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JEP condenó al coronel (r) Publio Mejía por falsos positivos - Foto: JEP

JEP condenó al coronel (r) Publio Mejía por falsos positivos

En la mañana de este 19 de diciembre de 2025, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dio a conocer su decisión de condenar a 20 años de prisión al coronel en retiro del Ejército, Publio Hernán Mejía. El exmilitar, quien no aceptó su responsabilidad en graves crímenes de guerra y fue la primera persona en ir a juicio adversarial en la justicia transicional, fue hallado responsable de 72 casos de ejecuciones extrajudiciales o falsos positivos. 

Aunque la defensa de Mejía había solicitado una nulidad en el proceso, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP negó esa petición y halló al exmilitar responsable de los crímenes de homicidio en persona protegida, desaparición forzada y tortura. El caso del exmilitar es el primero en el que una persona imputada como máximo responsable no acepta los delitos que le son endilgados y es enviado a juicio adversarial. 

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Desde el pasado 5 de agosto, cuando la magistrada Reinere Jaramillo presidió la última audiencia del caso del coronel (r) Mejía, se esperaba la decisión de la JEP relacionada con la responsabilidad del exmilitar en los asesinatos de civiles presentados como guerrilleros muertos en combate por militares del Batallón La Popa de Valledupar (César). Esa unidad militar estuvo bajo el mando de Mejía entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005. 

El expediente del coronel (r) Mejía llegó a la justicia transicional dentro del macrocaso 03, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas de personas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado, mal llamadas falsos positivos. Hace parte concretamente del subcaso Costa Caribe, que busca esclarecer 127 asesinatos cometidos en una alianza entre paramilitares y uniformados del Batallón La Popa. 

Por esos mismos hechos, 12 militares retirados ya fueron sancionados por la JEP el pasado 18 de septiembre. Otros tres militares que no se acogieron a ese proceso y negaron su responsabilidad, entre ellos Mejía, fueron enviados a juicio. Igual que el coronel en retiro, podrían enfrentar condenas de hasta 20 años de prisión por su responsabilidad en graves crímenes de guerra y de lesa humanidad. 

Mejía fue condenado por la justicia ordinaria en 2013, a 19 años de prisión, por patrullar junto a paramilitares del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) a principios de los 2000. En 2017 recibió una segunda condena de 39 años de prisión por el delito de homicidio en persona protegida y concierto para delinquir. Un fallo también relacionado con su responsabilidad en falsos positivos del Batallón La Popa. 

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El coronel en retiro llegó luego a la JEP y fue imputado en la justicia transicional en julio de 2021 por su presunta responsabilidad en 35 eventos relacionados con falsos positivos, que dejaron un saldo de 75 víctimas. Su juicio, presidido por la magistrada Jaramillo, inició el 18 de septiembre de 2024. Tras 12 audiencias que culminaron el 4 de diciembre del año pasado, Mejía recibe la primera condena de cárcel que emite la JEP, por no aceptar haber sido máximo responsable de falsos positivos. 

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La JEP imputó a exFarcs, miembros de la Fuerza Pública y civiles por crímenes en Urabá - Foto: JEP

La JEP imputó a exFarcs, miembros de la Fuerza Pública y civiles por crímenes en Urabá

La Jurisdicción Especial para la Paz imputó como máximos responsables a ocho exintegrantes de las Farc, 21 comparecientes de la Fuerza Pública y cinco terceros civiles por crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en el Urabá antioqueño y cordobés, el Bajo Atrato y el Darién chocoano entre 1986 y 2002. 

La decisión, tomada en el Caso 04, es la primera en la que la Jurisdicción vincula de manera conjunta a los tres actores bajo su competencia: Farc, Fuerza Pública y civiles relacionados con proyectos de ganadería extensiva y agroindustria vinculados al Fondo Ganadero de Córdoba (FGC). 

El auto reconoce que la región de Urabá fue un escenario donde confluyeron múltiples actores armados y funcionó como un espacio de experimentación de prácticas de guerra. La Sala de Reconocimiento identificó tres patrones macrocriminales: la eliminación por prejuicio enemigo; el vaciamiento del territorio para facilitar despojo y repoblamiento, en el que intervinieron fuerza pública, grupos paramilitares y civiles; y el control sociocultural mediante cooptación de estructuras comunitarias y restricciones a libertades individuales. 

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La Sala también atribuyó responsabilidad a exintegrantes de las Farc por hechos de violencia basada en género y ataques contra mujeres y personas con orientación sexual, identidad y expresión de género diversas. Además, documentó el impacto diferenciado que estas violencias dejaron en los pueblos indígenas Emberá Dóbida, Emberá Eyábida, Emberá Katío, Guna Dule, Wounaan y Zenú, así como en el Pueblo Negro y Afrocolombiano de Urabá, el Bajo Atrato y el Darién. 

Para la determinación de responsabilidades, la Sala contrastó 115 informes de organizaciones civiles, entidades estatales, pueblos indígenas, comunidades negras y organizaciones de víctimas; 287 expedientes judiciales; 32 testimonios; análisis de contexto elaborados por equipos técnicos; y observaciones de víctimas. 

