Nombre del autor:Alex Beltran

Abierta convocatoria para elección de alcaldes en cuatro localidades de Bogotá.

Abierta convocatoria para elección de alcaldes en cuatro localidades de Bogotá

La Alcaldía de Bogotá y la Secretaría de Gobierno (SDG) invitan a todas las personas con vocación de servicio y compromiso hacia sus comunidades a participar en el concurso de méritos para la elección de alcaldesas y alcaldes locales. Esta es una oportunidad única para liderar y gestionar los recursos públicos de manera honesta y responsable en beneficio de las localidades.

La Secretaría de Gobierno, en alianza con la Universidad Nacional y las Juntas Administradoras Locales (JAL), abre este proceso meritocrático para cubrir las alcaldías locales de Usme, Tunjuelito, Antonio Nariño y Sumapaz, donde en la primera convocatoria no se logró conformar ternas. Se busca asegurar la transparencia en la elección de liderazgos comprometidos con las necesidades de su comunidad y trabajen por su bienestar.

La Administración distrital hace un llamado especial a las mujeres para que participen activamente en esta convocatoria. “Buscamos liderazgos locales que se sumen a la construcción de este gobierno de lo cotidiano, desde las alcaldías locales», destaca el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero Ardila. Es fundamental que las mujeres que cumplan con el perfil profesional y vocacional se postulen y lideren desde sus localidades.

Requisitos para la inscripción

Las personas interesadas deberán presentar los siguientes documentos en las JAL, tanto en formato físico o digital:

  • Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado. (Las personas pueden obtener el formato impreso en cada JAL)
  • Formato Único de Hoja de vida de Persona Natural del Departamento Administrativo de la Función Pública o del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, debidamente diligenciado y firmado, con soportes, en medio físico y electrónico o digital.
  • Copia legible de la Cédula de Ciudadanía.
  • Declaración del o la aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad de que trata el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las establecidas en el artículo 27 y 29 de la Ley 1909 de 2018, ni de presentar antecedentes judiciales. Esta exigencia aplica a todas las causales contenidas en el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, salvo la contenida en el numeral 4 ibidem.
  • Soportes de cumplimiento del numeral 13.2.1.1 del artículo 13 del Decreto 785 de 2005: Título profesional y título de posgrado, y experiencia profesional mínima de 48 meses, de acuerdo con las áreas del conocimiento del núcleo básico descrito en la Circular 017 de 2024.

De acuerdo con el tipo de vinculación con la localidad que se quiera acreditar, presentar al menos uno de los siguientes documentos que constate este vínculo por lo menos durante los dos (2) años anteriores a la fecha de elección o nombramiento:

  • Certificación actualizada, expedida por la Alcaldía Local, para acreditar residencia. Esta certificación debe estar acompañada de documento(s) que den claridad del tiempo de permanencia en la localidad durante los últimos 2 años (Ejemplo: certificación de la Junta de Acción Comunal, contrato de arrendamiento, certificado de arrendador o dueño de vivienda, certificado del administrador del conjunto de propiedad horizontal).
  • Certificado de la Cámara de Comercio de Bogotá con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses, para acreditar actividad industrial o comercial.
  • Certificación, debidamente diligenciada, de la empresa de la localidad en la que conste el tiempo de trabajo, dirección de la empresa, NIT, así como la naturaleza jurídica y domicilio de la misma, para acreditar actividad laboral.
  • Certificación expedida por la persona jurídica en la que consten funciones desempeñadas, tiempo de servicio, domicilio y naturaleza de la persona jurídica, para acreditar una actividad profesional.
  • Afirmación del aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, en la que se señale la actividad profesional, tiempo de ejercicio y ubicación en donde se ha desarrollado; para acreditar la actividad profesional que haya sido ejercida de manera independiente.

Cronograma y etapas del proceso

Alcaldes locales

No podrán ser elegidos quienes:

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 65 y 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, no podrán ser elegidos alcaldes o alcaldesas locales quienes:

  • Hayan sido condenados a pena privativa de libertad, excepto en los casos de delitos culposos o políticos.
  • Hayan sido sancionados con la pena de destitución de un cargo público, o se encuentren, temporal o definitivamente, excluidos del ejercicio de una profesión en el momento de la inscripción de su candidatura.
  • Hayan perdido la investidura de miembros de una corporación de elección popular.
  • Dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura se hayan desempeñado como empleados públicos en el Distrito; hayan sido miembros de una junta directiva distrital; hayan intervenido en la gestión de negocios o en la celebración de contratos con el Distrito o hayan ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismos públicos de cualquier nivel.
  • Sean cónyuges, compañeros o compañeras permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, o primero de afinidad civil, de los concejales o de los funcionarios distritales que ejerzan autoridad política o civil.

