GENERALES

BLANCA BARRETO ARDILA, NUEVA MAGISTRADA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

La Corte Suprema de Justicia eligió a la jurista Blanca Nélida Barreto Ardila como nueva magistrada de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corporación.
La magistrada Blanca Barreto Ardila es egresada de la Universidad Externado de Colombia, con maestría y especialización en Ciencias Penales y Criminológicas de esa misma universidad, especialización en Derechos Humanos de la ESAP y especialización en Derecho Sustantivo y Contencioso Constitucional de la Universidad Javeriana.

En su amplia trayectoria profesional se ha desempeñado como defensora Pública del Ministerio de Justicia, abogada visitadora de la Procuraduría General de la Nación, fiscal delegada ante los jueces municipales, profesional de Comcaja, procuradora judicial y magistrada auxiliar de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. 

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El cáncer más allá de la pandemia

El cáncer representa uno de los retos para los diferentes actores del sistema de salud de cara a la post-pandemia, sin embargo, se destacan acciones y garantías que mejoran el panorama.
 
Uno de los eventos en salud pública en los que el Ministerio de Salud y Protección Social está en constante compromiso es el cáncer, así lo reconoció el viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios, Luis Alexander Moscoso Osorio, precisando que en los últimos 15 años la mortalidad por esta enfermedad está asociada a los escenarios de industrialización, patrones dietéticos inadecuados y condiciones ambientales desfavorables. 
 
“Dichas condiciones traen como consecuencia un cambio en el perfil de la mortalidad respecto al escenario de hace unos años, aumentando cánceres como el de mama, colon y recto”, dijo el viceministro, añadiendo que, asociado a lo anterior, la carga de enfermedad que representa el cáncer en nuestro país ha aumentado de manera importante en lo que tiene que ver con años de vida vividos con discapacidad.
 

En el covid-19
 
De otra parte, es necesario reconocer que dentro de las principales comorbilidades que incrementan el riesgo de muerte por covid-19 se destacan en su orden: hipertensión arterial, diabetes, enfermedad renal crónica, EPOC, asma, terapia de reemplazo renal y el cáncer. Al respecto, según el Sistema Integrado de Información de la Protección Social –SISPRO, con corte a 13 de octubre de 2020, se han identificado 5.915 casos de pacientes con cáncer e infección por SARS-CoV-2 de los cuales 658 han fallecido.
 
“De estos pacientes los que reportan menor impacto en la mortalidad son los menores de 40 años con un 3,03 % de las muertes, mientras que el grupo más afectado es la población mayor de 60 años agrupando el 87,9 % de los decesos”, advirtió Moscoso.
 
También se ha evidenciado que el riesgo de morir en pacientes con diagnóstico de cáncer por efectos del nuevo coronavirus es de alrededor de 3 a 4 veces mayor que el de una persona sin enfermedades subyacentes. Este pronóstico en el desenlace está relacionado principalmente con el estado inmunológico y nutricional de estos pacientes.
Por lo anterior, -dijo el viceministro-, “garantizar la continuidad de la atención en los pacientes con cáncer es una prioridad para el Gobierno Nacional y es un reto para todos los participantes del sistema de salud ante el número de contagios, muertes, demanda, transformación de servicios y suministros médicos”.
 
Acciones
 
 
“Esto se suma al seguimiento de los casos que se notifican regularmente en SIVIGILA (cáncer infantil, mama y cuello uterino) u otros registros institucionales –Cuenta de Alto Costo)”, precisó el viceministro. Adicionalmente, desde el Ministerio se ha dispuesto:
 
● Más de 959 líneas para atención telefónica por parte de los aseguradores a largo y ancho del país para atención covid-19 y cerca de 1071 para no covid.
● Para covid-19 se cuenta con más de 328 canales virtuales y cerca de 488 en no covid.
● Conformación de 4.309 Equipos multidisciplinarios de Salud –EMS.
● Desde el inicio de la pandemia se han realizado alrededor de 5,8 millones de atenciones en pacientes crónicos y un total de 18 millones de teleconsultas con corte a agosto de 2020.
● En cuanto a la modalidad de atención domiciliaria, en abril se superaron las 950 mil, para mayo 341 mil, 390 mil en junio, 550 mil en julio y 557 mil en agosto por causas no relacionadas con covid-19. 
● En cuanto a la modalidad de fórmulas de medicamentos y entregas a domicilio, se muestra un incremento sustancial pasando de 151 mil en marzo a 1,3 millones de fórmulas entregadas a domicilio en agosto. 
 