También se sumó la información aportada por 808 solicitantes de acreditación individual y por 131 sujetos colectivos que incluyen consejos comunitarios, organizaciones con pertenencia étnica negra, comunidades campesinas en zonas humanitarias y comunidades indígenas de los pueblos Emberá, Wounaan, Zenú y Guna Dule. 

La Sala realizó 56 diligencias dialógicas y ejercicios de coordinación intercultural, consolidando información proveniente de más de 53.800 personas acreditadas, para un total de 54.600 víctimas reconocidas en el Caso 04. En total, 157 comparecientes dieron versiones voluntarias en 254 sesiones, las cuales fueron sometidas a contrastación para identificar patrones criminales y sus impactos en el territorio. 

Los imputados como máximos responsables: 

Entre los Exintegrantes de las Farc fueron imputados Luis Óscar Úsuga Restrepo, alias “Isaías Trujillo” o “El Viejo”; Jhover Man Sánchez Arroyave, alias “Rubén Cano” o “Manteco”; Rodolfo Restrepo Ruiz, alias “Víctor Tirado”; Martín Cruz Vega, alias “Rubín Morro”; José Milcíades Urrego Medina, alias “Rigoberto Lozada”; Elkin Hernando Zapata Vidal, alias “Malicia”; José Manuel Betancur Flórez, alias “Yarleison”; y Guillermo León Chancí Estrada, alias “Leonidas” o “Chupete”. 

Entre los imputados de la Fuerza Pública se encuentran el general (r) Alejandro Miguel Navas Ramos; los mayores generales (r) Edgar Ceballos Mendoza y Emiro José Barrios Jiménez; el brigadier general (r) Rito Alejo del Río Rojas; además de coroneles, tenientes coroneles, mayores, un teniente, un subteniente y dos sargentos mayores. Algunos de ellos también enfrentan procesos por el genocidio de la Unión Patriótica y por nexos con grupos paramilitares. 

Por su parte, la Sala imputó entre los civiles a exdirectivos del Fondo Ganadero de Córdoba: Benito Osorio Villadiego, exgerente; Benito Molina Velarde, expresidente de la junta directiva; Luis Gonzalo Gallo Restrepo; Jaime García Exbrayat; y Carmelo Esquivia Guzmán, quien actuó como asesor jurídico. 

Según la Sala, los terceros civiles investigados en el Caso 04 desempeñaron un papel central en el despojo y la apropiación ilegal de tierras en Urabá. Su actuación estuvo estrechamente ligada al FGC, entidad de economía mixta usada para facilitar la compra masiva de predios en contextos marcados por la violencia y el desplazamiento forzado. 

Uno de los casos emblemáticos es el de la región de Tulapas (Turbo, Necoclí y San Pedro de Urabá), donde al menos 150 familias campesinas fueron expulsadas para consolidar una “reserva estratégica” destinada a proyectos agroindustriales y a una visión geoestratégica de desarrollo promovida por estos actores. 

La Sala de Reconocimiento de Verdad estableció que la violencia prolongada en el Urabá dejó daños profundos e intangibles en la población: afectaciones emocionales, psicológicas, morales, físicas y graves rupturas en los proyectos de vida individuales y comunitarios. 

Según la jurisdicción, miles de víctimas convivieron con un miedo permanente tras presenciar asesinatos atroces de familiares, vecinos y miembros de sus comunidades. Muchas fueron obligadas a ver cuerpos torturados exhibidos públicamente, padecieron masacres, amenazas, confinamientos y, en numerosos casos, el desplazamiento forzado de sus territorios. 

La JEP enfocó su trabajo en hechos ocurridos entre 1986 y 2002 en Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá y Dabeiba, en Antioquia; y en Acandí, Unguía, Riosucio y El Carmen del Darién, en Chocó. Luego amplió la investigación a Tierralta, Valencia y San Pedro de Urabá, y logró esclarecer hechos en otros municipios como Bojayá, El Carmen de Atrato y Juradó, además de localidades antioqueñas como Murindó, Santa Fe de Antioquia, Sabanalarga, Cañasgordas, Uramita y Frontino. 

Entre los hechos más graves documentados figura la masacre de Pueblo Bello, en Turbo, ocurrida el 14 de enero de 1990. La Sala pudo verificar la participación conjunta de estructuras paramilitares y miembros de los batallones Vélez y Junín del Ejército Nacional. En esa incursión, 43 campesinos, algunos pertenecientes a una misma familia, incluidos dos niños, fueron asesinados por 20 paramilitares conocidos como los Tangueros, quienes acusaban a las víctimas de colaborar en el robo de ganado a la hacienda Las Tangas, propiedad de la familia Castaño Gil. 

El órgano judicial también documentó afectaciones socioculturales que comprometieron la autonomía, la integridad política y la organización de pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas, además de daños materiales, ambientales y territoriales. Según los hallazgos, las agresiones incluyeron la vulneración de creencias, prácticas sociales y modos de vida, ocasionadas por la prohibición de mantener relaciones y vínculos comunitarios esenciales. 

