En primer lugar, el ente de control estableció la validez, en lo que tiene que ver con este proceso disciplinario, de la grabación hecha por la directora del canal Señal Colombia, Diana Marcela Díaz Soto, durante una reunión el 6 de diciembre de 2018 en la gerencia de RTVC, en la que también estuvieron presentes los asesores José Martín Pimiento Martínez y María Alejandra Cendales Rodríguez, donde Bieri Lozano habría ordenado no volver a emitir productos en los que participara Santiago Rivas, conductor del programa ´Los puros criollos´, que a su vez debía salir del «prime time» y publicarse en un horario entre las 2 o 3 de la madrugada, para «desaparecer o matar la producción» o que se tuviera una nueva producción en la que no estuviera el señor Rivas.
“Así las cosas, sea lo primero señalar que en el caso que nos ocupa, no nos encontramos ante una tertulia entre cuatro individuos particulares, o incluso funcionarios, dentro de su ámbito privado, sino por el contrario, ante una reunión adelantada dentro del ámbito estrictamente laboral entre cuatro servidores públicos en ejercicio de sus cargos y relacionada directa y específicamente con la gestión de un organismo público descentralizado como lo es RTVC, del cual los cuatro intervinientes en la reunión eran, al momento de los hechos, servidores bien como empleados públicos o como trabajadores oficiales, y concretamente de uno de los canales televisivos que hacen parte de la entidad, como lo es, Señal Colombia, el cual, dicho sea de paso, es parte integral del sistema público de medios, y por lo tanto, la grabación de audio de lo ocurrido en ella por parte de uno de sus participantes no vulnera el derecho a la intimidad de ninguno de quienes hicieron parte de la misma.”
El Ministerio Público le imputó tres cargos a Bieri Lozano, quién ejerció como gerente de RTVC entre el 27 de agosto de 2018 y el 31 de enero de 2019.
El primer cargo le reprochó el que presuntamente se hubiera extralimitado en el ejercicio de sus funciones, cuando al parecer le ordenó a la directora del canal Señal Colombia excluir de la parrilla, el programa ‘Los puros criollos’ y cualquier otra producción o coproducción de la que hiciera parte el comunicador Santiago Rivas Camargo.
La presunta falta fue calificada provisionalmente como grave a título de culpa gravísima.
En un segundo cargo, el ente de control le cuestionó el que presuntamente abusara de su autoridad gerente de RTVC para ordenar a una funcionaria a su cargo excluir de manera inmediata las repeticiones de todas las temporadas de la serie ‘Los puros criollos’, y no transmitir la nueva, que debía ser emitida en enero de 2019, o en su defecto programarla en la parrilla de programación de Señal Colombia en un horario entre las 2:00 y 3:00 de la mañana.
Por último, la PGN señaló que el exgerente habría podido incurrir en una presunta configuración de censura en detrimento de los derechos a la libertad de expresión y opinión del comunicador Santiago Rivas Camargo.
Las presuntas faltas de los cargos dos y tres fueron calificadas provisionalmente como gravísimas a título de culpa gravísima, por desatención elemental de una regla de obligatorio cumplimiento.
Para el órgano de control, el exfuncionario habría podido tratar de manera diferencial al comunicador en detrimento de la normatividad constitucional, legal y reglamentaria.
Finalmente se ordenó el traslado de copias de la totalidad del expediente con destino a la Fiscalía General de la Nación para que adelante las acciones penales que correspondan a su competencia con relación a la conducta de Juan Pablo Bieri Lozano, así como las declaraciones rendidas por los asesores Pimiento Martínez y Cendales Rodríguez. Estas últimas también serán remitidas a las procuradurías distritales para que evalúen la posibilidad de iniciar un proceso disciplinario