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Diego Cadena, exabogado del expresidente Álvaro Uribe, condenado por soborno - Foto: Tomada de internet

Diego Cadena, exabogado del expresidente Álvaro Uribe, condenado por soborno

Dos semanas después de la sentencia condenatoria contra el expresidente Álvaro Uribe, el juez tercero de conocimiento de Bogotá condenó al abogado Diego Cadena por el delito de soborno en actuación penal, al hallarlo culpable por el caso del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve. Sin embargo, lo absolvió por este mismo cargo en el caso del también ‘expara’ Carlos Enrique Vélez Areíza, alias Víctor, por duda razonable. 

La decisión agrega una nueva polémica al proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado a 12 años de prisión domiciliaria, pues el exmandatario sí fue hallado culpable por la jueza 44 penal del circuito Sandra Liliana Heredia en el caso de Vélez Areíza.  

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El penalista y su compañero Juan José Salazar fueron acusados por el fiscal Daniel Hernández en un proceso paralelo al de Uribe, pero que radica en los mismos hechos. Entre 2017 y 2018, según el ente investigador, Cadena habría sobornado a condenados como Juan Guillermo Monsalve, Eurídice Cortés y Carlos Enrique Vélez, para que se retractaran de lo que habían dicho años atrás contra el expresidente, al mencionarlo como presunto creador del ‘bloque Metro’ de las Autodefensas en Antioquia. 

Los dos abogados, defendidos por Iván Cancino, se han declarado inocentes de tales afirmaciones, señalando que nunca les pidieron a los presos mentir o faltar a la verdad, sino que siempre buscaron escuchar las versiones que voluntariamente querían darles. 

En el caso del exparamilitar Carlos Enrique Vélez, Cadena alcanzó a girarle varios millones de pesos. Y al respecto hay dos tesis encontradas: para la Fiscalía esa es una muestra de que habría buscado comprar su versión, pero para el abogado se trató de ayudas humanitarias que no tenían ningún interés ilegal. 

Por estos hechos, el pasado 1 de agosto el expresidente Álvaro Uribe fue condenado por la jueza Sandra Liliana Heredia a 12 años de prisión domiciliaria, al hallarlo culpable en primera instancia de soborno a testigos y fraude procesal. En ese caso, la togada indicó que se logró probar que el exmandatario determinó a Cadena para que ofreciera las dádivas. 

La defensa de Uribe, encabezada en el penalista Jaime Granados, apeló esa decisión y será estudiada en segunda instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, donde se espera que llegue también el caso de Cadena y Salazar. 

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Durante su intervención, la Fiscalía pidió al juez que considerara una tasación de la pena de 7 años de cárcel para Diego Cadena. La representación de víctimas también pidió la máxima pena, su reclusión en centro carcelario y su captura inmediata. 

El juez del caso señaló que el abogado Cadena ha comparecido durante todas las etapas del proceso y que no existe razón para ordenar su captura inmediata, como lo habían solicitado los abogados de Iván Cepeda. 

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Defensa de Uribe ya radicó tutela para pedir su libertad condicional - Foto: Redes sociales

Defensa de Uribe ya radicó tutela para pedir su libertad condicional 

La defensa del condenado expresidente Álvaro Uribe Vélez acaba de presentar una tutela ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, con la que busca que se suspenda la orden de prisión domiciliaria contra su prohijado. De acuerdo con el documento, al exjefe de Estado se le habrían vulnerado derechos fundamentales de dignidad humana, debido proceso, presunción de inocencia y libertad. 

La tutela presentada por el abogado Jaime Granados señaló que los derechos del Uribe fueron vulnerados «al haber ordenado la privación de su libertad de forma inmediata a pesar de que la condena proferida, en su contra, no se encuentra en firme, acto que se desarrolló bajo graves vicios de motivación y en claro desconocimiento de su presunción de inocencia, tornando su detención en arbitraria y contraria a la dignidad humana». 