Uno de los episodios más representativos de este impacto fue la tragedia de Bojayá, ocurrida el 2 de mayo de 2002, cuando combatientes de las extintas Farc lanzaron cilindros bomba contra paramilitares en zonas pobladas. Uno de los artefactos cayó sobre la iglesia de Bellavista, donde se refugiaban civiles. La explosión dejó 98 muertos, en su mayoría afrodescendientes del Bajo y Medio Atrato, entre ellos 48 menores de edad. 

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La Sala confirmó también daños diferenciados sufridos por mujeres y personas con orientación sexual, identidad y expresión de género diversas. Estas víctimas padecieron agresiones físicas, emocionales y psicológicas perpetradas por todos los actores armados, que emplearon la violencia sexual y otras formas de ataque como herramientas de terror, dominación y control social. 

En comunidades indígenas, afrodescendientes y rurales, estas afectaciones tuvieron impactos colectivos, pues las mujeres desempeñan roles fundamentales en la cohesión social, la transmisión cultural y el equilibrio espiritual. 

El papel del paramilitarismo 

La información recopilada permitió establecer la actuación sistemática del paramilitarismo en Urabá desde mediados de los años ochenta y su articulación con miembros de la fuerza pública, sectores ganaderos, empresariales y liderazgos políticos que facilitaron su expansión mediante financiación, logística y coordinación operativa. 

Desde 1988 se documentaron alianzas entre secciones de inteligencia de los batallones Voltígeros y Vélez con estructuras paramilitares para ejecutar operativos conjuntos, intercambiar información y permitir su movilidad en la región. 

La Sala señaló que el general (r) Rito Alejo del Río tuvo un papel determinante en la consolidación y expansión territorial de estas estructuras. Las versiones aportadas ante la JEP por integrantes de la fuerza pública y exjefes paramilitares coinciden en que las autodefensas operaron como un actor del conflicto armado financiado por sectores empresariales, articulado con unidades militares y respaldado por redes políticas regionales. 

La magistratura identificó como momentos clave de esa articulación los desplazamientos masivos de Turbo y Apartadó en 1996; las operaciones Génesis y Cacarica de 1997; y los desplazamientos en Riosucio en 2001. Estas acciones afectaron especialmente a comunidades negras, afrocolombianas e indígenas, que enfrentaron despojo, desplazamiento y reconfiguración territorial para dar paso a proyectos extractivos y agroindustriales. 

Los 34 comparecientes imputados cuentan con 60 días hábiles para reconocer por escrito los hechos y conductas atribuidos o, por el contrario, rechazar las imputaciones. Una vez recibas las respuestas y vencido el plazo, la JEP evaluará si existen reconocimientos y aportes plenos a la verdad. De ser así, la magistratura fijará la fecha para una audiencia pública de reconocimiento. 

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JEP imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a tres generales (r) - Foto: Archivo

JEP imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a tres generales (r)

En el cierre de la etapa investigativa del caso 03, subcaso Meta, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate por agentes del Estado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra, de lesa humanidad y delitos según el Código Penal colombiano a 30 integrantes del Ejército Nacional, entre ellos tres generales retirados. 

Dentro de los imputados se encuentran los brigadieres generales (r) Carlos Ovidio Saavedra Sáenz y Francisco José Ardila Uribe, así como el mayor general (r) Carlos Eduardo Ávila Beltrán. Asimismo, 20 exintegrantes del Batallón de Infantería No. 21 Batalla Pantano de Vargas (BIVAR) y a siete del Gaula Rural Meta (GAMET). 

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Según explicó el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, los imputados son llamados a responder por 209 asesinatos, 65 de ellos seguidos de desapariciones forzadas, además de una tentativa de homicidio. Estos hechos, ocurridos entre 2002 y 2007, fueron calificados como crímenes de guerra y de lesa humanidad. Una vez notificada la decisión los comparecientes deciden si aceptan la imputación o se van por la vía adversaria. 

Durante la fase de investigación, la Sala de Reconocimiento de Verdad escuchó los testimonios de antiguos comandantes del Bloque Centauros de las Autodefensas, entre ellos Dairo Antonio Úsuga, conocido como Otoniel; Manuel de Jesús Pirabán, conocido como Pirata; y Luis Arlex Arango Cárdenas, conocido como Chatarro. De igual manera, la magistratura incorporó al proceso toda la información disponible en los expedientes de Justicia y Paz. 

La magistrada Catalina Díaz señaló que esta decisión permite concluir con pruebas que se trató de un patrón macro criminal nacional. “Esta es una decisión sumamente importante, no solo porque el Meta fue uno de los territorios donde se produjo gran cantidad de ejecuciones extrajudiciales, sino que esta decisión cierra la fase de investigación territorial (…) Esta decisión confirma el patrón macro criminal que habíamos encontrado en todos los territorios. Podemos decir con pruebas que es un patrón macro criminal nacional. Estos hechos ocurrieron en todo el país”, dijo. 

