Bienestar

‘Gobierno sí ha pagado por los medicamentos, pero persisten fallas en la intermediación’: Ministerio de Salud.

‘Gobierno sí ha pagado por los medicamentos, pero persisten fallas en la intermediación’: Ministerio de Salud

Ante las preocupaciones sobre la disponibilidad de medicamentos en el país, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió un comunicado de prensa en el que manifiesta que el Gobierno nacional ha cumplido con los pagos para garantizar la entrega de los medicamentos, pero aún persisten fallas en la distribución debido a sobrecostos e intermediación en el sistema.

“En los últimos cinco meses –precisó esta cartera–, el Gobierno ha girado más de 1,6 billones de pesos a las principales empresas encargadas de distribuir los medicamentos, entre ellas Cruz Verde, Audifarma, Disfarma y Helpharma. Solo en lo que va de marzo, estas compañías ya han recibido más de 238 mil millones de pesos, en línea con el promedio mensual que se les asigna».​

Tres causas de​l problema

Al considerar que es falso “el argumento de que la falta de pago es la causa del desabastecimiento», el Ministerio indicó que el problema real está en tres factores principales:

1. Concentración del mercado en pocas empresas: cinco gestores farmacéuticos manejan el 80 % del abastecimiento de medicamentos en el país: Audifarma, Cruz Verde, Éticos Serrano, Colsubsidio y Cafam.

2. Precios inflados en la compra de medicamentos: se han encontrado contratos donde los gestores farmacéuticos venden los medicamentos a las EPS con sobrecostos alarmantes. Por mencionar un ejemplo, en el caso del factor de crecimiento, usado en pacientes con enfermedades graves, su precio real es de 1 millón 500 mil pesos, pero se factura a 4 millones 300 mil pesos, es decir un 183 % más.

Por esta razón, desde el Ministerio de Salud y Protección Social se ha empezado el trabajo para obtener mayor eficiencia en el uso de los recursos, con la compra centralizada, la licencia obligatoria para Dolutegravir y el proceso regulatorio de la compra centralizada para medicamentos de enfermedades huérfanas que están financiadas por presupuestos máximos.

3. Deudas con los laboratorios: a pesar de recibir los recursos del Gobierno, algunos gestores farmacéuticos no han pagado a los laboratorios, lo que ha llevado a una reducción en la producción y entrega de medicamentos.​​

Medidas

Frente a esta situación, el Ministerio de Salud y Protección Social informó que intensifica las siguientes medidas, para evitar que estas irregularidades afecten a los pacientes:

—Monitoreo permanente: gracias al seguimiento continuo, 4 de los 9 medicamentos en riesgo ya han sido reabastecidos.

—Nueva herramienta de control: ampliación del alcance de la herramienta Mipres, lo que permite capturar la información de prescripción y dispensación en tiempo real.

—Regulación de gestores farmacéuticos: se trabaja en una norma para establecer requisitos financieros y operativos que garanticen mayor transparencia en la gestión de medicamentos.

—Producción nacional de medicamentos: se avanza en la fabricación local de fármacos estratégicos, reduciendo la dependencia de importaciones y asegurando el abastecimiento en el país.​

‘Gobierno ​​​ha cumplido con los pagos’: ministro de Salud

“El Gobierno ha cumplido con los pagos para garantizar la entrega de medicamentos, pero la intermediación y los sobrecostos están afectando a los pacientes. No podemos permitir que medicamentos esenciales se vendan con precios inflados y que los recursos no se usen de manera correcta. Por eso estamos reforzando la vigilancia, optimizando el monitoreo y avanzando en la producción nacional. Llamamos a los entes de control a actuar con firmeza para proteger el derecho a la salud de los colombianos», reiteró el ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo.​

Llamad​o a vigilar y denunciar

Al respecto, el Ministerio instó a la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo, las personerías, la Superintendencia Nacional de Salud, la Superintendencia de Industria y Comercio, la Superintendencia de Sociedades, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y a los organismos que tienen competencias de inspección, vigilancia y control a realizar un trabajo articulado para garantizar el uso eficiente de los recursos de la salud, supervisar el financiamiento de estas empresas y garantizar el derecho de los colombianos a recibir sus medicamentos sin barreras ni sobrecostos injustificados.

Asimismo, el Ministerio de Salud y Protección Social “rechazó el acaparamiento de medicamentos o cualquier acto encaminado a evitar el suministro de los mismos, como el que fue evidenciado por parte de la Superintendencia Nacional de Salud en la auditoría realizada a Audifarma».

También reafirmó el compromiso del Gobierno nacional con la transparencia y el acceso oportuno a los medicamentos, de manera que se garantice el derecho a la salud de todos los colombianos.

En consecuencia, hizo un llamado a “denunciar ante las autoridades competentes cualquier comportamiento tendiente a la especulación, acaparamiento o incumplimiento en la entrega de medicamentos por parte de los obligados».

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Distrito activó rutas de atención por presunta violencia contra menores Emberá.

Distrito activó rutas de atención por presunta violencia contra menores Emberá

Durante un recorrido por el parque principal del barrio San Bernardo, en la localidad de Santa Fe, el equipo de la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) identificó a siete niñas y niños de la comunidad Emberá sin la compañía de adultos, cerca de una zona de consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA).

De inmediato, la entidad activó el equipo de Ciudad Niñez, mientras el equipo de Adultez acompañó el traslado al asentamiento La Rioja, donde residen.

Posteriormente, el equipo de la Subdirección para la Infancia realizó una interlocución con las familias y los voceros indígenas que estaban presentes para generar una sensibilización sobre los riesgos asociados a dejar niños y niñas sin acompañamiento y, particularmente, cerca de espacios de consumo de SPA.

Además, se identificaron alertas relacionadas con la seguridad en el alojamiento temporal y la falta de asistencia escolar de niñas y niños.