“Tenemos retos aún como fortalecer la gobernanza y rectoría de las entidades territoriales para mejorar las acciones en pro de la efectiva promoción de modos condiciones y estilos de vida saludables.

 
Y otro muy importante, como es recuperar la confianza de los pacientes de cara a la pandemia para acudir a los servicios de salud”, dijo Moscoso Osorio. También se invita a que la ciudadanía siga teniendo en cuenta la vacuna gratuita para el VPH con la cual se puede evitar el cáncer de cuello uterino. 

 

 
 

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Una comisión de la Contraloría General de la República realiza visita a la Universidad de la Guajira en Riohacha

Se trata de una diligencia de recopilación de información, con motivo de la atención a denuncias por presuntos indebidos manejos de recursos públicos para la garantía de la prestación del servicio de educación pública, así como la verificación de las obligaciones y títulos valores que sustentan procesos ejecutivos que se han venido adelantando contra las entidades territoriales por parte de la Universidad, los procesos de contratación, y los criterios para la determinación del valor de las matrículas, así como los procesos presupuestales para la flexibilidad en las matrículas que permiten gratuidad en el acceso a la educación superior en el departamento.
 
 

En la diligencia que se realiza en la Universidad de La Guajira, participan el Contralor Delegado para la Participación Ciudadana, el Contralor Delegado para Economía y Finanzas y la Gerente Departamental de la CGR en la Guajira.

 
Comisión del organismo de control solicita  documentación en la Institución de Educación Superior
 
La audiencia es atendida por el rector Carlos Arturo Robles Julio
 
Según explicó a los medios locales el Contralor Delegado para la Participación Ciudadana, Luis Carlos Pineda Téllez, » se está pidiendo información sobre el sustento de los procesos ejecutivos que se surten contra algunas entidades territoriales del departamento por parte de la Universidad, los procesos de contratación, y los criterios para la determinación del valor de las matrículas, así como los procesos presupuestales para la flexibilidad en las matrículas que permiten gratuidad en el acceso a la educación superior en el departamento».
 
Indicó que, con esta inspección a la Universidad de La Guajira, la Contraloría General está atendiendo denuncias públicas referente a presuntos indebidos manejos de recursos públicos para la garantía de la prestación del servicio de educación pública.
 

En forma complementaria, la Contraloría realizará visita a la Gobernación del Departamento de La Guajira, para conocer las acciones que ha tomado el ente territorial ante las denuncias sobre la ocurrencia de presuntas irregularidades en la Universidad.

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Procuraduría formuló pliego de cargos a la mesa directiva del Concejo de Soledad, Atlántico

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a la mesa directiva del Concejo de Soledad, Atlántico (2020-2023), por presuntas irregularidades en el proceso de elección del personero y contralor municipal.

Se trata del presidente de la corporación, Jairo Samper Rojas, el primer vicepresidente, Emilio Vega Fábregas, y el segundo vicepresidente, Wilmer Donado de Alba.

La Procuraduría Provincial de Barranquilla reprochó a los concejales haber revocado a través de la Resolución 006 los actos administrativos de las convocatorias publicas para proveer los dos cargos, incluyendo la Resolución 071 de 2019 donde quedó en firme la lista de elegibles a personero (2020-2024), y la 072 de 2019 que estableció la terna a contralor municipal (2020-2021).

Según el órgano de control la mesa directiva habría omitido el deber de demandar ante la jurisdicción contenciosa administrativa, acudir al procedimiento previo de conciliación y solicitar la suspensión provisional de los actos administrativos.

Además, cuestionó a los cabildantes por iniciar los procesos de elección de personero y contralor por medio de las resoluciones 034 y 035, con la autorización dada por la plenaria del concejo del periodo 2016-2019 y no con la expedida por el actual.

Para el ente de control los investigados podrían haber vulnerado los principios de moralidad y responsabilidad que rigen la función pública.

Las presuntas faltas fueron calificadas de manera provisional como graves cometidas a título de culpa grave.