Y agregó: “Este patrón está ligado y se explica por una política que era identificar la baja, el muerto, como el indicador real del éxito de la operación criminal, que a su vez estaba ligada a presionar por resultados y la competencia entre unidades militares lo cual llevó a buscar bajar a como diera lugar. Reafirmamos que la investigación continua en las máximas responsabilidades en el Ejército que puedan explicar el patrón macro criminal nacional”. 

En efecto, la JEP determinó que se construyó una alianza entre integrantes del Ejército Nacional y el Bloque Centauros a través de tres modalidades: Operatividad conjunta (operaciones militares defensivas y ofensivas coordinadas, permisividad con el accionar paramilitar, la cual se tradujo en la ausencia de operaciones militares dirigidas en su contra y en la tolerancia frente a los crímenes que cometían contra la población civil; la presentación de bajas falsas en combate. 

En ese contexto, según detalló la JEP, la presentación de bajas falsas en combate se convirtió en la retribución principal que los paramilitares acordaron con la fuerza pública, a cambio de dejarlos delinquir — principalmente en actividades relacionadas con narcotráfico— y cometer graves violaciones a los derechos humanos, como masacres, desapariciones forzadas, al menos en la jurisdicción del BIVAR. 

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En lo que respecta a la participación de miembros de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC), la Sala determinó que se probó que efectivamente hubo operaciones aéreas en las que murieron personas que fueron presentadas falsamente como bajas en combate. Sin embargo, no se lograron encontrar evidencias que una participación dolosa en la comisión de esos crímenes. La hipótesis más fuerte apunta a que los miembros de la FAC pudieron ser manipulados o engañados. 

Según explicó el magistrado Ramelli, la puerta no está cerrada para que algún día se encuentre una posible prueba directa que señale la participación de estos miembros en el delito, pero, por ahora, lo más probable es que hayan sido engañados, “no sabían que estaban participando en ejecuciones extrajudiciales”, dijo. 

Adicional a esto, la JEP concluyó que “más allá de la responsabilidad penal individual que se atribuye en esta providencia, se observa una falla sistémica de las instituciones militares y civiles —como la Justicia Penal Militar, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación, entre otras— encargadas de proteger a la población en Meta. Todos los mecanismos de control disponibles fallaron o fueron insuficientes para proteger los bienes jurídicos de los más vulnerables». 

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La JEP confirmó dificultades para implementar sus primeras sentencias restaurativas - Foto: JEP

La JEP confirmó dificultades para implementar sus primeras sentencias restaurativas

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) envió al Congreso y al Gobierno del presidente Gustavo Petro una solicitud presupuestal urgente para garantizar los recursos necesarios que permitan implementar las primeras sentencias restaurativas de los macrocasos 01 (secuestros de las Farc-EP) y 03 (asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate). 

La JEP indicó que el monto requerido para la ejecución de las dos primeras sanciones propias impuestas en estas sentencias asciende a $ 121.858 millones. “Resulta entonces indispensable asegurar la apropiación presupuestal suficiente para estos proyectos, a los que se sumarán otros derivados de sentencias posteriores y de autos que establezcan medidas de contribución a la reparación”, señaló la entidad. 

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Los proyectos de la primera sentencia incluyen Medio Ambiente, Naturaleza y Territorio, con una asignación de $ 13.634 millones; Huellas por la Memoria (Macrocaso 01), con $ 10.587 millones; Acción Integral contra Minas (AICMA), con $ 5.829 millones; y la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, con $ 5.712 millones. En conjunto, representan un total de $ 35.762 millones. 

Por su parte, los proyectos de la segunda sentencia, correspondiente al caso Costa Caribe, batallón La Popa, ascienden a $86.096 millones. En su comunicado, la JEP expresó su preocupación por que, hasta el momento, el Ministerio de Justicia no ha iniciado el trámite para expedir el decreto de condiciones transversales, seguridad, prevención y protección; habitabilidad, aseguramiento y dignidad, consideradas indispensables para garantizar el cumplimiento de las sanciones propias, así como de las medidas de contribución a la reparación. 

Asimismo, la JEP manifestó su inquietud por el incumplimiento general de la Circular Externa No. 012 del 28 de febrero de 2025, en la que se estableció que todos los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación (PGN), al momento de preparar el anteproyecto de presupuesto para 2026, debían incluir los recursos necesarios para garantizar los proyectos derivados de las sentencias. 

El pasado 26 de agosto, el magistrado Ramelli anunció que el Gobierno giró los primeros $ 20.000 millones para la implementación de las sentencias. Esos primeros recursos se destinaron a la subcuenta “Acciones y Prácticas Comunitarias y Restaurativas – ARN” del Fondo Colombia en Paz del DAPRE, la cual es liderada por la ARN, desde donde se están adelantando pasos para hacer efectiva la disponibilidad de los recursos y su ejecución. 

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Sin embargo, para ese primer momento, el togado también lanzó una alerta sobre la cantidad de recursos que hacían falta para poner en marcha los proyectos restaurativos. En este reciente comunicado, la JEP nuevamente advirtió que, si bien reconocen y valoran el avance, el monto es “insuficiente”. 