Caso asentamiento La Florida

Reafirmando su compromiso con la protección de la infancia y la atención inmediata ante situaciones de vulneración de derechos, la Secretaría Distrital de Integración Social activó las rutas de atención y protección para un niño de tres años y una joven de 19 años, por presunta violencia física que habitan el alojamiento temporal La Florida.

El caso del niño fue identificado por el equipo de la Secretaría Distrital de Salud (SDS), tras evidenciar que se encontraba con su tía, quien presuntamente estaba maltratando físicamente al niño. De inmediato se activó la ruta de atención y restablecimiento de derechos, y el menor de edad fue trasladado al hospital de Engativá.

Por su parte, la joven de 19 años fue encontrada con golpes presuntamente ocasionados por su hermano y su tío. La Secretaría de Salud, en articulación con la Secretaría Distrital de la Mujer, brindó orientación sobre la activación de la ruta de atención de violencias y fue trasladada al hospital de Engativá para recibir atención médica y psicosocial.

Los dos casos fueron puestos en conocimiento de la Comisaría de Familia de Funza y la Comisaría de Familia de Engativá 2, y se programó una visita para que el equipo psicosocial de la Comisaría realice la verificación de derechos y garantizar el restablecimiento de los mismos.

Estos hechos fueron detectados durante los recorridos que a diario hace el equipo del Puesto de Mando Unificado (PMU) en el asentamiento La Florida, donde residen familias Emberá.

La Administración distrital hace un llamado contundente a la corresponsabilidad de las familias, la sociedad y el Estado en la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, tal y como lo indica el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, que establece que los derechos de la niñez son prevalentes y asigna a la familia, la sociedad y el Estado la obligación de asistirlos y protegerlos para garantizar su desarrollo armónico e integral y el artículo 10 de la Ley 1098 de 2006, Código de Infancia y Adolescencia, señala que la garantía y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes requiere la acción coordinada y complementaria de las familias, la sociedad y el Estado.

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Gobierno del Cambio inició su oferta de educación superior en el sur de Bolívar que beneficiará también a Santander y Antioquia.

Gobierno del Cambio inició su oferta de educación superior en el sur de Bolívar que beneficiará también a Santander y Antioquia

Desde el Colegio Eutimio Gutiérrez Mañón en Simití (Bolívar), el ministro de Educación, Daniel Rojas Medellín, en alianza con el Instituto Universitario de la Paz (UNIPAZ), las autoridades departamentales y locales, dieron inicio oficial a la estrategia ‘Educación Superior en tu Colegio’, que permitirá a los estudiantes de grado 10° y 11° comenzar su formación universitaria sin salir de sus instituciones educativas.

La apuesta del Gobierno del presidente Gustavo Petro es clara: garantizar el acceso a la educación superior como un derecho fundamental y una herramienta de transformación social.

“Por primera vez en la historia de esta región, la educación superior empieza a ofertarse como un esfuerzo transformador de la producción y la cultura regional. Esto significa que cientos de jóvenes ya no tendrán que desarraigarse ni alejarse de sus familias para acceder a una universidad», dijo el ministro de Educación.

Destacó que “el presidente Gustavo Petro ha decidido multiplicar la inversión en educación superior, y eso se traduce en garantizar el derecho a la educación gratuita, universal y de calidad. Hoy, hacemos realidad un pacto de transformación que permitirá a esta región convertirse en la potencia mundial de la vida que todos anhelamos».

Entre tanto, Mará José Carazzo, estudiante de grado 11 del Colegio Eutimio Gutiérrez Mañón expresó que “la educación superior solía parecer algo lejano o inaccesible, pero con estas carreras podemos empezar a construir una comunidad proactiva que impulse el desarrollo de nuestro territorio. Ahora, la comunidad puede formarse, crecer y aportar, y nosotros también, con nuestro título, al progreso general de la región».

En el lanzamiento de la iniciativa se indicó que la implementación de la Estrategia ‘Educación Superior en tu Colegio’ beneficiará inicialmente a 1.106 jóvenes, en:

·         Bolívar: Simití, San Pablo, Santa Rosa del Sur, Cantagallo.

·         Santander y Antioquia: Yondó, Puerto Wilches, Cimitarra, Landázuri, Sucre, Suratá, Matanza, Charta, Barbosa, Florían.

El programa, que se extenderá a 200 colegios en 120 municipios de 22 departamentos del país en 2025, ofrecerá más de 110 programas académicos en áreas estratégicas como ingeniería, producción agropecuaria, tecnologías ambientales, artes, entre otras de acuerdo con la pertinencia y necesidad de los territorios.

Inv​ersión

Para garantizar la calidad de la formación, el Gobierno del Cambio ha destinado más de 21.600 millones de pesos en infraestructura y dotación tecnológica en los colegios que implementarán la estrategia en los departamentos de Antioquía y Bolívar.

El Colegio Eutimio Gutiérrez Mañón, epicentro del lanzamiento, recibirá una inversión de $20.000 millones para la demolición de estructuras antiguas, construcción de nuevas aulas y espacios académicos, y adecuación de áreas deportivas y administrativas. Además, contará con $ 1.971 millones en dotación de equipos tecnológicos y de laboratorio.

Otros colegios beneficiados en la región recibirán inversiones que suman $ 4.188 millones, garantizando la adecuada implementación del programa en municipios como Yondó, Cantagallo y Santa Rosa del Sur.

La estrat​egia

El programa ‘Educación Superior en tu Colegio’ ofrece múltiples ventajas a los jóvenes beneficiarios así:

·         Acceso sin desplazamiento: los estudiantes pueden iniciar su formación universitaria en sus propios colegios, reduciendo costos y evitando migración forzada.

·         Flexibilidad de horarios: clases en contrajornada, fines de semana y espacios no utilizados de la institución educativa.

·         Doble titulación: al graduarse del colegio, los estudiantes podrán recibir un título técnico o avanzar significativamente en su carrera universitaria.

·         Homologación de créditos: lo que estudien en el colegio les servirá para avanzar en la educación superior sin empezar de cero.