A los investigados les asiste el derecho de solicitar o aportar las pruebas conducentes a su defensa. 

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Secretario de gobierno, Rosmell Hernández, funge como apoderado en caso Aseo Especial Soledad

El doctor Rosmell Hernández Bresneider, secretario de gobierno de Soledad, figura como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera Rodríguez, en el proceso que adelanta la Procuraduría Provincial de Barranquilla.

En dos autos del cual fue notificado el doctor Rosmell Hernández Bresneider, actúa como apoderado de los exconcejales de Soledad, el doctor Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera Rodríguez, en el proceso traumático que bajo cualquier circunstancia quieren dilatar con patrañas y presiones políticas para mantener en el cargo al señor Rodolfo Ucrós Rosales, quien fungió como concejal de Soledad, en la administración del señor Franco Castellanos Niebles y hoy es el alcalde de la municipalidad.

La investigación hace referencia a las facultades otorgadas al señor Franco Castellanos, mediante el acuerdo No 000184 del 09 de diciembre de 2014, para que comprometiera vigencias futuras excepcionales durante 16 años y de tal forma prorrogar el contrato de Aseo Especial Soledad, contraviniendo la Ley 1483 de 2011, que deja de manifiesto en el parágrafo primero la prohibición de comprometer vigencias futuras en el último año de gobierno y por encima del mandato constitucional, y el señor Franco Castellanos Niebles, sancionó el proyecto de acuerdo y darle contexto jurídico como acuerdo municipal para su cumplimiento.

El 03 de noviembre de 2017 la Procuraduría Provincial de Barranquilla Formuló cargos contra los concejales de Soledad y hasta la fecha no se ha proferido el fallo de primera instancia, lo que ha generado dudas en el proceder de tos funcionarios de la Procuraduría Provincial de Barranquilla, actualmente a cargo de la doctora Elvia Isabel Otero Ojeda.

El 20 de mayo de 2019 se formuló pliego de cargos contra el señor Franco Castellanos Niebles, después que la Procuraduría Regional hubiera revocado el archivo de la actuación de la primera instancia y en ese orden de ideas se aperturó la investigación disciplinaria hasta llegar al pliego de cargos.

En el auto del 09 de septiembre de 2020, la Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, ordena la nulidad parcial del auto proferido el 01 de septiembre de 2020, donde niega la solicitud de nulidad del proceso y por un error de digitación el doctor Rosmell Hernández Bresneider, fue indebidamente notificado en su correo electrónico, muy a pesar que es el secretario de gobierno de Soledad, cosa que la procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda desconoce y para no vulnerar el debido proceso y el derecho a la legitima defensa la Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, reconoce el error.

En este sentido tendrá que volver a proferir el auto que niega la nulidad del proceso solicitada por la defensa de los disciplinados y volver a notificar al doctor Rosmell Hernández Bresneider, es posible que ya no como apoderado sino como disciplinado por estar actuando como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera Rodríguez y secretario de gobierno del alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, quien también hace parte de este proceso disciplinario, cuando fungió como concejal de Soledad y presidente de la Comisión de Presupuesto.

En el auto del 01 de octubre de 2020 la Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, ordena la nulidad del auto en mención solicitada por la defensa del señor Castellanos por no estar bien formulado el pliego de cargos proferido por el señor Roberto Carlos Badel García, quien fue denunciado por dilación de términos procesales ante el Procurador General de la Nación, provocando su traslado de la Procuraduría Provincial de Barranquilla.

La señora Procuradora tendrá que volver a formularle pliego de cargos al señor Franco Castellanos Niebles y darle traslado a los alegatos a los concejales de Soledad, o en su defecto proferir el fallo de primera instancia.

En este auto del 01 de octubre de 2020, también fue notificado el doctor Rosmell Hernández Bresneider, como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal y Carlos Cabrera. siendo secretario de gobierno de Soledad y nombrado por el señor alcalde Rodolfo Ucrós, quien también hace parte de este proceso como disciplinado.

Ante la Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, fue radicado derecho de petición donde se solicita revisar las actuaciones de la señora Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, para determinar si están dentro del contexto legal y constitucional.

