 2 armas de fuego, recuperan 3 celulares y el dinero que minutos antes había sido hurtado.
Asimismo, cabe anotar que estos delincuentes presentan anotaciones por hurto agravado y calificado y hurto por destreza. Uno de ellos presenta manipulación en sus huellas dactilares, lo que no permite consultar sus antecedentes en las bases de datos de las autoridades.
El Ministerio de Minas y Energía explicó las razones por las cuales considera que el incremento en las tarifas de gas natural no depende únicamente de la importación del combustible, sino por otras la estructura del mercado.
A través de su cuenta en la red social X, el ministro Andrés Camacho Morales explicó: “Hemos asegurado el abastecimiento de gas y avanzando con Sirius, el mayor hallazgo gasífero de Colombia. Aquí les explico por qué el alza en las tarifas de Vanti va más allá de la ‘importación’».
El jefe de la cartera energética expuso en su trino razones por las que, considera, se ha incrementado el precio del gas natural para los usuarios:
1- El incremento en precios no es solo por la alta demanda o el declive de los campos, sino por la estructura del mercado:
– Las reventas en el mercado secundario añaden márgenes en cada transacción.
– Decisiones empresariales optan por importar gas, trasladando esos costos a los usuarios residenciales.
2- Cuando se revende el mismo volumen de gas varias veces, se inflan los precios, similar a un proceso especulativo.
– ¿Por qué Vanti revende gas en el mercado secundario si ya importa para cubrir faltantes?
3- Muchos volúmenes de gas nacional se ofertan en el mercado secundario, inflando su precio por reventas sucesivas.
4- La importación, en uso desde 2016, debe ser un respaldo y no la fuente principal:
– Con el Plan de Abastecimiento 2023-2038 y proyectos off-shore, tenemos gas para más de 20 años.
– La prioridad es la Transición Energética para reducir dependencias fósiles.
El ministro concluye que “la comisión CREG ha flexibilizado las reglas para garantizar suministro, pero es crucial revisar y transparentar las reventas en el mercado».