viernes 26 abril 2024
elespaciodigital

dIAN

Propiedades horizontales tienen hasta el 31 de julio para presentar el Reporte Único de Beneficiarios Finales – RUB - Google

Propiedades horizontales tienen hasta el 31 de julio para presentar el Reporte Único de Beneficiarios Finales – RUB.

Con el objetivo de contribuir en la lucha contra la corrupción, el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la evasión fiscal, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) impuso a todas las personas jurídicas la obligación de suministrar la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB),.

En su calidad de entidades con personería jurídica sin ánimo de lucro, las propiedades horizontales se encuentran obligadas a suministrar la información en el RUB antes del 31 de julio de 2023. El registro de la información lo deben presentar los representantes legales de todas las personas jurídicas, no importa el número de unidades o si la propiedad horizontal es residencial, comercial o mixta.

Te puede interesar: Las consecuencias emocionales y corpóreas del estrés académico en estudiantes universitarios

El administrador al ser representante legal de la persona jurídica, debe estar al día con la gestión administrativa y la información contable actualizada de la propiedad horizontal al momento de suministrar el reporte. En virtud de ello, Properix ofrece un sistema integral que centraliza la comunicación y agiliza las tareas de los administradores, contadores, y revisores fiscales, sin llamadas, correos, ni traslados de todos los roles dentro de la copropiedad.
A través de la plataforma de Properix, disponible en la web, el representante legal o cualquier residente pueden consultar en tiempo real el presupuesto detallado de gastos e ingresos, la información y datos de los residentes, descargar informes anuales y mensuales, enviar comunicados y gestionar las PQRS, entre otros.

Esto es una gran ventaja para poder presentar el registro en tiempo y forma, no solo porque organiza y hace accesible la información que se debe presentar, sino que también ayuda a determinar quiénes son los beneficiarios finales. En las copropiedades son los siguientes:

• Si todos los propietarios tienen coeficientes de copropiedad menores al 5 %, el beneficiario final sería el representante legal de la copropiedad, es decir el administrador.

• En caso de no identificarse personas naturales como beneficiarios finales, deberá reportarse como beneficiario final a la persona natural que ostente el cargo de representante legal o la persona natural que ostente una mayor autoridad respecto al representante legal, en relación con las funciones de gestión o dirección de la propiedad horizontal. Es decir, administradores, revisores fiscales y en general los propietarios de los edificios o conjuntos, agrupaciones y condominios que aparezcan como representantes legales de la copropiedad.

Una vez determinados los beneficiarios finales, el registro de la información se debe hacer a través de los canales digitales de la DIAN. No obstante, debe tener en cuenta que para poder visualizar el cargue de la información, la persona jurídica debe estar inscrita en el Registro Único Tributario (RUT) o en el Sistema de Identificación de Estructura sin Personería Jurídica (SIESPJ).

También puedes leer: Los influencers colombianos con mayor compromiso en la protección ambiental

Recuerde que según la resolución 000108 de la DIAN del 14 de julio de 2023, cuando el beneficiario final identificado haya fallecido o fallezca teniendo esa calidad, la información a suministrar deberá corresponder a los datos de este. Una vez liquidada la sucesión, se deberá adelantar la actualización del RUB. Por otra parte, la misma resolución modificó la fecha de presentación del RUB solamente para los organismos de Acción Comunal, la cual queda establecida para el 31 de julio de 2024.

Evite sanciones haciendo el registro de la información hasta el 31 de julio de 2023. Si no presenta el RUB antes de la fecha límite, o se suministra información incompleta o errada, se aplicarán sanciones.

Las multas por no registrar la información a tiempo equivalen a una (1) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. Cuando la desactualización del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica del obligado, la sanción será de dos (2) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información.

Propiedades horizontales tienen hasta el 31 de julio para presentar el Reporte Único de Beneficiarios Finales – RUB. Leer más »

Las empresas colombianas con más de 250 empleados obligadas a emitir nóminas electrónicas.

Desde el pasado 1 de septiembre, las compañías colombianas con más de 250 empleados están obligadas a emitir nóminas en formato electrónico, de acuerdo con el calendario establecido por la DIAN. El siguiente grupo de obligadas serán las PYMEs y, por último, las microempresas y los trabajadores autónomos.

Darse de alta como emisor de nómina.

Para comenzar a emitir electrónicamente, la DIAN ha establecido dos opciones. La primera es que las compañías se den de alta en la plataforma de la DIAN y que desde ahí envíen sus nóminas electrónicas. La segunda opción es contar con los servicios de un proveedor tecnológico de confianza habilitado para esta actividad.