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Dentro de las peticiones que le hizo al Tribunal, está la de suspender provisionalmente la orden de captura contra el condenado y, en caso de que ya se haya dado cumplimiento, “ordenar a quién corresponda el restablecimiento inmediato de la libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez”. 

Asimismo, la defensa del expresidente Uribe pidió que se declarara que el Juzgado 44 Penal de Bogotá «trasgredió los derechos fundamentales a la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad» de Álvaro Uribe. Esto, dice el abogado Granados, para que se garantice “el derecho que le asiste a permanecer en libertad, al amparo de la presunción de inocencia, mientras se dicta una decisión definitiva en el referido proceso penal”. 

En la tutela de 91 páginas, la defensa de Uribe argumenta que en la sentencia dictada por la jueza Sandra Liliana Heredia tuvo varios errores y no tenía un sustento real para ordenar la detención del expresidente. Según resaltó el abogado Granados, lo decidido por el despacho “se deriva de claros vicios de motivación y presupone privar de la libertad a un ciudadano bajo premisas inconstitucionales que implican desconocer su presunción de inocencia y tratarlo como culpable”. 

Para los abogados del condenado Uribe, la sentencia contra su cliente es “una clarísima negación de la presunción de inocencia, pues, se da por sentado que como se cometió un delito es necesaria su detención para evitar que se siga delinquiendo, aspecto que desconoce que la condena no se encuentra en firme y que hoy para ningún efecto, Álvaro Uribe Vélez, puede ser considerado ni tratado como culpable”. 

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Agregan los abogados que “justificar entonces la detención inmediata en pro de los efectos disuasivos de la pena, es desconocer gravemente la presunción de inocencia y darle a la detención ordenada un carácter de pena anticipada, lo cual desconoce las garantías fundamentales”. 

La tutela se da tras la lectura de la sentencia leída contra el expresidente Uribe el pasado 1 de agosto, cuando se le impuso una pena de 12 años de prisión domiciliaria y una multa de más de $ 3.444 millones por los delitos de fraude procesal y soborno de testigos en actuación penal. La decisión fue apelada por Uribe y su defensa y el caso tendrá que ser resuelto por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. 

La decisión de segunda instancia tendrá que ser tomada por el Tribunal antes de que termine octubre de este año, pues el proceso en contra del expresidente prescribiría para esas fechas y, de no haberse definido, tendrá que archivarse. 

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Atención: Expresidente Álvaro Uribe Vélez fue condenado a 12 años de prisión - foto: Redes Sociales

Atención: Expresidente Álvaro Uribe Vélez fue condenado a 12 años de prisión 

Álvaro Uribe sería condenado, en primera instancia, a 12 años de privación de la libertad en detención domiciliaria. Esa es la esencia del documento de 1.114 páginas en el que la jueza Sandra Liliana Heredia consideró responsable al expresidente de los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. La condena no quedará ejecutoriada porque la defensa del exmandatario anticipó que apelará la decisión. El caso pasará al Tribunal Superior de Bogotá. 

«Condenar a Álvaro Uribe Vélez a las penas principales de 144 meses o lo que es lo mismo, 12 años de prisión, multa equivalente a 2.420 salarios mínimos, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como sanción principal, de 100 meses y 20 días, como determinador penalmente responsable del delito de Soborno en actuación penal en concurso homogéneo en concurso heterogéneo con fraude procesal en concurso homogéneo como se expuso en la parte motiva de la sentencia, cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que da cuenta el paginario», dice el fallo conocido. 

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En una audiencia de 11 horas, Heredia expuso algunos pormenores de su sentido de fallo, el cual está compuesto por más de 1.114 páginas y servirá para que los abogados defensores del expresidente puedan sustentar, en los próximos días, la apelación frente a dos de los tres cargos que le acusó la Fiscalía, y es que Uribe terminó siendo absuelto por soborno simple. 

La historia de este proceso penal, considerado el más importante de los últimos años, se remonta al año 2018, cuando la Corte Suprema le decidió abrir una indagación porque habría intentado, a través de Diego Cadena, sobornar testigos para que declararan a favor suyo, desligándolo de nexos con el paramilitarismo. 

