En una maniobra de prevención y respuesta institucional rápida frente a la inminente crisis climática que amenaza los recursos del país, el Gobierno Nacional oficializó este viernes 24 de julio la expedición del Decreto 0802 del 23 de julio de 2026. Mediante esta norma, se declara la situación de desastre de carácter nacional en todo el territorio colombiano como consecuencia del riesgo severo derivado del desarrollo del fenómeno de El Niño.
La medida de excepción tendrá una vigencia de 12 meses y busca activar un régimen especial para destinar presupuesto extraordinario, acelerar la contratación pública y articular acciones preventivas para mitigar las pérdidas en materia de agua potable, soberanía alimentaria y generación eléctrica.
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Sustento técnico del Ideam: Alta probabilidad de un fenómeno «muy fuerte»
La decisión ejecutiva se apoya de forma directa en los reportes de monitoreo técnico presentados por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam). Según el organismo científico, en la actualidad ya se registran alteraciones térmicas y dinámicas atmosféricas propias de El Niño tanto en el Océano Pacífico como en la atmósfera continental.
Los modelos predictivos advierten que durante el segundo semestre de 2026 y el primer trimestre de 2027 las condiciones climáticas se intensificarán con una alta probabilidad de evolucionar hacia un estado de severidad «muy fuerte», lo que impactaría de manera prolongada los niveles de ríos, embalses y zonas de producción agrícola.
“Declárese una situación de desastre de carácter nacional ante el riesgo inminente, expresado en impactos, daños y pérdidas, asociado a la ocurrencia y desarrollo del Fenómeno del Niño en todo el territorio nacional, por un término de doce (12) meses”, cita textualmente el decreto gubernamental.
Alerta máxima en el sistema eléctrico: Riesgo de apagones y racionamiento
Uno de los ejes de mayor preocupación expuestos en el acto administrativo gira en torno a la estabilidad del Sistema Interconectado Nacional (SIN) y la soberanía energética del país, altamente dependiente de la generación hidroeléctrica.
“La evidencia científica disponible muestra que, de no adoptarse medidas extraordinarias de gestión del riesgo, la evolución esperada del fenómeno de El Niño puede derivar en interrupciones graves y prolongadas de la prestación del servicio público esencial de energía eléctrica”, advierte el articulado del Gobierno.
Con el amparo constitucional en los artículos 2, 48, 49 y 365 de la Carta Política, y bajo el marco regulatorio de la Ley 1523 de 2012 (Política Nacional de Gestión del Riesgo), el Estado buscará salvaguardar la prestación continua de los servicios públicos esenciales frente a posibles racionamientos energéticos o de acueducto.
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Las cinco líneas estratégicas del plan de contingencia
Bajo la coordinación de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y en articulación con gobernaciones y alcaldías, la declaratoria fija una hoja de ruta con cinco frentes de acción inmediata:
| Frente Estratégico | Acciones Prioritarias y Medidas de Choque |
| 1. Abastecimiento de agua | Instalación de plantas desalinizadoras, rehabilitación de pozos profundos, recolección de aguas lluvias y protección de fuentes hídricas. |
| 2. Seguridad alimentaria | Subsidios a fertilizantes e insumos, garantías de riego para pequeños y medianos agricultores para evitar desabastecimiento e inflación. |
| 3. Transición energética | Priorización e instalación masiva de sistemas solares fotovoltaicos en hogares de estratos 1, 2 y 3 y comunidades rurales vulnerables. |
| 4. Salud pública | Refuerzo de la vigilancia epidemiológica ante brotes de enfermedades vectoriales y continuidad en los servicios de salud ante racionamientos. |
| 5. Incendios forestales | Fortalecimiento operativo, dotación y capacidad logística para las cuadrillas de bomberos y cuerpos de socorro ambiental. |
Fondo financiero especial: Subcuenta «Fenómeno del Niño 2026-2027»
Para asegurar que los recursos lleguen de manera oportuna a las zonas más vulnerables, el Decreto 0802 ordena al Ministerio de Hacienda y Crédito Público garantizar las asignaciones presupuestales requeridas a través del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Como mecanismo de administración transparente y expedita, se autorizó la creación de la subcuenta temporal denominada “Fenómeno del Niño 2026-2027”. Este instrumento financiero permitirá manejar de forma independiente las partidas presupuestales destinadas exclusivamente a atender la contingencia ambiental, habilitando a las entidades públicas para efectuar traslados de partidas y compras de emergencia sin la rigidez de los trámites ordinarios.
#ACTUALIDAD Fue expedido por el gobierno nacional el Decreto 0802 del 23 de julio de 2026, que declara el desastre de carácter nacional ante el riesgo inminente asociado al desarrollo del fenómeno de El Niño en Colombia.
— ÚltimaHoraCaracol (@UltimaHoraCR) July 24, 2026
Esta medida cuenta con una vigencia de 12 meses.… pic.twitter.com/f1iyRkpiaZ