Desde el punto de vista práctico y operativo, la primera opción supone una complejidad relativa que puede ir acompañada de algunos errores y, con ellos, de la posibilidad de alguna sanción, dos situaciones que quedan resueltas si se acude a un proveedor tecnológico de confianza. La solución de factura electrónica y nómina electrónica de SERES es global, por lo tanto, se adapta a la casuística concreta de cada cliente.

La implementación de la nómina electrónica puede suponer un cambio en los sistemas de facturación de las compañías. “Al igual que lo ocurrido con la factura electrónica, – comenta Alberto Redondo, CMO de SERES para Iberia y LATAM – el camino más fácil, rápido y económico para adaptarse al nuevo sistema es trabajar con un proveedor de servicios, un tercero de confianza, como SERES, que asuma todo el proceso”.

¿Cómo funciona la nómina electrónica?

La solución desarrollada por SERES genera nóminas electrónicas a partir de la información obtenida del software de nómina de la empresa y las envía a la Unidad Administrativa Especial de la DIAN, de acuerdo con los requisitos técnicos y legales establecidos en la Resolución 000013.

Una vez que la DIAN recibe la nómina, el sistema genera, firma, almacena y envía un mensaje de validación con el valor “Documento validado por la DIAN”. Con la validación obtenida, la solución de SERES integra el mensaje de la DIAN en la herramienta de gestión interna de la empresa junto con la representación gráfica de las nóminas para que sean remitidas de forma automática a los empleados.

Además, la solución preserva las nóminas electrónicas por el tiempo legalmente establecido garantizado su integridad y confidencialidad.

SERES cuenta con más de 30 años de experiencia en el sector y ha colaborado con la DIAN desde la puesta en marcha del proyecto de masificación de la factura electrónica de Colombia. Su misión es asesorar y acompañar de manera personalizada a los clientes para que la transformación digital de su empresa se realice de manera exitosa.

http://www.groupseres.com

Las empresas colombianas con más de 250 empleados obligadas a emitir nóminas electrónicas. Leer más »

La Dian amplía los plazos de obligatoriedad de la nómina electrónica.

La DIAN ha aplazado la entrada en vigor de la obligatoriedad de emisión de Nómina Electrónica, estableciendo un nuevo calendario, tanto para la habilitación en el sistema interno de la DIAN como para el inicio de emisión de nómina para cada uno de los grupos obligados.

De acuerdo con lo establecido en la nueva Resolución 000037, la fecha de inicio de la habilitación en el servicio de nómina electrónica será el día 1 de agosto de 2021. En cuanto a la fecha límite para la generación y transmisión del documento de soporte de pago de la nómina electrónica y de las notas de ajuste se establece un calendario dividido en varios grupos.

La fecha de inicio para el Grupo 1 -empresas de más de 250 empleados- será el 1 de septiembre de este año. La del Grupo 2 -empresas de más de 100 y menos de 250 empleados- será el 1 de octubre de este año. El Grupo 3 -empresas de entre 11 y 100 empleados-  debe iniciar la generación de documentos el día 1 de noviembre. Finalmente, el Grupo 4 -empresas de hasta 10 empleados. Tendrá como fecha límite de inicio el 1 de diciembre.

La implementación de la nómina electrónica puede suponer un cambio en los sistemas de facturación de las compañías. “Al igual que lo ocurrido con la factura electrónica, – comenta Alberto Redondo, CMO de SERES para Iberia y LATAM – el camino más fácil, rápido y económico para adaptarse al nuevo sistema es trabajar con un proveedor de servicios, un tercero de confianza, como SERES, que asuma todo el proceso”.

De acuerdo con la nueva resolución, no habrá modificaciones en las fechas establecidas para aquellos contribuyentes que no estén obligados a expedir factura electrónica, que seguirán teniendo de plazo hasta el 31 de mayo de 2022.

El objetivo de este aplazamiento es facilitar al máximo la adaptación a este nuevo sistema y, para evitar problemas, la mejor opción es contar con un proveedor de servicios de confianza certificado por la DIAN.

De acuerdo con la normativa, los envíos a la DIAN deberán realizarse mensualmente, independientemente de que se realicen pagos en periodos diferentes, y dentro de los diez primeros días del mes siguiente al cual corresponde el pago.

¿Cómo funciona la nómina electrónica?