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A partir de septiembre, Distrito censará a las personas habitantes de calle.

A partir de septiembre, Distrito censará a las personas habitantes de calle

Dentro de las estrategias del Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Camina Segura está el cuidado y la inclusión a los y las habitantes de calle de la ciudad. Por tal motivo, la Secretaría de Integración Social realizará un censo a esta población del 16 de septiembre al 6 de octubre.

El censo constará de 40 preguntas y busca recolectar la mayor cantidad de información posible en cuanto a los estilos de vida, experiencias e inclusión de distintas poblaciones que habitan calle.

De esta manera, se realizó un piloto socializando el cuestionario que tendrá el censo con algunos habitantes de calle que pertenecen al Hogar de Paso día – noche Bakatá y el servicio de cuidado Liberia.

Roberto Angulo, secretario de Integración Social, publicó en su cuenta de ‘X’ las conclusiones de la socialización del formulario. Aquí el post:

El último censo se realizó en 2017 y arrojó una cifra de 9.538 personas habitando la calle en Bogotá.

La meta es reducir la cifra de habitantes de calle, pero también trabajar en la inclusión de las personas que sufren esta condición y así mejorar la oferta de servicios, además de generar estrategias enfocadas en prevención hacia personas que están en riesgo de habitar la calle, así como aquellas que residen en pagadiarios.

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Condenado a 43 años de prisión un hombre que asesinó a su hijastro y fingió su desaparición en Fusagasugá.

Condenado a 43 años de prisión un hombre que asesinó a su hijastro y fingió su desaparición en Fusagasugá

La Fiscalía General de la Nación demostró que un hombre es el responsable de abusar sexualmente, agredir físicamente y causarle la muerte a su hijastro de tres años, en hechos ocurridos el 5 de marzo del año en curso, en el barrio Carlos Lleras, en Fusagasugá (Cundinamarca).

Ante las pruebas y argumentos aportados, un juez penal de conocimiento lo condenó a 43 años de prisión, por los delitos de homicidio, acceso carnal violento y tortura, todas las conductas agravadas.

La investigación de este caso comenzó tan pronto el padrastro reportó la supuesta desaparición del menor de edad. En su momento aseguró que el niño estaba jugado frente a la casa en la que vivían y no lo volvieron a ver. Un equipo del CTI, con apoyo del Gaula Militar y la Policía Nacional, recopiló los videos de las cámaras de seguridad, realizó entrevistas y diversas técnicas científicas, y estableció que el hombre mentía.

Las verificaciones permitieron conocer que esta persona agredió y le causó la muerte a su hijastro en la vivienda, y sacó el cuerpo oculto en bolsas plásticas verdes. Posteriormente, lo trasladó y arrojó a una zona boscosa de la vereda La Aguadita. Allí fue encontrado por el personal de policía judicial.

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses estableció que la víctima presentaba signos severos de violencia y abuso sexual.

La sentencia conocida es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

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Cárcel para hombre señalado de participar en la desaparición de una agente inmobiliaria en Huila.

Cárcel para hombre señalado de participar en la desaparición de una agente inmobiliaria en Huila

La Seccional Huila de la Fiscalía General de la Nación logró que un juez de control de garantías en Neiva impusiera medida de aseguramiento en centro de reclusión a Alexis Sotelo Salas, aparentemente comprometido en la desaparición forzada de una agente inmobiliaria, ocurrida el pasado 1 de marzo en el sector La Cabañita en la vereda Río Frío de Rivera (Huila).

Labores investigativas dejan en evidencia que Sotelo Salas, desde el 20 de febrero de 2024, se habría comunicado con la comerciante para que le mostrara un lote en el que fingió estar interesado. Desde ese entonces se desconoce el paradero de la mujer. Por estos hechos el hombre fue imputado como posible responsable del delito de desaparición forzada.

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) en trabajo articulado con el Gaula del Ejército Nacional, capturaron a esta persona en la vereda Alto Vilú zona rural de Yaguará (Huila).