Igual se solicitó abrir investigación disciplinaria y posterior juicio disciplinario contra el doctor Rosmell Hernández Bresneider, como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal y Carlos Cabrera, siendo el secretario de gobierno del municipio de Soledad, de la administración del señor Rodolfo Ucrós Rosales, quien de igual manera está siendo investigado por estos hechos cuando actuó como concejal de Soledad.

Bajo estas circunstancias el señor alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, estando descubierto su jueguito con el doctor Rosmell Hernández Bresneider, asistiendo como apoderado a los exconcejales Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera, actuando como secretario de gobierno con pleno conociemitno y causa de sus deberes y derechos que la Constitución Política y las Leyes le permiten, con la razón desde el ámbito lógico y jurídico que lo más probable es que sea vinculado a un nuevo proceso disciplinario.

La Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, tendrá el deber moral. y la responsabilidad pública dentro el marco de sus funciones de abrir la investigación disciplinaria contra el secretario de gobierno, doctor Rosmell Hernández Bresneider, contra el alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, el jefe de talento humano, el jefe jurídico y quienes tengan responsabilidad en el nombramiento del señor Rosmell Hernández y permitirle seguir actuando como apoderado en un proceso disciplinario del cual hace parte el alcalde Rodolfo Ucrós Rosales.

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Secretario de gobierno, Rosmell Hernández, funge como apoderado en caso Aseo Especial Soledad

El doctor Rosmell Hernández Bresneider, secretario de gobierno de Soledad, figura como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera Rodríguez, en el proceso que adelanta la Procuraduría Provincial de Barranquilla.

En dos autos del cual fue notificado el doctor Rosmell Hernández Bresneider, actúa como apoderado de los exconcejales de Soledad, el doctor Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera Rodríguez, en el proceso traumático que bajo cualquier circunstancia quieren dilatar con patrañas y presiones políticas para mantener en el cargo al señor Rodolfo Ucrós Rosales, quien fungió como concejal de Soledad, en la administración del señor Franco Castellanos Niebles y hoy es el alcalde de la municipalidad.

La investigación hace referencia a las facultades otorgadas al señor Franco Castellanos, mediante el acuerdo No 000184 del 09 de diciembre de 2014, para que comprometiera vigencias futuras excepcionales durante 16 años y de tal forma prorrogar el contrato de Aseo Especial Soledad, contraviniendo la Ley 1483 de 2011, que deja de manifiesto en el parágrafo primero la prohibición de comprometer vigencias futuras en el último año de gobierno y por encima del mandato constitucional, y el señor Franco Castellanos Niebles, sancionó el proyecto de acuerdo y darle contexto jurídico como acuerdo municipal para su cumplimiento.

El 03 de noviembre de 2017 la Procuraduría Provincial de Barranquilla Formuló cargos contra los concejales de Soledad y hasta la fecha no se ha proferido el fallo de primera instancia, lo que ha generado dudas en el proceder de tos funcionarios de la Procuraduría Provincial de Barranquilla, actualmente a cargo de la doctora Elvia Isabel Otero Ojeda.

El 20 de mayo de 2019 se formuló pliego de cargos contra el señor Franco Castellanos Niebles, después que la Procuraduría Regional hubiera revocado el archivo de la actuación de la primera instancia y en ese orden de ideas se aperturó la investigación disciplinaria hasta llegar al pliego de cargos.

En el auto del 09 de septiembre de 2020, la Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, ordena la nulidad parcial del auto proferido el 01 de septiembre de 2020, donde niega la solicitud de nulidad del proceso y por un error de digitación el doctor Rosmell Hernández Bresneider, fue indebidamente notificado en su correo electrónico, muy a pesar que es el secretario de gobierno de Soledad, cosa que la procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda desconoce y para no vulnerar el debido proceso y el derecho a la legitima defensa la Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, reconoce el error.

En este sentido tendrá que volver a proferir el auto que niega la nulidad del proceso solicitada por la defensa de los disciplinados y volver a notificar al doctor Rosmell Hernández Bresneider, es posible que ya no como apoderado sino como disciplinado por estar actuando como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera Rodríguez y secretario de gobierno del alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, quien también hace parte de este proceso disciplinario, cuando fungió como concejal de Soledad y presidente de la Comisión de Presupuesto.