La Contraloría General, en su momento, también hizo un llamado de atención por los problemas fiscales a los que podría enfrentarse la implementación de las sanciones restaurativas. El ente de control señaló que, en realidad, son $500.000 millones los que el Estado necesita para el cumplimiento de las sentencias y la reparación de las víctimas. 

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Familiares de diputados del Valle apelaron sentencia de la JEP contra exsecretariado de las Farc - Foto: JEP

Familiares de diputados del Valle apelaron sentencia de la JEP contra exsecretariado de las Farc

Algunas de las familias de los diputados del Valle, secuestrados por las extintas Farc en Cali (Valle del Cauca) en abril de 2002, apelaron la primera sentencia emitida por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en contra del último secretariado de esa guerrilla. De acuerdo con las víctimas, aunque los exguerrilleros reconocen su responsabilidad en los hechos, no cumplen realmente con el Acuerdo de Paz que firmaron en 2016. Piden que se dicte una nueva sentencia en su contra con estándares internacionales. 

La Fundación Defensa de Inocentes, que representa a varios de los familiares de los diputados del Valle del Cauca, secuestrados y asesinados por la extinta guerrilla, presentó recurso de apelación contra la sentencia emitida por la JEP en el caso que investiga la toma de rehenes y graves privaciones de la libertad cometidas por parte de las Farc. 

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Según explicó la fundación, la acción se dio porque, aunque la sentencia reconoce la responsabilidad de integrantes del último Secretariado de las Farc, “presenta graves deficiencias que desconocen los compromisos del Acuerdo Final de Paz y los estándares internacionales de justicia restaurativa”. Especialmente, dicen las víctimas, “en lo relativo a la participación efectiva de las víctimas en el diseño de sanciones restaurativas; la proporcionalidad e idoneidad de las sanciones frente al daño sufrido, la ausencia de garantías reales de no repetición y la falta de verdad plena, detallada y exhaustiva sobre los hechos que afectaron a las víctimas y sus familiares”. 

La petición que hacen es que se revoque la primera sentencia de esa jurisdicción en el caso y que se emita una nueva, pero que “incorpore los estándares del Acuerdo de Paz y de la Corte Penal Internacional”. 

Asimismo, invitaron a todas las víctimas del conflicto armado en Colombia “a unirse en la búsqueda de justicia internacional y a acudir a la Corte Penal Internacional como instancia de garantía frente a los crímenes de lesa humanidad y las violaciones graves a los derechos humanos que permanecen en la impunidad”. 

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Desde el pasado martes 16 de septiembre, cuando se conoció la sentencia en contra del antiguo secretariado de las Farc, algunas de las víctimas de secuestro por parte de la extinta guerrilla mostraron su inconformidad con la sentencia que sancionó a Rodrigo Londoño, alias Timochenko; Pablo Catatumbo, Pastor Lisandro Alape, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. 

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La JEP impuso sanciones a 12 exmilitares por 127 casos de falsos positivos - Foto: JEP

La JEP impuso sanciones a 12 exmilitares por 127 casos de falsos positivos

Este 18 de septiembre, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió su segunda sentencia de tipo restaurativo, a máximos responsables de graves crímenes de guerra y de lasa humanidad cometidos durante el conflicto armado interno en Colombia. Doce exmilitares que hicieron parte del Batallón de Infantería La Popa, de Valledupar (Cesar), recibieron sanciones de hasta ocho años por ser responsables de 127 casos de ejecuciones extrajudiciales o falsos positivos. 

Los militares en retiro sancionados son Guillermo Gutiérrez Riveros, Heber Hernán Gómez Naranjo, Efraín Andrade Perea, Manuel Valentín Padilla Espitia, Carlos Andrés Lora Cabrales, Eduart Gustavo Álvarez Mejía, José de Jesús Rueda Quintero, Élkin Leonardo Burgos Suárez, Élkin Rojas, Juan Carlos Soto Sepúlveda, Yeris Andrés Gómez Coronel y Alex José Mercado Sierra. De los 15 que habían sido imputados, tres no aceptaron cargos y enfrentaron juicio. 

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Esta sentencia de la JEP, la segunda que emite la justicia transicional, está enmarcada en el macrocaso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas de civiles presentados como bajas en combate por agentes del Estado. En total, 4.222 personas han sido acreditadas por la jurisdicción especial como víctimas de los casos de ejecuciones extrajudiciales o falsos positivos en todo el país y 22 exuniformados aceptaron su responsabilidad. 

Por las versiones entregadas por los comparecientes, la información y las pruebas recopiladas por la JEP, esa instancia logró documentar que entre enero de 2002 y julio de 2005, 127 civiles fueron asesinados por paramilitares y militares del Batallón La Popa que buscaban presentar cifras alteradas de guerrilleros muertos en combate. Las víctimas, en su mayoría, pertenecían a los pueblos indígenas wiwa y kankuamo. 