Uribe desde el primer momento se declaró inocente de tales acusaciones, y en 2020 renunció al Senado y por ende el caso pasó de la Corte a la Fiscalía, que después de dos solicitudes de preclusión, terminó llevándolo a juicio. Durante 67 días, distintos testigos se presentaron ante el despacho de la jueza Sandra Liliana Heredia para dar sus versiones, con las cuales armó un veredicto de primera instancia. 

“La Fiscalía General de la Nación ha acreditado la conducta punible y la participación en calidad de determinador del señor Álvaro Uribe Vélez en los delitos de fraude procesal en conjunto homogéneo y soborno en actuación penal con respecto a los testigos Juan Guillermo Monsalve, Eurídice Cortés Velasco y Carlos Enrique Vélez”, explicó la jueza, a cargo del Juzgado 44 Penal de Conocimiento. 

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En diálogo con el periódico EL TIEMPO, el penalista Jaime Granados resaltó que desde el lunes vienen estudiando la apelación, y que se debe resaltar que su cliente mantiene la presunción de inocencia porque no hay un fallo definitivo. «Él ha estado muy activo en su defensa, con todo respeto, dando ejemplo, y con toda la confianza de que la apelación deberá prevalecer, y la justicia brillará porque Colombia es un país de instituciones», dijo el abogado. 

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Este viernes se sabrá si habrá prisión domiciliaria para Álvaro Uribe Vélez - Foto: Tomada de internet

Este viernes se sabrá si habrá prisión domiciliaria para Álvaro Uribe Vélez 

El pasado 28 de julio del 2025, Álvaro Uribe Vélez se convirtió en el primer expresidente de la República en ser condenado por la justicia. Fue encontrado culpable por soborno en actuación penal y fraude procesal. Y absuelto de soborno simple. 

La juez 44 penal de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, dictó sentido de fallo condenatorio en su contra al considerar que el exmandatario, quien gobernó al país entre el 2002 y 2010, “determinó” a emisarios para torcer testigos en las cárceles con el objetivo de que se retractaran de acusaciones en las que lo vinculaban con el paramilitarismo. 

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Este viernes 1 de agosto, las partes se volverán a encontrar. La juez Heredia leerá la sentencia condenatoria de primera instancia con el monto de la condena y la pena privativa de la libertad que deberá pagar el líder del Centro Democrático

La Fiscal Marlene Orjuela pidió una pena de 108 meses – 9 años- de cárcel para el expresidente. Sin embargo, la juez manifestó que «se hace merecedor de la prisión domiciliaria«. 

“En tanto, el acusado, indistintamente de la pena que se impondrá, se hace merecedor de la prisión domiciliaria, como sustitutiva de la pena de prisión, acogiendo la pacífica postura del cuerpo colegiado que sobre el particular establecido”, dijo la juez. 

Sobre este aspecto, la defensa de Uribe advierte que casa por cárcel “es el camino que establece la legislación” 

“El cuanto punitivo corresponderá a la prisión domiciliaria, y eso en el momento en que esa decisión llegase a tener firmeza jurídica porque la presunción de inocencia se mantiene incólume, y la aspiración de la defensa es que justamente sea revocada la decisión del Tribunal”. 

Tras la lectura de la sentencia, la defensa liderada por el abogado Jaime Granados tendrá un término de cinco días para presentar la apelación con la que buscaran tumbar el fallo de primera instancia que condenó al expresidente. 

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El caso pasará al Tribunal Superior de Bogotá y será evaluado por varios magistrados, entre ellos Manuel Antonio Merchán, para que defina la segunda instancia, que podría ratificar la condena ya impuesta o revocar esa decisión y en cambio absolver al exmandatario. 

“Nosotros no podemos anticipar los detalles de lo que todavía no conocemos. Lo que sí está claro por el sentido del fallo, que discrepamos, es que vamos a apelar, y la apelación se presentará dentro del término de 5 días hábiles a partir de la sentencia, es decir, para el 11 de agosto, pero primero tenemos que estudiarla”, explicó Granados en entrevista. 