En el auto del 01 de octubre de 2020 la Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, ordena la nulidad del auto en mención solicitada por la defensa del señor Castellanos por no estar bien formulado el pliego de cargos proferido por el señor Roberto Carlos Badel García, quien fue denunciado por dilación de términos procesales ante el Procurador General de la Nación, provocando su traslado de la Procuraduría Provincial de Barranquilla.

La señora Procuradora tendrá que volver a formularle pliego de cargos al señor Franco Castellanos Niebles y darle traslado a los alegatos a los concejales de Soledad, o en su defecto proferir el fallo de primera instancia.

En este auto del 01 de octubre de 2020, también fue notificado el doctor Rosmell Hernández Bresneider, como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal y Carlos Cabrera. siendo secretario de gobierno de Soledad y nombrado por el señor alcalde Rodolfo Ucrós, quien también hace parte de este proceso como disciplinado.

Ante la Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, fue radicado derecho de petición donde se solicita revisar las actuaciones de la señora Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, para determinar si están dentro del contexto legal y constitucional.

Igual se solicitó abrir investigación disciplinaria y posterior juicio disciplinario contra el doctor Rosmell Hernández Bresneider, como apoderado de los exconcejales Álvaro Berrocal y Carlos Cabrera, siendo el secretario de gobierno del municipio de Soledad, de la administración del señor Rodolfo Ucrós Rosales, quien de igual manera está siendo investigado por estos hechos cuando actuó como concejal de Soledad.

Bajo estas circunstancias el señor alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, estando descubierto su jueguito con el doctor Rosmell Hernández Bresneider, asistiendo como apoderado a los exconcejales Álvaro Berrocal de Fex y Carlos Cabrera, actuando como secretario de gobierno con pleno conociemitno y causa de sus deberes y derechos que la Constitución Política y las Leyes le permiten, con la razón desde el ámbito lógico y jurídico que lo más probable es que sea vinculado a un nuevo proceso disciplinario.

La Procuradora Provincial de Barranquilla, Elvia Isabel Otero Ojeda, tendrá el deber moral. y la responsabilidad pública dentro el marco de sus funciones de abrir la investigación disciplinaria contra el secretario de gobierno, doctor Rosmell Hernández Bresneider, contra el alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, el jefe de talento humano, el jefe jurídico y quienes tengan responsabilidad en el nombramiento del señor Rosmell Hernández y permitirle seguir actuando como apoderado en un proceso disciplinario del cual hace parte el alcalde Rodolfo Ucrós Rosales.

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Venezuela: Supermercados llenos y estómagos vacíos: la inflación agudiza el hambre

Hoy ya no queda sino rastro de aquel desabastecimiento que llenó Venezuela de filas para comprar, pero se ha instalado algo acaso mucho peor, la imposibilidad de comprar productos básicos debido a la inflación.
Hay que pararse y releer para poder imaginar la dimensión de algunas cifras: en Venezuela, la inflación de los alimentos durante la cuarentena por coronavirus alcanzó 671,8%. La traducción a las calles es pobreza y desnutrición, un drama cotidiano que marca y atenaza más que nunca a los ciudadanos.
 
Ir al mercado es sinónimo de llevarse una sorpresa. Si un ciudadano va dos veces en la misma semana, los productos de la cesta básica tendrán precios distintos.
 
El régimen de Nicolás Maduro acusa a las sanciones y la oposición, a la mala gestión del Ejecutivo. En medio de la disputa, los ciudadanos pasan hambre y hay quienes, como siempre, hacen su agosto y llenan los bolsillos con las necesidades insatisfechas de un país en el que muchos sueñan con vivir el drama de llegar a fin de mes. Las cuentas se hacen para comer cada día.
 
Hoy, el precio del dólar ronda los 450.000 bolívares soberanos pero ya ni la divisa estadounidense amortigua el golpe, incluso quienes perciben salarios o remesas en la moneda de Estados Unidos pierden capacidad adquisitiva día a día, una realidad que todavía nadie mide con precisión pero que se percibe de forma constante en las calles.
 
supermercados
Inflación galopante
 
“El café, 2,5 millones el kilo; hace un par de meses lo pagaba a 1,2 millones”, asegura a Efe Johnny Torres.
 
“El aceite de soya, que es el que más utiliza la gente aquí, tenía un costo aproximado de 300.000 y ya va sobre 640.000 en menos de 3 meses”, agrega Juan Latre.
 