El material de prueba aportado desde el inicio de la investigación por la fiscalía ha permitido la judicialización de Fidel Borrero Solano, expareja de la víctima, y Rafael Antonio Puentes. Ambos fueron afectados con medida de aseguramiento intramural, tras su captura el pasado 13 de junio en plena vía pública de Neiva.

El investigado no aceptó su responsabilidad en los cargos imputados en su contra.

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Judicializadas tres personas señaladas del homicidio y porte de armas de fuego en Pitalito (Huila).

Judicializadas tres personas señaladas del homicidio y porte de armas de fuego en Pitalito (Huila)

Un fiscal de la Seccional Huila judicializó a dos mujeres y un hombre, presuntamente implicados en el asesinato de Yeison Fernando Díaz Fierro, en hechos ocurridos el pasado 20 de abril en el barrio Villa Café de Pitalito.

De acuerdo con la investigación, un cruce de disparos entre dos organizaciones criminales habría terminado impactando a Díaz Fierro. Se cree que los hechos ocurrieron en lo que sería una disputa territorial de dos redes criminales.

Entre los procesados figuran William Alexis Cañar Calderón, Kerly Tatiana Valencia Figueroa y Luisa Fernanda Zúñiga Claros, quienes fueron imputados, según sus responsabilidades individuales, con delitos de homicidio y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

Estas personas fueron capturadas por la Sijin de la Policía Nacional en desarrollo de dos diligencias de registro y allanamiento cumplidas en dos inmuebles en los barrios San Antonio y El Porvenir del Valle de Laboyos.

Un juez con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario a Cañar Calderón. Las otras dos personas fueron cobijadas con detención domiciliaria.

Ninguno se allanó  a los cargos imputados por el ente investigador.

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A la cárcel dos presuntos integrantes de los K-47 que estarían extorsionando a comerciante de Cúcuta.

A la cárcel dos presuntos integrantes de los K-47 que estarían extorsionando a comerciante de Cúcuta

La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a dos personas que, al parecer, venían extorsionando a un comerciante de Cúcuta (Norte de Santander) desde el pasado 17 de agosto. El ente acusador evidenció que los hombres exigirían el pago de un millón de pesos mensuales a cambio de no atentar contra su vida y su negocio.

Se trata de Gustavo Antonio Barrios Sánchez, alias Sicario, y Keivi Alexánder Domínguez Canelo, alias Barbas, presuntos integrantes del grupo delincuencial AK- 47, a quienes se les imputaron los delitos de extorsión agravada y homicidio en grado de tentativa.

Según las indagaciones, estos dos hombres también habrían participado en un atentado con disparos contra empleados del comerciante, hechos ocurridos el pasado 21 de agosto. El ataque no dejó personas heridas.

Una vez que la víctima expuso el caso ante el Gaula de la Policía Nacional se coordinó la entrega del dinero, de manera controlada. El procedimiento permitió que los procesados fueran capturados este 27 de agosto.

Los imputados no aceptaron los cargos y fueron enviados a la cárcel Modelo de Cúcuta.

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A la cárcel fue enviado un hombre que habría abusado sexualmente a sus cinco hijos en Barranquilla.

A la cárcel fue enviado un hombre que habría abusado sexualmente a sus cinco hijos en Barranquilla

Una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de la Seccional Atlántico logró que un juez de control de garantías de Barranquilla enviara a la cárcel a un hombre presuntamente responsable de someter, durante ochos años, a múltiples vejámenes sexualmente a sus cinco hijos, cuyas edades, para la época de los hechos, oscilaban entre 8 y 14 años.

El material de prueba aportado por la Fiscalía General de la Nación permitió imputar al procesado los delitos de acceso carnal violento y acto sexual violento, cargos a los cuales no se allanó.

Pruebas testimoniales en poder del ente acusador evidenciaron que el procesado habría aprovechado su condición de padre para someter a los menores, a quienes además habría obligado a incurrir en distintas prácticas de índole sexual.

Los hechos ocurrieron en una vivienda del barrio Villa de San Pedro II al suroccidente de la capital del Atlántico, donde el investigado vivía junto con las víctimas.

En cumplimiento de una orden judicial, el procesado, de 45 años, fue capturado por funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Policía Nacional el pasado 20 de agosto en el lugar donde se presume sucedieron las agresiones.

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A la cárcel dos hombres que habrían extorsionado a un comerciante en Cartagena.