Según las versiones entregadas a la justicia transicional, en los departamentos de Cesar y La Guajira hubo una relación de cooperación ilegal entre uniformados y organizaciones paraestatales. La dinámica, a grandes rasgos, funcionaban así: los paramilitares buscaban a sus víctimas, a partir de ciertos patrones o características generales y se los entregaban a militares de La Popa para que los hicieran pasar como bajas en combate. 

La lectura de la sentencia, presidida por los magistrados de la Sección de Reconocimiento de Verdad de la JEP, empezó con un pronunciamiento del magistrado Alejandro Ramelli, quien detalló la importancia que tiene este subcaso de falsos positivos en el Caribe, por el carácter étnico de las víctimas. “No podemos caer en el negacionismo histórico, estos crímenes sí ocurrieron”, expresó el presidente de la justicia transicional. 

Agregó que los aportes a la verdad han sido voluntarios. Esto, con relación a los exuniformados que decidieron no aceptar su responsabilidad y asumir juicios adversariales, que para el caso del Batallón La Popa fueron tres militares en retiro. “Ningún compareciente ha sido obligado a declararse culpable o a aceptar delitos que no cometió. Siempre han recibido un trato digno de nuestra parte”, dijo el magistrado Ramelli. Y agregó: “Hemos desenterrado la verdad de los cementerios de Colombia”. 

El presidente de la JEP concluyó su intervención dirigiéndose a las víctimas del subcaso Costa Caribe, que en distintas oportunidades han expresado que la verdad y la reparación aún son insuficientes. “Con esta sentencia no pretendemos borrar sus sufrimientos, pero sí tenemos que seguir el empeño de hacerle frente al discurso negacionista y de odio. Confiamos en que la luz de la verdad salga adelante, que este proceso judicial traiga algo de sosiego a su dolor. Reconocemos y dignificamos a las víctimas”, concluyó. 

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Los detalles de la sentencia 

Los 12 exmilitares, máximos responsables de 127 casos de falsos positivos en el Caribe, recibieron sanciones propias con montos de hasta ocho amos de trabajos y actividades restaurativas. Para cada uno de ellos, el monto estipulado en la sentencia es diferente, teniendo en cuenta su rol y participación en el entramado criminal de ejecuciones extrajudiciales investigado por la justicia transicional. 

Guillermo Gutiérrez Riveros fue hallado responsable de los delitos de lesa humanidad de desaparición forzada de personas, asesinato, tortura y persecución, así como del crimen de guerra de homicidio en persona protegida; pagará ocho años de sanción propia. Heber Hernán Gómez Naranjo, sancionado por los delitos de desaparición forzada de personas, asesinato y homicidio en persona protegida, pagará una sanción propia de seis años. 

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Expresidente Juan Manuel Santos se pronunció tras condenas de la JEP - Foto: Redes sociales

Expresidente Juan Manuel Santos se pronunció tras condenas de la JEP

Después de conocerse la histórica condena contra el último secretariado de las Farc por el delito de secuestro, se pronunció el expresidente Juan Manuel Santos, uno de los protagonistas del acuerdo de paz que abrió la puerta a sanciones alternativas para los máximos responsables de crímenes cometidos en el conflicto armado. 

El exmandatario y Nobel de la Paz defendió las decisiones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que impuso ocho años de restricción de derechos y libertades a ocho exjefes guerrilleros, entre ellos Rodrigo Londoño, conocido como Timochenko. 

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Reconoció que entiende la frustración de muchos colombianos que consideran las penas “débiles”, pero subrayó que estas responden a los compromisos asumidos por el Estado para poner fin a más de cinco décadas de confrontación. 

“Fue producto de una negociación difícil, pero necesaria. Lo que hoy no podemos permitir es que este debate se use para desfigurar la importancia del proceso de paz y cargarle a ese acuerdo la responsabilidad de los males y aberraciones que hoy enfrenta el país”, afirmó Santos. 

En un breve video, recordó los costos de la guerra y el punto de quiebre que llevó a la negociación. “Se nos olvida de dónde veníamos, de una guerra a muerte, de secuestros, de extorsiones, de sangre y crueldad (…) Yo, como ministro de Defensa y luego como presidente, comandé operaciones que debilitaron como nunca a la guerrilla. No se sentaron a negociar por cortesía, se sentaron porque los obligamos a punta de garrote”, enfatizó. 

Santos resaltó que gracias al acuerdo la guerrilla más grande del continente desapareció, más de 13.000 combatientes dejaron las armas y se avanzó en cerrar un ciclo de violencia. Al mismo tiempo, lanzó críticas a la falta de implementación: “En eso el Estado ha fallado. A unos les dio miedo que funcionara y decidieron reeditar la guerra. A otros, que aparentemente creían en la paz, solo les servía si era la suya, más grande, más pomposa, una supuesta paz total”. 

El expresidente concluyó que las actuales problemáticas de seguridad no son consecuencia del acuerdo, sino del incumplimiento en su ejecución. “Hoy vemos las consecuencias: violencia reciclada, territorios abandonados, y hasta la descertificación de Estados Unidos, por un fracaso visible en la lucha contra las drogas”. 