La queja llega incluso al producto más básico de la dieta venezolana, la harina de maíz para las arepas porque “hoy, el kilo vale sobre 460.000”, es decir, 60.000 bolívares más que el salario mínimo que perciben la mayoría de los venezolanos.
 
Con Latre coincide Yusbey Medina: “Antes pagaba una harina en 230 y ahora una harina en 460, un dólar”.
 
La inflación es tan galopante que los venezolanos han dejado de contar ceros y le quitan, en su día a día, tres a una moneda a la que ya le han amputado ocho las reconversiones.
 
“Los huevos van por 680.000; antes pagaba por medio cartón 300.000 y hoy medio cartón 680.000, es una barbaridad”, agrega.
 
“La leche en polvo de un kilo costaba un millón y pico y ahora está casi en cuatro millones”, se queja Tibisay Vadillo.
 
El último en sumarse a los reclamos es Hermes Ayala, quien, en el mercado del sector popular de El Cementerio, declara a Efe que la inflación hace desastres: “Todo ha subido en menos de 3 meses 400%-500%”.
 
“Hace 2 o 3 meses comprabas un kilo de carne en 200.000 bolívares, hoy cuesta de 1,6 a 2 millones”, asegura.
 
 
Un porcentaje desolador
 
Los datos de la empresa Econanalítica coinciden con los de los vecinos de Caracas. Su última estimación de la inflación indica que, desde que comenzó la cuarentena en Venezuela, en marzo pasado, los precios de los bienes y servicios han subido 461,4%. En el caso de los alimentos, el alza es de 671,8%.
 
Con esos datos sobre la mesa, Hermes explica que un hogar venezolano, para adquirir la cesta básica, “necesita cerca de 240-250 dólares mensuales” y subraya: “Para lo básico”.
 
Se necesitan, por tanto, casi 300 veces el salario mínimo para llenar la nevera con “lo básico”.
 
“Y si tú te ganas un dólar al mes, ¿oye, qué estamos haciendo?”, plantea.
 
Por eso, señala este vecino de El Cementerio, la gente vive de las ayudas que le mandan sus familiares que se han ido a trabajar fuera, cerca de 5,5 millones de personas, según la ONU, que son “los que envían dinero para medio poder vivir bien”.
 
¿Y si uno no tiene parientes fuera? “Terrible, terrible, el limite de pobreza, se pudiera decir”, responde Hermes con el rostro ensombrecido. Y agrega: “Por eso ves gente comiendo en la basura”.
 
inflación
 
Ni un capricho para la nieta
 
Tibisay Vadillo, que se queja del precio de la leche en polvo, tiene una nieta, y, como toda abuela, se desvive por poder darle un capricho, un dulce; o sea, representar lo que en cualquier lugar del mundo se llama “ser una abuela”.
 
Sin embargo, la crisis venezolana roba a sus ciudadanos incluso esos momentos de la infancia, una chupeta, el clásico caramelo infantil, le cuesta hoy 70.000 bolívares, “y eso regateando, buscando precios”.
 
“Estoy yendo a comprar porque el día 27 cumple años mi nieta, quiero hacerle una gelatina pero estoy viendo los precios porque de verdad…”, indica.
 
Esos puntos suspensivos que deja Tibisay en el centro de Caracas, donde confluyen muchos ciudadanos de la capital en busca de un precio mejor o un producto que la escasez no permite hallar en cualquier lugar, resumen el abatimiento en la vida de los venezolanos.
 
Hoy ya no queda sino rastro de aquel desabastecimiento que llenó Venezuela de filas para comprar, pero se ha instalado algo acaso mucho peor, la imposibilidad de comprar productos básicos.
 
Los supermercados se llenan pero los estómagos siguen vacíos, ¿qué alternativa queda, cuando en siete meses los precios crecen 671,8%?
 
EL NACIONAL

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Ministro Ruiz: Debemos evitar aglomeraciones y fiestas de Halloween

El ministro Ruiz dijo que las celebraciones deben realizarse al interior del hogar únicamente con las personas del núcleo familiar para evitar un crecimiento en la curva de contagios.
El Gobierno Nacional ha manifestado su preocupación ante el alto riesgo de contagio de covid-19 que se pueda presentar en la noche de Halloween, así lo hizo saber el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez.
 