·         Gratuidad garantizada: el programa se financia con recursos de base presupuestal, gratuidad educativa Puedo Estudiar y planes institucionales de cobertura territorial.

El compromiso del Gobierno con la educación superior en las regiones es firme. Con esta iniciativa, Colombia avanza en la construcción de un país con oportunidades reales para la juventud, donde la educación deje de ser un privilegio y se convierta en el motor de la transformación social.

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#VidaEnMovimiento, campaña del sector transporte para evitar siniestros viales en puente festivo de San José.

#VidaEnMovimiento, campaña del sector transporte para evitar siniestros viales en puente festivo de San José

Las entidades del sector transporte lanzaron la campaña #VidaEnMovimiento, con la que se pretende la sensibilización de viajeros, especialmente vía terrestre, durante el puente festivo del Día de San José, que va del 21 al 24 de marzo de 2025, para el respeto a las normas de tránsito y la revisión técnico-mecánica de los vehículos. ​

El mal estado de los vehículos, el exceso de velocidad y la falta de mantenimiento de los automotores, son las principales causas de los siniestros viales, informó el Ministerio de Trasporte, al advertir que todas las entidades del sector implementarán diferentes acciones de prevención.

Se espera la movilización de 1’648.990 pasajeros en 134.546 vehículos, desde las terminales habilitadas por la cartera de Transporte, además de 3’892.249 vehículos, entre públicos y particulares, que circularán por las vías nacionales.

La Aeronáutica Civil, por su parte, estima la movilización de 1’069.000 viajeros por el modo aéreo, un incremento de 5,4 %frente al mismo periodo del año pasado. De ellos, 689.000 lo harán a destinos nacionales y 380.000 en rutas internacionales.

Controles ​viales

El Ministerio del anunció que durante este puente festivo se realizarán 47 operativos en peajes y terminales del país, para verificar el cumplimiento de las normas, y socializar los derechos y deberes de conductores y viajeros.

En lo que va del 2025 se han impuesto 167.081 comparendos por incumplimiento de la revisión técnico mecánica, principal causa de los siniestros viales. Solo en el puente del Día de San José del año pasado se registraron 116 personas fallecidas y 390 lesionadas.

Por su parte, la Superintendencia de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) apoyarán la labor de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional – Ditra, en la inspección a vehículos. Para ello, se realizarán operativos en carreteras principales, 21 peajes y 26 terminales para verificar la documentación y condiciones de los conductores y los vehículos.

La Ditra dispuso de 5.100 uniformados para garantizar una movilidad segura, con más de 110 áreas de prevención y control en diferentes puntos estratégicos.

Entre tanto, la SuperTransporte hará presencia en 30 ciudades de 26 departamentos, con el fin de intermediar y orientar a los usuarios de 28 aeropuertos, 26 terminales, 14 cuerpos de agua y 5 estaciones de cable. Adicionalmente, la ANSV acompañará al Comando de Operaciones Especiales y Antiterrorismo (Copes) con presencia institucional en más de 80 municipios.

El Instituto Nacional de Vías (Invías), contará con 925 operarios en las 30 estaciones de peaje a su cargo, para garantizar la agilidad en el tránsito.

Y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) dispuso de 6.500 funcionarios en los 43 corredores concesionados, donde habrá campañas para evitar el exceso de velocidad, e instalará 50 medidores de velocidad.

Medidas p​​reventivas

De otro lado, las autoridades de tránsito emitieron la Circular Conjunta 023 de 2025​ en la que exhortan a todos los organismos del sector a diseñar, adoptar e implementar las medidas preventivas y acciones regulatorias de vigilancia y control de las normas de tránsito. Con especial atención en las temporadas vacacionales, puentes festivos, feriados o festividades locales con el fin de reducir la siniestralidad, para proteger la vida e integridad de las personas, durante 2025.

La Circular fue suscrita por el Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la Superintendencia de Transporte y la Dirección de tránsito y transporte — DITRA.

A su vez, la ANSV diseñó el Plan 365, que operará durante todo el año a través de acciones de control regulatorias, pedagógicas y preventivas en las vías del territorio nacional. ​

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Bata se convierte en el sponsor oficial de los recreos por una buena causa

El sedentarismo infantil es una problemática que año tras año crece a nivel mundial y este crecimiento se debe en gran medida, a varios factores relacionados con los cambios en la tecnología, las rutinas diarias y las prioridades sociales.

El auge de la tecnología y las pantallas ha llevado a muchas personas, especialmente a los jóvenes, a pasar más tiempo frente a dispositivos electrónicos, lo que reduce las oportunidades para la interacción cara a cara, la actividad física y el disfrute de los momentos de descanso. Las actividades en línea, las redes sociales y los videojuegos suelen ocupar gran parte del tiempo libre, afectando las dinámicas sociales tradicionales.

Teniendo en cuenta lo anterior, Bata, la reconocida empresa multinacional de calzado, fundada en República Checha y presente en más de 70 países y que se convirtió en una de las marcas más queridas por los colombianos desde hace más de 90 años, le hace frente a esta problemática desarrollando la campaña Copa Back to School 2025: Convirtiendo el descanso en verdaderos recreos, y transformándose en el spónsor oficial de los que descansan en descanso.

“Esta iniciativa busca recuperar la niñez en los colegios dejando las pantallas a un lado. Queremos que los jóvenes, niños y niñas de hoy en día entiendan la importancia que tienen los espacios de juego en los colegios, el disfrute del descanso con actividad física y la socialización entre ellos. Por esta razón y para incentivar la recreación en los colegios, Bata ha venido acompañando a diferentes instituciones del país con profesionales que han brindado charlas muy interesantes frente a esta problemática y ha venido apoyando a diferentes colegios del país con donaciones de implementos deportivos” indica Carolina Tejada, Gerente de Marketing de Bata Colombia

Un informe de la Universidad Autónoma de Manizales advierte que el uso de dispositivos electrónicos en niños y niñas ha aumentado en un 35% en los últimos cinco años, reduciendo significativamente la actividad física. Además, un 48% de los menores entre 6 y 12 años pasa más de 5 horas al día frente a una pantalla, lo que impacta su desarrollo integral. Ciudades como Bogotá, Medellín y Cali han reportado un incremento del 40% en la inactividad física en niños menores de 12 años, lo que aumenta el riesgo de enfermedades asociadas.