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¿Qué sanción impuso la JEP a los exjefes de las Farc? 

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Coronel (r) Publio Hernán Mejía enfrenta juicio clave ante la JEP por falsos positivos - Foto: JEP

Coronel (r) Publio Hernán Mejía enfrenta juicio clave ante la JEP por falsos positivos 

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) realiza esta semana los alegatos finales del juicio adversarial contra el coronel en retiro, Publio Hernán Mejía, excomandante del Batallón La Popa, por su presunta responsabilidad en al menos 72 ejecuciones extrajudiciales cometidas entre 2002 y 2005 en Cesar y La Guajira. 

La Unidad de Investigación y Acusación (UIA) lo señala como coautor de crímenes de guerra y de lesa humanidad, entre ellos homicidios en persona protegida, desapariciones forzadas, desplazamientos y persecución a civiles. Según la UIA, estas acciones hicieron parte de un plan criminal sistemático al interior del batallón para mostrar resultados operacionales ante sus superiores. 

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A diferencia de otros 12 militares del mismo batallón que aceptaron su responsabilidad, Mejía optó por no reconocer los hechos, por lo cual fue sometido a un juicio adversarial. Esta decisión lo expone a una condena de hasta 20 años de prisión, la pena más alta prevista en la justicia transicional para quienes no colaboran plenamente con la verdad. 

Durante su testimonio en abril pasado, Mejía rompió su derecho al silencio y negó haber participado en un patrón criminal. Alegó ser víctima de falsas declaraciones y sostuvo que su actuar estuvo enmarcado dentro de la legalidad. Sin embargo, la Fiscalía transicional asegura que existen pruebas suficientes para demostrar su participación activa y su rol de liderazgo en los crímenes cometidos. 

El juicio, que se realiza los días 5 y 6 de agosto en Valledupar, también incluye las intervenciones de las víctimas acreditadas y sus representantes, quienes han insistido en que el coronel ha sostenido una actitud de negación, sin ofrecer aportes plenos a la verdad ni reconocer el daño causado. 

Este proceso hace parte del caso 03 de la JEP, que investiga los llamados “falsos positivos”, es decir, asesinatos de civiles presentados como bajas en combate por agentes del Estado. El Batallón La Popa es uno de los núcleos priorizados en esta investigación, por su alto número de casos y el carácter sistemático de los crímenes. 

La decisión final de los magistrados será clave para establecer cómo la JEP sanciona a altos mandos militares que no reconocen su responsabilidad. De ser hallado culpable, Mejía podría convertirse en el primer oficial de alto rango condenado en esta jurisdicción bajo el modelo adversarial. 

“Fue una alianza de mutuo beneficio con los paramilitares”: fiscal de la JEP sobre caso La Popa 

En desarrollo la audiencia de conclusión en el juicio contra el coronel (r) Publio Hernán Mejía, excomandante del Batallón La Popa, por su presunta responsabilidad en ejecuciones extrajudiciales cometidas entre 2002 y 2005 en Cesar y La Guajira. 

La diligencia, que se realiza en Valledupar, representa la última oportunidad para que el exoficial reconozca su responsabilidad en los crímenes que se le atribuyen. De no hacerlo, podría enfrentar una pena de hasta 20 años de prisión, según la Fiscalía transicional. 

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“Se trató de una alianza de mutuo beneficio”, dijo el fiscal. “Mientras los paramilitares necesitaban incrementar el control de la zona y consolidar su expansión, los integrantes del aparato ilegal dentro del batallón necesitaban presentar bajas, para hacer creer que la seguridad se estaba recuperando.” 

Serrano explicó además que la participación de los militares bajo el mando de Mejía era recompensada con beneficios como permisos, medallas, condecoraciones, mejoras económicas y comisiones en el exterior. “Recibían dádivas por los resultados obtenidos. Las bajas eran su moneda de cambio”, sostuvo. 

La Fiscalía afirma haber probado que estas acciones respondían a un patrón sistemático para mostrar una falsa recuperación del orden público, a través de asesinatos de civiles presentados como combatientes dados de baja. 

La Fiscalía afirma haber probado que estas acciones respondían a un patrón sistemático para mostrar una falsa recuperación del orden público, a través de asesinatos de civiles presentados como combatientes dados de baja. 

Coronel (r) Publio Hernán Mejía enfrenta juicio clave ante la JEP por falsos positivos  Leer más »

Último Secretariado de las Farc acepta reclutamiento forzado de más de 18 mil menores - Foto: JEP

Último Secretariado de las Farc acepta reclutamiento forzado de más de 18 mil menores 

El último secretariado de las Farc reconoció de manera colectiva ante la Jurisdicción Especial para la Paz el reclutamiento forzado de más de 18.000 menores durante el conflicto armado en Colombia. Piden unificar los casos y se comprometen a impulsar medidas de reparación. 