“Las recomendaciones que salieron ayer del comité asesor son totalmente claras. Primero, no fiestas; de ninguna manera queremos fiestas de adultos o de niños en el entorno de Halloween”, aseguró.
El jefe de la cartera de Salud señaló que la evidencia científica demuestra que estas fiestas, reuniones y celebraciones han sido la mayor causa de nuevos contagios en Europa.
 
Añadió que con la alta tasa de población de riesgo que existe en el país no se puede permitir dar cabida a situaciones que expongan la vida.
 
También están prohibidos los recorridos para recoger dulces en centros comerciales, calles o conjuntos, ya que “esto tiene un efecto muy negativo, en el sentido en el que se generan lo que llamamos ‘supercontagiadores’, es decir, personas que van pasando de un lugar a otro -posiblemente asintomáticos- y en este transcurrir de una casa a otra va contagiando personas”, afirmó Ruiz Gómez.
 
Adicional a esto, si los alcaldes consideran y el territorio presenta situaciones que lo ameriten, podría haber toques de queda en algunas ciudades. Explicando que siempre, 15 días después de estas situaciones de aglomeración, se da un crecimiento en la curva de casos de contagio.
 
“Estamos en un momento muy especial porque estamos bajando la curva epidémica, es una disminución consistente, pero todavía muy frágil. De manera que no estamos en este momento para jugar con candela y nos toca ser muy juiciosos y responsables. Las eventualidades del Halloween y otras fiestas nos pueden generar problemas muy severos”, concluyó.
PRENSA MINSALUD.

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Procurador rechaza estigmatización a la Minga Indígena y pide protección a líderes y lideresas en desarrollo de la protesta pacífica

El jefe del Ministerio Público reclamó a las autoridades nacionales, departamentales y municipales medidas urgentes que garanticen condiciones de seguridad para los líderes y lideresas de la Minga Indígena, tanto en la movilización en los territorios como en el retorno a sus comunidades. 
El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, demandó respeto por la Minga Indígena, anunció que investigará estigmatizaciones contra el movimiento, pidió a la Unidad Nacional de Protección garantizar la vida y protección de los líderes y lideresas que se movilizan de forma pacífica, y a la justicia procesar a los responsables de los crímenes de 10 dirigentes sociales y políticos asesinados en las últimas dos semanas.
 
Carrillo Flórez anunció que el órgano de control revisará que el protocolo para las manifestaciones (Resolución 1139 de 2020 del Ministerio del Interior) respete los derechos de los ciudadanos a la movilización y esté ajustado a la Constitución y la ley.
 
Instó a instituciones y a los servidores públicos a propender por el fortalecimiento de la organización comunitaria, con autoridades propias y a cerrar la puerta a acciones que deriven en su debilitamiento o división.
 
Advirtió que de acuerdo con la Directiva 002 de 2017, la Procuraduría iniciará acciones disciplinarias contra funcionarios que estigmaticen la Minga Indígena con conductas o acciones que deslegitimen, descalifiquen, hostiguen o inciten al hostigamiento a los líderes en desarrollo de las movilizaciones.   
 
El jefe del ente de control exhortó a los servidores públicos a abstenerse de hacer falsas imputaciones o acusaciones que comprometan la seguridad, la honra y buen nombre de los líderes y lideresas sociales.
 
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN.

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Cinco restricciones a la libertad de prensa en el fallo que ordena indemnización económica a la periodista Vicky Dávila

El pasado 15 de octubre, el Tribunal Superior del Distrito de Bogotá, Sala Civil, en sentencia de segunda instancia, ordenó a la periodista Vicky Dávila y a Radio Cadena Nacional SAS a indemnizar a Jorge Hilario Estupiñán –excomandante de la Policía Nacional– y a su familia, por considerar que el cuestionamiento frente a un posible acto de corrupción habría generado un daño.
Esto ocurre como consecuencia de una emisión del 6 de mayo de 2014, en la cual la periodista entrevistó a Yesid Vásquez Prada, un Inspector General de la Policía, frente a una investigación disciplinaria que se llevaba en contra de Estupiñán, en ese entonces comandante de la Policía, por irregularidades en una contratación. Posteriormente, Estupiñán no fue encontrado responsable penal ni disciplinariamente dentro de las investigaciones que se adelantaron en su contra.
 