La psicóloga Laura Henao afirma que, “pasar horas frente a una pantalla limita la socialización, disminuye la creatividad y aumenta el riesgo de problemas como la ansiedad y la depresión, pero al hacer del recreo un espacio de movimiento, exploración y aprendizaje, les ayuda a desarrollar habilidades motoras y fortalecer sus relaciones interpersonales. Tenemos que trabajar en realizar compromisos con docentes y padres para establecer límites en el uso de las pantallas y generar hábitos saludables que impacten positivamente el desarrollo infantil.”

Un estudio realizado por la OMS señala que 1 de cada 4 niños entre los 5 y los 12 años presenta exceso de peso, es decir, alrededor de 41 millones de niños y niñas en todo el mundo. En Colombia, casi el 25% de los niños tiene exceso de peso, y el 17.7% de los adolescentes tienen riesgo de sobrepeso y obesidad, según la Encuesta Nacional de la Situación Nutricional – ENSIN.

“Debemos ser conscientes de que el Colegio es el lugar en donde más pasan tiempo los niños y jóvenes por esta razón. Queremos promover en las instituciones de Colombia una plataforma para salir a jugar en los espacios del recreo, implícitamente es un empoderamiento para que los niños, niñas y adolescentes puedan desarrollarse socialmente, establecer relaciones y conductas que los harán mejores personas y, sobre todo, queremos cuidar su salud mental y emocional. En Bata, somos los zapatos oficiales del juego, del movimiento, de las caídas que nos enseñan lecciones, de los golpes que celebramos con los amigos, de las zancadas que nos hacen sacar mejores notas y de los momentos que hacen que nuestros niños ganen calidad de vida. “Indica la Gerente de Marketing de la Compañía.

La tecnología es un aliado para muchas cosas, pero se debe ser consciente de que, por ejemplo, hoy a los niños y jóvenes les roba de cierta manera, su niñez. Esto no es un trabajo de uno solo, es una labor que se realiza de manera colectiva con colegios, familias y autoridades, implementando estrategias que fomenten el ejercicio físico.

Es así como Bata Colombia aún siendo una marca internacional, busca conectar con los jóvenes, niños y niñas del país con Back to School, queriendo priorizar y concientizar la importancia de realizar actividades físicas en esta población para mejorar las conductas emocionales, cognitivas e intelectuales. Estas acciones les permiten aprenden a relacionarse con los otros además de adquirir numerosos valores que les ayudarán en su futuro, como el esfuerzo, el compromiso y la disciplina.

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Ministerio de Minas habilita tres días al mes de trabajo en casa para mujeres y personas menstruantes.

Ministerio de Minas habilita tres días al mes de trabajo en casa para mujeres y personas menstruantes

El Ministerio de Minas y Energía habilitó el trabajo en casa durante tres días al mes para las mujeres y personas menstruantes, con el propósito de dignificar esta condición biológica.

Esta era una de las normas que contemplaba el proyecto de ley de Reforma Laboral que hacía tránsito en el Congreso de la República y fue archivado por la Comisión Séptima del Senado de la República.

En el fallo, el alto tribunal reconoció que “la gestión de la higiene menstrual es un derecho fundamental de las mujeres y de quienes, independientemente de su identidad de género, experimentan este proceso biológico» y destacó que la menstruación “ha sido un factor de discriminación histórica».

Para ello, la cartera energética expidió la Resolución 40095 del 19 de marzo de 2025 “Por la cual se habilita el trabajo en casa para mujeres y personas menstruantes y se dictan otras disposiciones», en la que se da cumplimiento a la Sentencia T-398 de 2019 de la Corte Constitucional.

De hecho, para aplicar el artículo 13 de la Carta Política de 1991, el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 ‘Colombia Potencia Mundial de la Vida’, formuló la Estrategia Intersectorial para la Promoción de la Salud y Cuidado Menstrual 2023-2031′, que orienta acciones para garantizar la salud menstrual desde un enfoque de derechos humanos, derechos sexuales y derechos reproductivos.

El numeral 4 de dicho instrumento reconoce que la falta de acceso a condiciones adecuadas para la gestión menstrual “afecta el derecho al trabajo, generando barreras laborales y limitaciones salariales para las personas menstruantes, quienes pueden enfrentar sanciones o discriminación por necesidades asociadas a su ciclo».

Y advierte el mismo documento que “los estigmas y prácticas sociales en torno a la menstruación refuerzan la desigualdad de género y obstaculizan el acceso equitativo a la educación, el empleo y la atención en salud».

Traba​jo en casa

​La Resolución 40095 del Ministerio de Minas y Energía establece los procedimientos para habilitar el trabajo en casa de las mujeres y personas menstruantes vinculadas a esa cartera, bajo los siguientes requisitos:

– Máximo, tres días continuos por mes de trabajo en casa, previa presentación de certificación médica debido a síntomas asociados a su periodo menstrual.

– La mujer o persona menstruante deberá enviar al correo [email protected] el certificado donde se evidencia la condición médica y la recomendación de trabajo en casa expedido por el médico tratante de su EPS, plan complementario de salud o de su medicina prepagada.

– Este certificado médico deberá ser actualizado cada seis meses, de persistir la condición médica.

– La solicitud inicial deberá realizarse, debidamente soportada, por memorando a través del aplicativo ARGO a la Subdirección de Talento Humano del Ministerio de Minas y Energía.

– Los cambios en la situación de salud del trabajador (a) debe informarse, por escrito, a la Subdirección de Talento Humano.