Reconocemos con profundo dolor que el reclutamiento y utilización de niñas, niños y adolescentes fue un hecho injustificable que marcó de manera irreversible la vida de quienes fueron involucrados, de sus familias y de sus comunidades. Fue una herida colectiva que dejó cicatrices hondas en el tejido social. Aunque estas acciones se dieron en medio de una guerra prolongada, enraizada en el abandono histórico del Estado, la represión y la desigualdad estructural, no por ello dejan de ser fuente de un profundo sufrimiento. Aceptamos que este pasado nos interpela y que sus consecuencias aún resuenan en el presente del país. Por eso, lo asumimos con responsabilidad y con el firme compromiso de aportar a la verdad, la reparación y la no repetición”. 

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Esta es una respuesta oficial al Auto 005 de 2024 del Caso 07 dado a conocer en noviembre de 2024, en el cual la JEP los imputó por los crímenes de guerra de reclutamiento de 18.677 niños, así como por otros crímenes de guerra cometidos en su contra en el contexto de la vida intrafilas, incluidos malos tratos, tortura, homicidio y violencias sexuales, reproductivas y por prejuicio, a seis exintegrantes del último secretariado de la extinta guerrilla de las Farc que son: Rodrigo Londoño, Julián Gallo, Pastor Alape, Milton De Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Jaime Alberto Parra Rodríguez. 

“Conscientes de nuestra responsabilidad con la no repetición y el espíritu restaurativo del Acuerdo de Paz, hemos puesto a disposición de las víctimas y de la Jurisdicción el trabajo que venimos adelantando. Esto incluye acciones de reconocimiento y reparación en el Club El Nogal, apoyo al desminado humanitario, búsqueda de personas desaparecidas y propuestas legislativas en favor de víctimas y poblaciones excluidas. También participamos en procesos conjuntos con víctimas de secuestro a través de Revipaz, reafirmando nuestro compromiso con la paz y la reconciliación”. 

El último secretariado de las Farc al reconocer el reclutamiento de menores asegura que con el firme propósito de fortalecer la verdad y la coherencia del proceso judicial, desde el espíritu del Acuerdo de Paz, proponen que se amplíe la resolución ya existente del macro caso 01, que es de secuestros, incorporando en ella los hechos y conductas adicionales identificados en este nuevo caso. 

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“Adicionalmente, comprometidos con la necesidad de una justicia oportuna para las víctimas que genere seguridad jurídica para quienes hemos firmado la Paz, reiteramos la necesidad de una única resolución de conclusiones, así como la de unificación de los diferentes hechos y conductas investigados por la Jurisdicción”. 

Ante este comunicado la Jurisdicción Especial para la Paz analizará la respuesta del último secretariado de las antiguas Farc para tomar una decisión de fondo sobre el caso 07 que investiga el reclutamiento de menores. 

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La JEP reconoció como víctima de persecución política al líder de Fuerza Ciudadana - Foto: Cortesía prensa Carlos Caicedo

La JEP reconoció como víctima de persecución política al líder de Fuerza Ciudadana 

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió un auto, en el marco del Caso 08, sobre “Crímenes cometidos por miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares”, relacionado con hechos del conflicto armado que se han presentado en el departamento del Magdalena en los últimos 20 años. 

En la decisión, la JEP reconoció como víctima de persecución política a Carlos Caicedo, jefe del partido Fuerza Ciudadana, quien ha denunciado “amenazas, estigmatización, calumnia e injuria en hechos ocurridos de 1996 a 2016 en Santa Marta”, de las cuales culpa como presuntos responsables a los paramilitares y bandas criminales que operan en la región. 

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Aparte de acreditarlo como víctima, también pone a su disposición “las diligencias de versión voluntaria y declaraciones juradas prácticas en el subcaso Gran Magdalena del Caso 08”, con el fin de que pueda “acceder a las grabaciones en audio y video”. 

Caicedo celebró la determinación judicial y dijo que “durante más de dos décadas he sufrido una persecución sistemática que ha dejado cicatrices imborrables en mi vida pública y personal. Calumnias, procesos judiciales sin fundamentos y privación injusta de la libertad por años, amenazas constantes por haberme enfrentado a las mafias políticas que se lucraron del conflicto”. 

Dijo además que su caso sienta un precedente para favorecer a cientos de colombianos que han tenido que padecer casos de persecución política de parte de sus contradictores

“Hoy la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) reconoce esa verdad: he sido víctima del conflicto armado colombiano. Es una decisión histórica que reconoce en esas falsas acusaciones y en la campaña de desprestigio en mi contra como parte de una estrategia de eliminación política sistemática”, dijo. 

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“Este fallo no solo reivindica mi nombre, sino que sienta un precedente. La calumnia y la estigmatización también son formas de violencia. La verdad prevalece y con ella seguiremos construyendo un país más justo”, añadió. 

Según Caicedo, cuando se desempeñó como rector de la Universidad del Magdalena (1997–2006), fue víctima de montajes judiciales, campañas de desprestigio y uso de falsos testigos, cuando enfrentó “redes clientelares ligadas al paramilitarismo”. Además, en su posterior trayectoria política intentaron vincularlo con estructuras armadas ilegales. 

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