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Tribunal Superior aumentó a 13 años de prisión la condena de Aida Victoria Merlano

Ordenan la captura de la Influencer

Fuente Pasa La Voz Barranquilla

En el fallo de segunda instancia, el magistrado Fabio David Bernal explicó que existen pruebas documentales y testimoniales que demuestran la participación directa de Aida Victoria en la planeación y ejecución de la fuga, llevando elementos esenciales hasta el consultorio en el que se encontraba su madre.

Según el magistrado, Aida Victoria prestó un aporte esencial para la fuga de su madre, a pesar de las declaraciones anteriores de Aida Merlano en las que afirmaba que sus hijos no tenían nada que ver con el caso. Para la Sala, estas declaraciones parecen un “libreto preparado” para proteger a sus hijos.

Uno de los videos de la cámara de seguridad registró el momento en que Aida Victoria le entrega un celular a su madre y le susurra algo al oído, como últimas instrucciones para la fuga, lo que según el magistrado demuestra su participación en el acto criminal.

La decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá representa un duro golpe para Aida Victoria Merlano, quien ahora deberá enfrentar una condena más severa y la orden de captura en su contra.

El Tribunal Superior de Bogotá aumentó a 13 años y ocho meses de prisión la condena en contra de Aida Victoria Merlano, por su participación en el plan de fuga de su mamá Aida Merlano, ocurrida en octubre de 2019. También le negó la prisión domiciliaria.

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Ratifican condena contra expresidente Nicolás Sarkozy - Google

Ratifican condena contra expresidente francés Nicolás Sarkozy

La justicia francesa condenó este miércoles en apelación al expresidente Nicolas Sarkozy (2007-2012) a tres años de prisión, incluyendo uno de obligado cumplimiento, por corrupción y tráfico de influencias en el caso de las “escuchas”.

Los magistrados impusieron la misma pena que en primera instancia en marzo de 2021. El exmandatario conservador se convirtió entonces en el primer expresidente de la Quinta República condenado a prisión firme.

Sarkozy, de 68 años y quien podrá cumplir su pena en su domicilio con un brazalete electrónico, escuchó la decisión desde el banquillo de los acusados de un tribunal de París con un semblante tenso, constató la AFP.

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Nicolas Sarkozy es inocente”, declaró su letrada Jacqueline Laffont, anunciando que presentarán un recurso en casación contra esta pena, que también incluye la prohibición durante tres años del derecho al sufragio.

El caso remonta a comienzos de 2014, cuando los dos teléfonos del ya expresidente estaban bajo escucha por parte de la justicia en otra investigación sobre la presunta financiación libia de su campaña en 2007.

Los investigadores descubrieron entonces la existencia de una tercera línea telefónica bajo el seudónimo de “Paul Bismuth”, que le servía para hablar sin temor a ser escuchado con su abogado y amigo Thierry Herzog.

Según la acusación, ambos organizaron un pacto de corrupción con Gilbert Azibert, fiscal en la Corte de Casación, que habría ofrecido su ayuda en un caso a cambio de un puesto prestigioso en Mónaco.

Sarkozy quería entonces que el alto tribunal anulara la incautación de sus diarios presidenciales en el marco de la investigación sobre el abuso de debilidad de la heredera de L’Oréal, Liliane Bettencourt. A lo largo del juicio, la defensa denunció una acusación construida sobre “arenas movedizas” de escuchas telefónicas “ilegales” y carente de “valor probatorio”.

Herzog y Azibert fueron condenados a la misma pena de prisión que Sarkozy por tejer un “pacto de corrupción” en 2014 y recurrirán en casación. El primero tampoco podrá ejercer como abogado durante tres años.

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Este caso no es el único en su contra. La fiscalía pidió juzgar al expresidente y a 12 personas más por sospechas del financiamiento de su victoriosa campaña electoral en 2007 por parte del régimen libio de Muamar Gadafi.

Dos jueces de instrucción deben decidir ahora si procesan al exmandatario por corrupción pasiva, asociación de malhechores, financiación ilegal de campaña y ocultación de desvío de fondos públicos libios, como pide la fiscalía.

