Los preparativos para el relevo de poder en Colombia han detonado un prematuro conflicto jurídico e institucional entre la administración saliente del presidente Gustavo Petro y el equipo del mandatario electo, Abelardo de la Espriella. La intención de este último de romper con la tradición histórica y realizar el acto oficial de posesión presidencial dentro de una guarnición militar, fuera de la capital del país, ha encendido las alarmas en el sector político y jurídico por sus implicaciones constitucionales.
El diferendo, que subraya la profunda polarización que enmarca la transición gubernamental de cara al próximo 7 de agosto de 2026, ha forzado un cruce de consultas técnicas y advertencias legales sobre los límites de las facultades del Poder Ejecutivo frente al Legislativo.
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La advertencia del Dapre: La sede constitucional es Bogotá
La controversia escaló formalmente tras conocerse una carta enviada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) de la administración Petro a Nicolás Gómez, jefe de despacho del mandatario electo. En la misiva, el gobierno saliente enfatizó que el ordenamiento jurídico colombiano es taxativo respecto al protocolo del traspaso de mando.
De acuerdo con la argumentación del Ejecutivo saliente, la Constitución Política establece que el primer mandatario debe juramentarse estrictamente ante el Congreso de la República. Dado que la sede natural y permanente del órgano legislativo es la ciudad de Bogotá, cualquier modificación territorial requeriría una decisión autónoma y soberana del propio Congreso, y no una imposición del presidente entrante. El Dapre fue enfático al señalar que solo la rama legislativa tiene la competencia exclusiva para determinar si sesiona de manera temporal en otro punto de la geografía nacional.
El equipo de De la Espriella busca salidas legales en el Capitolio
Ante la postura de la Casa de Nariño, el equipo estratégico de Abelardo de la Espriella optó por elevar consultas directas a la Secretaría General del Congreso para evaluar los márgenes de maniobra legal que permitan cumplir el deseo del presidente electo de tomar juramento en un recinto militar.
En un documento remitido al secretario del Senado, Diego Alejandro González, la comisión de empalme entrante solicitó clarificar formalmente si el Congreso posee la facultad de trasladar su sede habitual fuera de Bogotá de forma expresa para este evento de Estado.
La solicitud busca desentrañar la viabilidad técnica y los plazos legales bajo el reglamento interno del Legislativo, conocido como la Ley Quinta de 1992. Específicamente, el equipo de De la Espriella pidió una hoja de ruta detallada que determine:
- Iniciativa: Qué actores políticos o institucionales están facultados para proponer formalmente el traslado de la sede.
- Instancias: Ante qué comisiones o células directivas de cada cámara debe radicarse la proposición.
- Mecánica de votación: Si el cambio territorial debe ser aprobado de forma independiente por el Senado y la Cámara de Representantes, o si requiere de una sesión conjunta de Congreso Pleno.
- Tiempos legales: Cuál es el plazo mínimo razonable para surtir este trámite antes de la fecha límite del 7 de agosto, teniendo en cuenta que el nuevo Congreso se instalará apenas el 20 de julio de 2026.
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El fantasma del boicot: La puja por el quórum mínimo
Detrás de la consulta jurídica subyace un complejo cálculo político. El nuevo Congreso de la República, que asumirá funciones este 20 de julio, contará con una robusta y activa representación de bancadas declaradas en oposición al gobierno entrante. Ante este panorama, el fantasma de un ausentismo masivo o un boicot a la ceremonia oficial de posesión es un escenario real que preocupa a los estrategas de De la Espriella.
Por esta razón, otra de las peticiones neurálgicas elevadas a la Secretaría del Senado es la definición exacta del quórum mínimo requerido para dar validez legal al acto de posesión. Al blindarse jurídicamente ante una eventual falta de asistencia de los sectores de izquierda y oposición, el equipo del presidente electo busca asegurar que el evento cuente con plena legalidad, independientemente del nivel de participación política en el recinto.
Ante lo apremiante del calendario y la cercanía de las fechas constitucionales, la comisión de empalme de De la Espriella ha instado a las mesas directivas del Congreso a emitir un concepto jurídico definitivo con carácter prioritario, en una puja de poderes que apenas comienza a definir las reglas de juego del próximo cuatrienio.
Esta es la carta que el equipo de empalme del presidente electo Abelardo De La Espriella (@ABDELAESPRIELLA), le envió al Congreso de la República para consultar si es posible trasladar la sede de la posesión presidencial fuera de Bogotá y realizar la ceremonia del 7 de agosto en… pic.twitter.com/vAUh1OoKxt
— Mauricio Vanegas (@Marovaan) July 10, 2026