– Las mujeres y personas menstruantes habilitadas para desarrollar trabajo en casa deberán disponer de puesto de trabajo, computador y conexión a internet que les permita adelantar sus funciones de manera virtual.

– La jornada laboral de trabajo en casa debe cumplirse en el mismo horario que en labor presencial.

– Las personas beneficiarias de esta norma deben registrar mensualmente a través del Portal de Autoservicios del Sistema — SARA — AUTOGEST del Ministerio de Minas y Energía, los tres días mensuales de trabajo en casa.

La Resolución 40095 también establece que el trabajo en casa para mujeres y personas menstruantes “deberá implementarse sin afectar la eficiencia ni la continuidad en la prestación del servicio público, para lo cual se establecerán los controles y mecanismos de seguimiento pertinentes».

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Colombia y México impulsan integración económica con la creación de un equipo técnico bilateral.

Colombia y México impulsan integración económica con la creación de un equipo técnico bilateral

El Gobierno nacional, representado por la ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, Laura Sarabia, sostuvo un encuentro con el secretario de Economía de México, Marcelo Ebrard Casaubón, con el objetivo de fortalecer la cooperación bilateral.

Durante la reunión, se acordó la creación inmediata de un equipo técnico que trabajará en la simplificación de trámites aduaneros y fitosanitarios, además de desarrollar iniciativas conjuntas en agricultura y transporte.

Asimismo, ambas naciones impulsarán medidas para facilitar el comercio, fortalecer los mercados regionales y posicionar la marca latinoamericana en el ámbito comercial.

Cabe destacar que, en el marco de la cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) Colombia propuso ampliar la reunión de cancilleres para incluir a ministros de Economía, con el objetivo de fortalecer los mercados regionales. Además, se planteó la creación de un grupo regional para posicionar la marca latinoamericana en el ámbito comercial global.

Con estas iniciativas se refleja el trabajo y compromiso de ambos países por impulsar la integración económica y el desarrollo sostenible en la región que busca el Gobierno del Cambio en su política exterior.

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Convocatoria abierta para operadores del servicio Cuidado Transitorio Día-Noche.

Convocatoria abierta para operadores del servicio Cuidado Transitorio Día-Noche

La Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) invita a las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL) a participar en el proceso competitivo SDIS-DCT092-004-2025, a través de la plataforma de contratación pública SECOP II. Este proceso tiene como objetivo suscribir nuevos Convenios de Asociación para la prestación del Servicio Cuidado Transitorio Día-Noche en 2025.

Podrán postularse Entidades sin Ánimo de Lucro interesadas en brindar atención integral a personas mayores de 60 años que se encuentran en riesgo o situación de habitabilidad en calle en Bogotá D.C. Este servicio incluye alojamiento, alimentación, aseo personal y acciones para el autocuidado, la dignificación y el ejercicio de derechos, promoviendo la autonomía y el envejecimiento activo.

Fechas clave del proceso:

  • Presentación de ofertas: hasta el 27 de marzo de 2025 a las 09:00 a.m.
  • Plazo para presentar observaciones: del 17 al 19 de marzo de 2025
  • Publicación de adendas: hasta el 26 de marzo de 2025 a las 7:00 p.m.
  • Publicación de evaluaciones: 2 de abril de 2025
  • Período de subsanaciones: del 3 al 4 de abril de 2025
  • Publicación de evaluación definitiva: 9 de abril de 2025

¿Cómo participar en la convocatoria?

Toda la información necesaria, incluyendo la Invitación Pública, el Estudio Previo y los Anexos Técnicos, está disponible en el proceso SDIS-DCT092-004-2025 en la plataforma SECOP II. Puede acceder a la convocatoria haciendo clic en el siguiente enlace: https://community.secop.gov.co/Public/Tendering/ContractNoticePhases/View?PPI=CO1.PPI.38215711&isFromPublicArea=True&isModal=False

Consideraciones para los proponentes:

  • Una oferta equivale a un predio (inmueble) que debe tener una capacidad de atención específica, que puede ser de 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61 o 62 cupos. Esto implica que la capacidad de atención del predio se expresa en términos de cupos, es decir, el número de personas que pueden ser atendidas en el lugar. Esta capacidad solo puede ser de 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61 o 62 cupos por predio.
     
  • En este proceso, la Secretaría Distrital de Integración Social adjudicará 6 lotes, lo que permitirá ofrecer un total de 372 cupos, garantizando la disponibilidad y el acceso al servicio Cuidado Transitorio Día-Noche.
     
  • La presentación de propuestas se realizará por lotes (6 LOTES), según la cantidad de cupos del predio ofrecido:
     
  • El valor de la oferta depende de la capacidad en cupos del predio ofertado. Por lo tanto, el proponente debe completar la OFERTA ECONÓMICA en TODOS LOS SEIS (6) LOTES, especificando la cantidad de cupos que desea ofertar (50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61 o 62 cupos), teniendo en cuenta la capacidad física del predio. Esto se realiza dentro del cuestionario en la plataforma transaccional SECOP II, de lo contrario, su oferta será rechazada.
     
  • Si el proponente ofrece más de un predio, debe presentar una propuesta independiente para cada uno de ellos. Cada propuesta debe ser cargada de manera separada en CADA UNO DE LOS SEIS (6) LOTES en la plataforma SECOP II, de lo contrario, su oferta será rechazada.
     
  • El proponente debe especificar en el FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA la localidad y la dirección del predio o inmueble donde se prestará el servicio, así como el número de cupos ofrecidos dentro de los rangos establecidos por lote (mínimo de 50 cupos y máximo de 62 cupos). Si presenta más de un predio, debe proporcionar los detalles completos de cada uno en el mismo FORMATO.
     
  • Cuando un proponente presente DOS OFERTAS con DOS PREDIOS, ambos con la misma cantidad de cupos, debe completar una sola oferta para los SEIS (6) LOTES en la plataforma SECOP II. También debe indicar en el FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA que tiene DOS PREDIOS, cada uno con la misma capacidad, y proporcionar los detalles completos de cada uno en el mismo formato. Esta solicitud se debe a la configuración en la plataforma SECOP II.
     