A partir de noviembre de 2023, el marido de la cantante, modelo y actriz Carla Bruni también será juzgado de nuevo por el caso Bygmalion, que le valió un año de prisión firme en primera instancia. Ese proceso está relacionado con las cuentas de la campaña de la presidencial de 2012, que el entonces mandatario perdió contra el socialista François Hollande.

Aunque Sarkozy es el primer expresidente condenado a prisión firme, a su predecesor en el cargo, el también conservador Jacques Chirac (1995-2007), se le impusieron dos años de prisión con suspensión de pena por contrataciones ficticias de empleados cuando era alcalde de París.

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Justicia en caso de médicos cirujanos estéticos

El Castigo a los inocentes

Desde el año 2016 y luego de una denuncia anónima, los doctores Robles y Ramos han tenido que defender sus estudios y capacidad profesional.

La carrera profesional de estos cirujanos plásticos en Colombia la ha defendido el abogado Juan Varela, quien nos explicó que, «la denuncia tiene una historia particular y es qué este caso se fundamenta en la denuncia de un señor Marco Urrea, un señor que no existe, posterior a ello.

Según el defensor, «El registro de una denuncia de un exconcejal Bernardo Guerra, quien tiene una condena por actos de corrupción, las cuales decían  básicamente que el proceso formativo de los médicos estudiados en Brasil, era en una universidad garaje con una poca profundidad académica de algunas horitas».

Las acusaciones estaban fundamentadas en que los estudios se habían realizado de una manera irregular y contraria a las normas, a los galenos les habían dado una convalidación del título del Ministerio Educación Nacional, básicamente el contenido de la denuncia al cual pues la Fiscalía le hizo eco durante tanto tiempo.

Tras verificar por parte de Ministerio Educación, se logra comprobar la calidad de la formación de los profesionales en dicha universidad del país Suramericano.

https://www.youtube.com/watch?v=UxSBgsq7mwc

Por su parte, el proceso madre o matriz comienza en el año 2016, aquí hay dos tipos de de proceso, hay unas universidades que es la Universidad San Marcos de Perú, Otra Universidad en Argentina y está la Almeida, en el caso de Perú; y Argentina lo que ocurrió es qué habían falsificado el diploma como tal lo habían traído y por medio de una  funcionaria del Ministerio Educación Nacional habían convalidación, los títulos recibidos en el exterior.

En cuanto a la sentencia proferida, la misma ya tiene decisión de fondo, la verdadera justicia en este caso de las dos universidades, los cuales son completamente distinta, acá son médicos que verdaderamente fueron estudiaron y se matricularon en unos programas ofrecidos desde el principio, no para quien quisiera hacer una especialización, ellos debían acreditar una experiencia cierta, como en los pilotos deben acreditar horas de vuelo, ellos debían acreditar varias cirugías.

Este caso a afectando la moral y el profesionalismo de los doctores Robles y Ramos quienes han cursado los estudios para obtener los títulos de que se llaman Medicina Cirugía Plástica Estética, eso es un título de la universidad que se conferido conforme a la ley.

Ahora los daños morales, profesionales también ha sido familiares, el abogado Juan Varela, aseguró de sus protegidos, que sus familias se han visto afectadas por las denuncias, y que los mas afectados han sido los niños al ver el sufrimiento de sus papás.

La afectación al buen nombre, y desafortunadamente es muy difícil de reparar, pero lo más grave son los cuestionamientos realizados por algunos medios de comunicación, de parte también de la señora Lorena Beltrán, tratando de hacerlo ver como si fuera un error de la Fiscalía A lo que agrego el juristas «Lorena Beltrán, y por lo que dice qué ella del proceso, puedo decirle con seguridad que es una ciudadana que no está buscando justicia, no existe ningún argumento serio o de base para qué esta señora ponga en duda solución el contenido constitucional de los Derechos Fundamentales, una decisión por lo menos debería esperar o podría respetar la decisión judicial y no ponerla en duda».

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