En un pronunciamiento sin precedentes, el Consejo Nacional Electoral (CNE) encendió las alarmas sobre el cumplimiento de la Ley 2494 de 2025 (Ley de Encuestas). A través de su Comisión Técnica y de Vigilancia, el organismo denunció haber identificado fallas críticas en los estudios de opinión que circulan en medios y plataformas digitales, a tan solo 40 días de la elección presidencial del 31 de mayo.
Falencias técnicas que comprometen la democracia
El comunicado oficial, suscrito por el presidente del CNE, Cristian Quiroz, y el vicepresidente Alfonso Campo, detalla que los estudios analizados presentan errores que invalidan su rigor estadístico. Según el órgano electoral, las deficiencias se concentran en cuatro ejes fundamentales:
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- Diseño muestral: Falta de precisión en la selección de los consultados.
- Cobertura del universo electoral: Incapacidad para representar a todos los sectores de la población habilitada para votar.
- Inferencias estadísticas: Conclusiones que carecen de sustento matemático real.
- Técnicas de ajuste: Uso inadecuado de herramientas para «corregir» los datos recolectados.
El CNE fue enfático al señalar que estas prácticas comprometen la representatividad de los resultados y su capacidad para ser generalizados a toda la nación.
Prohibición estricta de sondeos digitales y redes sociales
Uno de los puntos más contundentes de la misiva es la distinción entre una encuesta técnica y un sondeo de opinión. El CNE recordó que la difusión de mecanismos de reclutamiento digital sin control metodológico está estrictamente prohibida por la normativa vigente.
“Prácticas como encuestas en redes sociales, formularios abiertos, votaciones digitales voluntarias o paneles en línea no probabilísticos constituyen sondeos y su difusión está prohibida. Presentarlos como encuestas induce al error y vulnera la ley”, advierte el documento.
Respecto a las encuestas telefónicas, el organismo aclaró que su validez no es automática. Para ser legales, deben demostrar que su marco muestral representa efectivamente al censo electoral y superar las limitaciones de cobertura y bajas tasas de respuesta que suelen presentar este tipo de mediciones.
Responsabilidad de los medios y sanciones a encuestadoras
El llamado del CNE también se extendió a los medios de comunicación. Se les instó a abstenerse de divulgar estudios que no provengan de firmas debidamente registradas o que carezcan de un sustento metodológico verificable. La publicación de información imprecisa se considera una amenaza a la equidad de la contienda y una fuente de desinformación para el electorado.
Para las firmas encuestadoras que ignoren estas obligaciones de transparencia y auditoría, las consecuencias legales incluyen:
- Multas económicas de alta cuantía.
- Suspensión temporal del registro ante el CNE.
- Cancelación definitiva de la habilitación para operar en Colombia.
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Un tarjetón de 13 candidatos bajo la lupa
Este endurecimiento de la vigilancia ocurre en el momento de mayor tensión política. Con 13 candidatos en el tarjetón, la intención de voto ha sido encabezada por figuras como Iván Cepeda (Pacto Histórico), Abelardo de la Espriella (Salvación Nacional y Firmes por la Patria) y Paloma Valencia (Centro Democrático).
En una carrera donde cada punto porcentual cuenta, el CNE busca garantizar que las cifras publicadas reflejen la realidad de las urnas y no se conviertan en herramientas de manipulación mediática antes de la cita democrática del 31 de mayo.
Información de interés. @CNE_COLOMBIA pic.twitter.com/4xH5T5DSi3
— Mg. Alba Lucía Velásquez (@luchitavher) April 15, 2026