  • Para efectos de adjudicación, el proponente debe presentar su oferta (predio o inmueble) en todos los lotes, manteniendo los cupos ofrecidos. Es importante recordar que el proponente debe participar en TODOS los lotes, teniendo en cuenta el cupo correspondiente a cada lote al que se está presentando.
     
  • El orden de elegibilidad se determinará según las ofertas válidas y los factores ponderables. La entidad realizará la adjudicación en cada uno de los lotes, comenzando por el lote No. 1 y avanzando hasta el lote No. 6.
     
  • En todo caso, la Secretaría Distrital de Integración Social no adjudicará más de un lote por oferta (por predio).

Esta es una oportunidad para contribuir a la garantía de derechos y el bienestar de las personas mayores en situación de vulnerabilidad. Para más información, consulte la convocatoria en SECOP II y participe en el proceso.

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MinTrabajo reiteró su llamado a los sectores público y privado para respetar derecho a la libertad de expresión en día cívico.

MinTrabajo reiteró su llamado a los sectores público y privado para respetar derecho a la libertad de expresión en día cívico

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, reiteró su llamado a los sectores público y privado del país para que se respete el derecho a la libertad de expresión, de reunión pacífica y protesta social, como fundamentales en el reconocimiento y fortalecimiento de los derechos laborales.

Así lo determinó el titular de la cartera en la circular 031 de 17 de marzo de 2025, en la cual precisó que el día cívico, decretado por el presidente de la República, tiene como finalidad permitir la participación ciudadana en asuntos de interés general.

En la misma circular, que referencia los artículos 20 y 37 de la Constitución Política, se recordó que, de acuerdo con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se establece la obligación de los Estados de garantizar el derecho de reunión pacífica y de asociación, lo que implica que las autoridades nacionales y territoriales deben adoptar medidas para su protección.

La directriz, dirigida a entidades del sector central y descentralizado de la rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, sector privado y empresas, contempla la observancia del día cívico y autonomía territorial y la garantía del derecho a la protesta y libertad de expresión.

Aclaró que el Ministerio del Trabajo, en el ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y control, verificará que no se vulneren derechos laborales fundamentales con ocasión del día cívico.

En caso de evidenciarse posibles infracciones a la normatividad laboral, adelantará las actuaciones administrativas correspondientes dentro de los límites que le impone la ley.

Por esta razón, exhortó a las autoridades nacionales y territoriales a garantizar el respeto del derecho a la protesta social, evitando cualquier medida que pueda limitar o desincentivar la participación ciudadana en manifestaciones pacíficas.

Finalmente, recordó a los empleadores del sector privado que el vínculo laboral no puede ser utilizado para restringir el derecho a la protesta. La Corte Constitucional ha reiterado que los empleadores deben respetar la dignidad personal de los trabajadores, sus creencias y su libertad de asociación, prohibiéndose cualquier acto que limite estos derechos fundamentales.

MinTrabajo reiteró su llamado a los sectores público y privado para respetar derecho a la libertad de expresión en día cívico Leer más »

ABC de la ley de reforma pensional.

ABC de la ley de reforma pensional

El objetivo de la reforma pensional es establecer e implementar el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez que permita el amparo de los residentes en Colombia y de los colombianos domiciliados en el exterior.

El Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entrará en vigor el 01 de julio de 2025 y está estructurado por los siguientes pilares:

  • PILAR SOLIDARIO: estarán cubiertas todas las personas nacionales residentes en el país mayores de 65 años para el caso de los hombres y mayores de 60 años para el caso de las mujeres y en el caso de las personas con discapacidad, en el caso de los hombres que sean mayores de (55) años o mujeres mayores de (50) años y poseer una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%, que estén en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad (hasta el nivel C3 del SISBEN), se les otorgará una renta equivalente a $223.800, correspondiente al umbral de pobreza extrema proyectado para el 2024.
  • PILAR SEMICONTRIBUTIVO: otorgará una renta vitalicia a las personas que no se pudieron pensionar pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una Administradora de los Fondos de Pensiones. El requisito para recibir esta renta consiste en ser mayor de 65 años para los hombres y haber cotizado mínimo 300 semanas o 60 años para las mujeres y haber cotizado máximo 999 semanas. Se otorgará una renta vitalicia con base en lo ahorrado más el 3% efectivo anual y un subsidio equivalente al 20% para los hombres y un 30% para las mujeres del saldo restante.

En todo caso, solo cuando las y los afiliados hayan cotizado hasta 299 semanas se les devolverán los recursos que ahorraron, así: se les otorgará una indemnización sustitutiva en la misma forma como está previsto en el artículo 37 de la ley 100 de 1993 para el Componente de Prima Media y en el caso de que tengan ahorros en su cuenta individual, la Devolución de Saldos y sus rendimientos en el Componente Complementario de Ahorro Individual, se hará en la misma forma tal como está previsto en el artículo 66 de la ley 100 de 1993. Deberán manifestar al fondo pensional su intención de acogerse a esta modalidad.

1 Este ABC tiene como base el documento aprobado como Reforma Pensional en el Congreso de la Republica.

Los y las beneficiarias del Pilar Semicontributivo que también recibirán la prestación que se otorgue en el Pilar Solidario de acuerdo con la focalización que se haga:

  • Los y las colombianas residentes en el territorio nacional mayores de sesenta y cinco (65) años hombres y sesenta (60) años mujeres que hayan contribuido al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entre trescientas (300) y menos de mil (1000) semanas y que sean elegibles para el Pilar Solidario.
  • Las personas que cumplan los requisitos del Pilar Solidario y cuyo ingreso haya sido inferior a un salario mínimo legal mensual vigente y hayan realizado aportes de acuerdo con su capacidad económica a través del Programa de Beneficios Económicos Periódicos BEPS, podrán incluir dentro de la suma que determinará la Renta Vitalicia el valor de dichos aportes traídos a valor presente con la inflación de periodo del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), con un subsidio mínimo del 30% de conformidad con la normatividad vigente o la que expida el Gobierno Nacional, o ser susceptibles de devolución, en su totalidad y en un solo pago, previo el cumplimiento de los respectivos requisitos de edad, establecidos en la normatividad vigente.
  • ​PILAR CONTRIBUTIVO: compuesto por el Pilar Contributivo en su Componente de Prima Media que se financiará desde el Fondo Común de Vejez y el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo; y el Pilar Contributivo en su Componente Complementario de Ahorro Individual, cuyas prestaciones se financiarán con el monto ahorrado y los rendimientos financieros.