A la cárcel dos hombres que habrían extorsionado a un comerciante en Cartagena

Una fiscal de la Seccional Bolívar presentó ante un juez de control de garantías a Fernando León Palacios y a Jhosep Cabrera Smith, presuntamente implicados en las extorsiones que desde julio pasado se vendrían realizando a un comerciante en Cartagena.

El trabajo coordinado entre la Fiscalía y el Gaula de la Policía Nacional permitió la captura de los ahora procesados en el barrio Villa Estrella, en momentos en que León Palacios y Cabrera Smith recibían de manos del dueño de un restaurante una suma de dinero, presumiblemente relacionada con exigencias económicas ilegales.

La fiscalía imputó al procesado el delito de extorsión agravada, el cual no fue aceptado. La denuncia evidenció que los procesados, simulando integrar una organización ilegal, le exigían al comerciante cinco millones de pesos a cambio de brindarle seguridad y no atentar contra él, su negocio o sus trabajadores.

Por determinación del juez, los hoy implicados deberán cumplir la medida de aseguramiento en la cárcel San Sebastián Ternera de la capital de Bolívar.

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Condenado el cantante vallenato Nelson Velásquez por violación a los derechos de autor.

Condenado el cantante vallenato Nelson Velásquez por violación a los derechos de autor

En atención a las pruebas y argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, un juez penal de conocimiento de Medellín (Antioquia) condenó a cuatro años de prisión al cantante de música vallenata Nelson Aníbal Velásquez Díaz, por el delito de violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos.

De acuerdo con la investigación, entre 2012 y 2018, el artista interpretó, como solista y sin la debida autorización, varias canciones de una agrupación musical de la cual hizo parte durante varios años.

En ese sentido, el fallo de primera instancia también le impuso a Velásquez Díaz una multa equivalente a 26 salarios mínimos legales mensuales vigentes, algo más de 20’800.000 pesos. Además, le concedió la suspensión condicional de la pena y estableció un período de prueba de 48 meses, previo el pago de una caución de un salario mínimo legal mensual vigente.

Contra esta decisión proceden los recursos de ley.

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Tres integrantes de una misma familia fueron judicializados por actos de tortura contra una mujer y sus dos hijas menores.

Tres integrantes de una misma familia fueron judicializados por actos de tortura contra una mujer y sus dos hijas menores

La Fiscalía General de la Nación judicializó a tres integrantes de una misma familia, presuntamente implicados en castigos crueles e inhumanos contra una mujer y sus dos hijas menores de edad. Los hechos ocurrieron entre diciembre del año 2018 y julio de 2023 en varias fincas ubicadas en Carmen de Apicalá (Tolima).

Se trata de Gladys Sabed Sánchez Becerra, de 41 años, y sus padres Ofir Cenaida Becerra Ruíz, de 73, y Álvaro Sánchez, de 71. Los tres fueron imputados, según sus posibles responsabilidades individuales, por los delitos de trata de personas en la modalidad de servidumbre; tortura y uso de menores para la comisión de delitos, acceso carnal violento y acto sexual violento.

Según la investigación, durante cinco años los procesados habrían incurrido en tratos degradantes en contra de las víctimas. Labores de policía judicial evidenciaron que la mujer era explotada laboralmente, pues no recibía pago alguno por las labores que cumplía, los dineros que recibía por cuota alimentaria para sus hijas, de 3 y 5 años, le eran retenidos.

Las tres víctimas, se presume, eran golpeadas constantemente, las obligaban a dormir en el piso y eran sumergidas en baldes con agua fría a manera de castigo por incurrir en comportamientos contrarios a los ordenados por los procesados. En otras oportunidades serían colgadas de los pies por largos periodos de tiempo u obligaban a pasar las noches sin comer. Cuando comían algo sin permiso, les daban ají.

La Fiscalía cuenta con información en la que se señala que la madre de las dos menores fue quemada con un sartén por haber cometido errores al cocinar.

También se cuenta con evidencia de que habría sido abusada sexualmente por Álvaro Sánchez; e intimidada por este con un machete o un revólver por resistirse a sus vejámenes.

Tras conocer la denuncia y avanzar en las investigaciones, la Fiscalía logró que se emitieran las respectivas órdenes de capturas, las cuales fueron materializadas por servidores del CTI, con apoyo de la Policía y el Ejército Nacional, en la zona donde ocurrieron los hechos.

Ninguno de los procesados aceptó los cargos en su contra y fueron enviados a la cárcel como medida de aseguramiento preventiva.

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