Desde la Fundación para la Libertad de Prensa rechazamos esta decisión y alertamos que se trata de un retroceso en materia de libertad de expresión y de un precedente muy peligroso ya que restringe ilegítimamente la libertad de expresión, atacando elementos centrales que podrían afectar no solo al periodismo, sino el ejercicio deliberativo de un sistema democrático. Esto debe alertar a la sociedad frente a un riesgo de censura. Estos son los cinco aspectos por los que consideramos que la decisión restringe elementos esenciales de la libertad de prensa:
 
1. La Sala Civil fundamentó que “la función social de esta profesión [el periodismo] es informar, pero de manera alguna puede ser el báculo para el ejercicio de presión infundada a cualquier ente judicial y administrativo”. Al respecto, es fundamental recordar que la libertad de expresión tiene una relación estructural y estrecha con la democracia, ya que es una condición necesaria para la deliberación pública, plural y abierta, sobre los asuntos que nos conciernen a todos en tanto ciudadanos y ciudadanas.
 
Esta consideración en el fallo restringe de manera inminente la libertad de expresión y la libertad de prensa. Se trata de una decisión que reprime el debate público frente a la administración pública, lo cual es de extrema gravedad en la coyuntura actual que, en virtud del estado de emergencia, se caracteriza por una mayor concentración del poder en cabeza del ejecutivo. 
 
2. La decisión del Tribunal trastoca profundamente el oficio periodístico, ya que lo limita para que desarrolle exclusivamente el carácter informativo, excluyendo de su ámbito la posibilidad de contribuir al debate público mediante la opinión. En este sentido, afirmó que “la actividad informativa debe limitarse a comunicar”, “las demandadas debieron apenas informar la existencia de la denuncia, más no asegurar, prejuzgar, acusar e incluso condenar una conducta de la cual nada les constaba”. Estas apreciaciones no son sanas para un debate público y democrático, pues se corre el riesgo de privar a la sociedad de análisis e investigación periodística y posiciones críticas frente a la información oficial. 
 
3. El Tribunal también supeditó el debate público y la opinión frente a un asunto de alto interés público a los resultados de los procesos disciplinarios y penales. Sancionar a Dávila por expresar su opinión sin mediar una decisión judicial previa que pudiera soportarla constituye una grave violación al derecho a la libertad de expresión. 
 
Frente a esto, la FLIP recuerda que los periodistas tienen libertad de informar sobre presuntas actuaciones delictivas, sin necesidad de que exista un fallo condenatorio. La Corte Constitucional ha establecido que cuando existe un choque entre la libertad de información y la presunción de inocencia, sólo se puede limitar la difusión de contenidos si existe un riesgo de afectación a un juicio imparcial, que exceda la importancia de divulgar la información. Este análisis no se realizó por parte del Tribunal, el cual se limitó a cuestionar el ejercicio periodístico por considerar que los medios interfieren en “la actividad autónoma de los funcionarios encargados de la investigación”.
 
4. Además de limitar los temas susceptibles de ser sometidos al debate público, la decisión adoptada también impone restricciones en cuanto a la forma del ejercicio periodístico. El fallo desconoce los estándares internacionales de libertad de expresión, que protegen los discursos «en todas sus formas y manifestaciones». El Tribunal reprochó las formas en las que se realizó el oficio, refiriéndose al tono de la entrevista y calificando la opinión que expresó la periodista, indicando que “obró con falta de diligencia profesional, pues de manera inexplicable y totalmente inquisidora presionó, con ironía, sarcasmo en sus preguntas” y “[c]ensuró de manera displicente”.  
 
5. El Tribunal desconoce que en el ordenamiento colombiano NO hay fuentes prohibidas, y se envía un mensaje intimidatorio para que los periodistas se abstengan de utilizar información proveniente de investigaciones disciplinarias o penales que pueden ser de interés público. El Tribunal reprochó la utilización de una grabación por considerar que era información reservada y hace un llamado a la “prudencia” para que se restrinja el uso de este tipo de fuentes. Esto coarta la autonomía de los periodistas y puede generar un efecto inhibitorio en un contexto marcado por las investigaciones penales que buscan castigar a las fuentes. 
 
FUENTE FLIP.

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