En este pilar, estarán todas las personas afiliadas al Sistema donde podrán acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes.

COLPENSIONES recibirá los aportes hasta los 2.3 primeros SMLMV cotizados y las Administradoras de los Fondos de Pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 2.3 SMLMV. Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez y la totalidad de la pensión deberá ser reconocida en un tiempo no superior a cuatro meses después de radicada la solicitud.

Los parámetros para reconocer la pensión de vejez, tales como edad, semanas y taza de reemplazo se mantienen.

El Estado garantiza los ahorros de la persona y el pago del componente complementario de Ahorro Individual a que éste tenga derecho, cuando las entidades administradoras incumplan sus obligaciones, revirtiendo

contra el patrimonio de las entidades administradoras y aplicando las sanciones pertinentes por incumplimiento.

El monto de la Pensión Integral de Vejez estará conformado por una única pensión reconocida y pagada en el Componente de Prima Media por parte de la administradora del componente COLPENSIONES más el valor de la prestación determinada en el Componente Complementario de Ahorro Individual, de conformidad con lo señalado en esta ley y la reglamentación que se expida para tal efecto.

  • PILAR DE AHORRO INDIVIDUAL VOLUNTARIO: las personas que tengan capacidad de pago pueden ahorrar en él, para obtener una mejor pensión.

Para este pilar no aplicará ninguna de las modificaciones de la Reforma Pensional.

– Los dineros que tienen las personas afiliadas en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP y SOLO se usarán para el reconocimiento de sus pensiones y se trasladarán estos dineros a COLPENSIONES, sólo en el momento del reconocimiento pensional.

– No podrá otorgarse una prestación del Componente de Ahorro Individual del Pilar Contributivo sin que se hayan cumplido los requisitos para acceder a una prestación del Componente Contributivo de Prima Media, en todo caso, se podrá hacer uso del sistema actuarial de equivalencias para completar los requisitos del Componente de Prima Media, entendiendo que la prestación es única e integral.

– Las personas beneficiarias del Programa Colombia Mayor que no sean elegibles para el beneficio del Pilar Solidario continuarán recibiendo el beneficio de Colombia Mayor y cuando cumplan los requisitos del Pilar Solidario accederán al mismo, sin que estos dos beneficios puedan coexistir simultáneamente para una misma persona.

– El Pilar Contributivo específicamente, le apunta a incentivar la cotización permanente y al aumento de la cobertura de este pilar con la existencia de otras pensiones especiales, como:

1. Prestación Anticipada de vejez: A los(as) afiliados(as) que no estén en el régimen de transición o que renuncien a este, y que tengan sesenta y dos (62) años de edad si es mujer o sesenta y cinco (65) años de edad si es hombre y que después de hacer uso del sistema actuarial de equivalencias no reúnan las semanas mínimas para acceder a la pensión de vejez del Pilar Contributivo y que tengan más de (1000) semanas cotizadas, podrán disfrutar de la prestación anticipada de vejez que será equivalente a un salario mínimo mensual vigente, y de su mesada se le descontará el valor equivalente a las cotizaciones faltantes, hasta alcanzar las 1300 semanas.

2. Pensión Familiar: es aquella que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los(as) cónyuges o cada uno(a) de los(as) compañeros(as) permanentes, previa declaración notarial y/o judicial de unión marital cuyo resultado es el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener la pensión integral de vejez del Pilar Contributivo definido en la ley de reforma pensional. El reconocimiento y pago de esta pensión se hará por parte de la Administradora del Componente de Prima Media COLPENSIONES.

3. Pensión especial para madres o padres con hijo(a) invalido: la madre trabajadora o el padre trabajador que reciba el Beneficio por su Hijo(a) Inválido o Con Discapacidad física o cognitiva permanente, del 50% o más debidamente calificada, no pierde el beneficio si se reincorpora a la fuerza laboral, sino que deberá seguir realizando aportes de forma solidaria a pensión. Dicho recaudo no será susceptible de solicitud de indemnización sustitutiva o de reliquidación sobre los aportes posteriores al reconocimiento de la pensión toda vez que el derecho ya se ha reconocido.

4. Beneficio de semanas para mujeres con hijos/as: Se establecen condiciones especiales para la MUJER, otorgando una reducción en el número de semanas mínimas requeridas para el reconocimiento de la pensión de 50 semanas por cada hijo sin que supere de 3 hijos o sea 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado, hasta llegar a un mínimo de 850 semanas por ese máximo de hijos. De la misma manera, se acoge la reducción gradual de semanas como requisito de causación de pensión de vejez para las mujeres a 1000 semanas para el año 2036.