La solución desarrollada por SERES genera nóminas electrónicas a partir de la información obtenida del software de nómina de la empresa y las envía a la Unidad Administrativa Especial de la DIAN, de acuerdo con los requisitos técnicos y legales establecidos en la Resolución 000013.

Una vez que la DIAN recibe la nómina, el sistema genera, firma, almacena y envía un mensaje de validación con el valor “Documento validado por la DIAN”. Con la validación obtenida, la solución de SERES integra el mensaje de la DIAN en la herramienta de gestión interna de la empresa junto con la representación gráfica de las nóminas para que sean remitidas de forma automática a los empleados.

Además, la solución preserva las nóminas electrónicas por el tiempo legalmente establecido garantizado su integridad y confidencialidad.

La Dian amplía los plazos de obligatoriedad de la nómina electrónica. Leer más »

Colombia camina hacia la modernización tributaria: Empresas se preparan para cumplir con la Nómina Electrónica.

Luego de dar un paso importante en su camino hacia la modernización tributaria, cuya inversión fue de más de $250 millones de dólares, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa con su proceso de digitalización.  Primero con la implementación de la facturación electrónica y ahora con la puesta en marcha de la nómina electrónica, que ya entró en la cuenta regresiva.

El próximo 1 de julio, las empresas con más de 251 empleados deben empezar a generar los soportes de pago de nómina electrónica en archivos XML y tendrán plazo para transmitirlos a la DIAN, hasta el 10 de agosto.  Es decir que tienen apenas tres meses para ajustar sus procesos.

Aun cuando la obligatoriedad de la norma será progresiva de acuerdo a un calendario que contempla los plazos según el número de empleados, hasta llegar a las empresas unipersonales, lo cierto es que, a estas alturas, todas sin excepción, ya deberían tener claro su plan de ejecución.

Según Luis Fernando Jaramillo, presidente del Grupo Empresarial Heinsohn, con un portafolio de más de 700 clientes que ya adquirieron su servicio Heinsohn Nómina: “Las empresas deben tomar este nuevo requerimiento como una invitación a la modernización. Países de la región como Brasil, Chile y México nos llevan varios años de ventaja. Debemos tomar estas nuevas obligaciones como parte de un sistema. La implementación de la nómina electrónica, se deriva del artículo 616-1 del estatuto tributario, que habla de los sistemas de facturación. Es decir, que muy probablemente, lo que está sucediendo ahora se ampliará a nuevos documentos electrónicos, como el documento soporte de los costos y gastos en compras, documentos equivalentes, facturas de importación entre otros. Debemos estar preparados”.

Jaramillo recomienda una mayor sinergia entre las áreas financiera, contable, impuestos y recursos humanos de las empresas, de tal forma, que puedan adquirir un software verdaderamente robusta que dé solución a la totalidad de sus requerimientos.  “El error de muchas empresas es que interpretan esta nueva obligación de la DIAN como un formato más que hay que cumplir, pero no podemos ver este nuevo requisito como un problema tecnológico, es más estratégico. Debe existir una trazabilidad en los procesos de las diferentes áreas para que la transacción base sea la misma y así se puedan mitigar riesgos”.

Un proveedor tecnológico aliado.

Para dar cumplimiento a la resolución No. 00013 de 2021 de la DIAN, las empresas tienen la opción de adquirir un software propio, o a través de un proveedor de soluciones tecnológicas. En todos los casos se requiere que estén habilitados por la DIAN.

El mercado colombiano cuenta con alrededor de 90 proveedores de software certificados por la DIAN con diferente tipo de soluciones. Empresas como Heinsohn, disponen de un módulo de Nómina Electrónica, donde es posible generar, validar, administrar y consultar los documentos. Cada empresa sin necesidad de acceder a la plataforma del PST, puede tener una visión completa del proceso de nómina electrónica de cada periodo.

“Con Heinsohn no tiene que buscar intermediarios, todo se integra con la solución que brinda la herramienta que es bidireccional. En un mismo módulo, la empresa tiene acceso a diferentes formularios donde puede generar las transacciones y enviarlas a la DIAN, al tiempo que el trabajador puede consultar su información, sin necesidad de involucrar a más actores en el proceso. Lo anterior optimiza los tiempos, lo que se ve reflejado también en un ahorro económico” concluyó Jaramillo

Colombia camina hacia la modernización tributaria: Empresas se preparan para cumplir con la Nómina Electrónica. Leer más »

Scroll al inicio