Con el objetivo de blindar la transparencia y precisión de la jornada electoral del próximo 8 de marzo, la Registraduría Nacional del Estado Civil, en ejercicio de su competencia constitucional, ha oficializado el procedimiento técnico que deberán seguir los jurados de votación para el diligenciamiento de los formularios E-14.
Este protocolo es de cumplimiento obligatorio. Las autoridades advirtieron que cualquier desatención a estas directrices podría derivar en sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría General de la Nación, dado que los jurados ejercen un servicio público transitorio de alta responsabilidad.
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El paso a paso: Del «cuentavotos» al acta de escrutinio
La tarea principal de los jurados consiste en transcribir fielmente la información recolectada inicialmente en los cuentavotos hacia los tres ejemplares oficiales del formulario E-14:
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Ejemplar de Claveros.
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Ejemplar de Delegados.
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Ejemplar de Transmisión.
Verificación previa y concordancia
Antes de realizar la transcripción definitiva, es imperativo comparar el total del cuentavotos con el número físico de votos depositados en la urna. Solo si los valores coinciden se procederá al registro; en caso de discrepancia, los jurados deben realizar una verificación inmediata de los datos para subsanar inconsistencias antes de cerrar el acta.
Guía técnica para el llenado del formulario E-14
Para evitar interpretaciones erróneas y garantizar una digitalización óptima, la Registraduría exige las siguientes normas de escritura:
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Claridad y orientación: Los números deben escribirse de forma horizontal y legible en los tres ejemplares simultáneamente.
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Cifras de 3 dígitos: Se debe ocupar cada casilla de izquierda a derecha de manera individual.
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Cifras de 1 o 2 dígitos: Las casillas vacías que anteceden al número deben diligenciarse rellenando el círculo de la marca de agua.
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Votación nula o inexistente: Si un partido o candidato no obtiene votos, no se deben diligenciar dichas casillas.
Reclamaciones y el rol de los testigos electorales
El formulario E-14 cuenta, en su última página, con una sección de constancias. Este espacio es vital para registrar cualquier observación relevante sobre los resultados del escrutinio de mesa.
El recuento de votos: Es la única reclamación que los jurados de votación tienen la potestad de resolver en la mesa y se puede realizar por una sola vez a solicitud de los testigos electorales. En el acta se debe consignar el nombre de quien solicita el recuento y la agrupación política que representa.
Nota importante: Cualquier otra reclamación debe presentarse por escrito y adjuntarse en el sobre de claveros sin ser resuelta por los jurados de mesa.
Validación y apoyo técnico
Para que el documento tenga validez legal, todos los jurados deben firmar y consignar su número de cédula en los espacios correspondientes tras finalizar el escrutinio.
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Ante cualquier duda técnica durante el proceso, la Registraduría recordó que cada mesa contará con una guía rápida adherida para consulta inmediata. La transparencia del 8 de marzo depende de la precisión en estos registros, que constituyen la base del sistema democrático.
Resumen para el Jurado de Votación
| Acción | Requisito Obligatorio |
| Escritura | Horizontal y clara en los 3 ejemplares (Claveros, Delegados, Transmisión). |
| Casillas vacías | Rellenar círculo de marca de agua (si el número tiene menos de 3 dígitos). |
| Firmas | Obligatorias para todos los jurados con número de cédula. |
| Recuento de votos | Solo una vez por mesa si lo solicita un testigo acreditado. |