Para facilitar el acceso a las prestaciones del Pilar Contributivo se establecen disposiciones especiales en materia de cotización:

  • ​Sistema actuarial de equivalencias: se podrán disponer de los recursos cotizados y ahorrados en el Componente Complementario de Ahorro Individual con el fin de acreditar el requisito de semanas mínimas para adquirir el derecho a la Pensión en el Componente de Prima Media, a través de un sistema actuarial de equivalencias que calcule el valor de las semanas, el cual será reglamentado por el Gobierno Nacional.
  • En cuanto al Trabajo Rural, las personas que desarrollan una actividad económica principal que estén ubicados en el área rural, centro municipal o centros poblados y sus ingresos sean estacionales, podrán realizar la cotización de hasta por 12 (doce) meses hacia futuro en un mismo año calendario en un solo pago, aportando sobre el ingreso base del año en que se realiza el aporte. El Gobierno Nacional reglamentará las condiciones operativas.
  • Cotización por períodos inferiores a un mes, por días o por semanas: permitirá flexibilizar la afiliación al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez de los(as) contratistas o trabajadores(as) dependientes que se encuentren vinculados laboralmente por periodos inferiores a un mes o por días, en virtud de un trabajo a tiempo parcial, o de los(as) trabajadores(as) independientes que perciban un ingreso mensual inferior a un (1) smlmv, la cotización se realizará de acuerdo con la reglamentación existente en la materia o la que expida el Gobierno nacional.

Ingreso Base de Cotización (IBC) en el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez:

  • ​Trabajadores(as) dependientes: la base del cálculo de cotizaciones será el salario mensual. Para los trabajadores particulares será el resultante de la aplicación del Código Sustantivo del Trabajo. Para los servidores del sector público será el que se señale, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4 de 1992.

Para los(las) trabajadores(as) cuya remuneración se pacte bajo la modalidad de salario integral, se calculará sobre el 70% de este.

Para los casos en que se perciba salario de dos o más empleadores, las cotizaciones correspondientes serán efectuadas en forma proporcional al salario o ingreso devengado de cada uno de ellos, y dichos salarios o ingresos se acumularán hasta el tope máximo de cotización.

  • ​​Trabajadores(as) independientes por cuenta propia y los trabajadores independientes con contratos diferentes a prestación de servicios personales: que tengan ingresos netos mensuales iguales o superiores a un (1) salario mínimo legal efectuarán su cotización mes vencido, sobre una base mínima de cotización del cuarenta por ciento (40%) del valor mensual de los ingresos causados para quienes están obligados a llevar contabilidad. Para los que no tienen dicha obligación, lo podrán hacer por los ingresos efectivamente percibidos sin incluir el valor del impuesto sobre las ventas – IVA.

La reforma pensional mantiene Para los trabajadores independientes con contratos de prestación de servicios la cotización mes vencido al sistema de seguridad social, sobre una base mínima del 40% del valor mensualizado del contrato y sin incluir el IVA.

Monto de las cotizaciones:

En el proyecto de reforma pensional está contemplada para que en el Pilar Contributivo la tasa de cotización sea del 16% del ingreso base de cotización, donde los empleadores pagarán el 75% de la cotización total y los trabajadores el 25% restante.

 Quienes tengan un ingreso mensual igual o superior a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes, tendrán a su cargo un aporte adicional de un punto y medio porcentual (1.5%) sobre su base de cotización, destinado al Fondo de Solidaridad Pensional.

 Las personas con ingreso igual o superior a 7 salarios mínimos deberán un aporte de adicional de uno punto ocho por ciento (1.8%) adicional sobre su ingreso base de cotización así: de 11 a 19 SMLMV de un 2.5%, de 19 a 20 SMLMV de un 2.8%, y superiores a 20 SMLMV de 3% destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la presente ley.

 Los(as) pensionados(as) que devenguen una mesada superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, contribuirán para el Fondo de Solidaridad Pensional para la Subcuenta de Subsistencia en un dos por ciento 1%, y los que devenguen más de veinte (20) salarios mínimos contribuirán en un tres por ciento 2% para la misma cuenta, tal y como está hoy.

 En ningún caso la base de cotización en el Pilar Contributivo podrá ser inferior al monto del salario mínimo legal vigente, salvo para aquellas personas que cotizan por semanas, quienes lo harán sobre la correspondiente proporción.

Las mujeres que tengan ingresos menores a un (1) salario mínimo legal mensual vigente, y que no cuenten con vinculación laboral o contractual y se encuentren afiliadas al sistema de salud, sea como beneficiarias o en el régimen subsidiado; podrán realizar sus aportes al pilar contributivo por un (1) salario mínimo legal mensual vigente, el cual será pagado a través de tercero sin necesidad de realizar el aporte obligatorio en salud.

Las pensiones de INVALIDEZ Y DE SOBREVIVIENTES continúan igual, con los mismos requisitos, y serán reconocidas por COLPENSIONES.

El AUXILIO FUNERARIO será pagado por parte del Componente de Prima Media administrado por COLPENSIONES, y tendrá derecho a percibir esta prestación la persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un(a) afiliado(a) o pensionado(a), la cual será equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.

Se creará el Fondo de Ahorro, que es el respaldo más importante del Pilar Contributivo, y será para financiar las pensiones del nuevo esquema de pilares a cargo del Componente de Prima Media del Pilar Contributivo. Este Fondo será administrado por el Banco de la República y sus recursos no serán usados para gastos diferentes al pago de pensiones.

El nuevo sistema funcionará bajo un esquema de fondos generacionales, el cual permite que las cotizaciones con las que contribuyó una generación se destinen para el pago de las pensiones de esa misma generación.

Se respetarán los DERECHOS ADQUIRIDOS, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.

Se establece un RÉGIMEN DE TRANSICIÓN para aquellas personas afiliadas al sistema que, a la entrada en vigencia de este Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, es decir, al 01 de julio de 2025, cuenten con 900 semanas si son hombres o 750 semanas si son mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (Ley 100 de 1993).

Se establece un término de 2 años para que las personas que, aunque les falte menos de 10 años para pensionarse y tengan setecientas cincuenta (750) semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y novecientas (900) semanas cotizadas para el caso de los hombres, puedan trasladarse al régimen que más les convenga de Ley 100 de 1993, una vez hayan recibido la doble asesoría.

Las personas que hayan realizado aportes a los Regímenes Pensionales anteriores a la vigencia de la presente Ley, tendrán derecho a que se le reconozcan los valores aportados a través de la expedición de un Bono, Título Pensional o Devolución de Aportes con destino a la administradora que reconocerá la Pensión Integral de Vejez.

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