En un fallo definitivo que cierra uno de los capítulos judiciales más dolorosos del departamento de Santander, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 41 años de prisión contra el mayor retirado del Ejército Nacional, Oscar Iván Hernández Bermúdez. El alto tribunal respaldó las sentencias de primera y segunda instancia que lo hallaron responsable del homicidio agravado de su esposa, Telma del Pilar Hernández Torres, y del intento de asesinato de su exsuegra, Sara Elena Torres de Hernández.
La máxima corporación de la justicia ordinaria desestimó en su totalidad una demanda de casación interpuesta por la defensa del exmilitar, la cual pretendía anular el proceso penal argumentando supuestas fallas en el debido proceso y violaciones a las garantías fundamentales del acusado. Con esta decisión, la Corte ratifica de manera taxativa la severidad de la pena impuesta por los jueces de la República.
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Un ataque planeado y ejecutado frente a una menor de edad
Los hechos que motivaron esta ejemplar sanción penal se registraron la madrugada del 25 de mayo de 2011, aproximadamente a las 5:30 a. m., al interior de una vivienda ubicada en el barrio Olaya Herrera del municipio de Barrancabermeja. De acuerdo con el expediente judicial recopilado por el ente acusador, Hernández Bermúdez irrumpió en el inmueble y atacó con sevicia a su expareja sentimental, propinándole al menos 12 heridas con arma blanca, lesionando de forma mortal sus pulmones y el corazón.
Al escuchar los desesperados gritos de auxilio, la madre de la víctima, Sara Elena Torres, intentó interponerse para defender la vida de su hija; sin embargo, el oficial retirado también arremetió contra ella, propinándole una puñalada directa en el área del pecho. Toda la secuencia de violencia física se ejecutó de manera traumática ante la presencia de la hija de la pareja, una menor de tan solo cinco años de edad para la fecha de los acontecimientos.
El recorrido judicial de la sentencia
Con el fallo emitido por la Sala de Casación Penal, la Corte Suprema de Justicia decidió no casar la sentencia proferida originalmente por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga el 29 de julio de 2021.
Dicha corporación regional ya había ratificado, en segunda instancia, el fallo condenatorio dictado el 12 de febrero del mismo año por el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Barrancabermeja. Las tres instancias del poder judicial han coincidido en calificar la conducta del agresor bajo los parámetros técnicos de autor en los delitos de homicidio agravado en concurso heterogéneo con homicidio agravado en grado de tentativa.
Los argumentos desestimados de la defensa: El intento de rebajar la pena
Durante el recurso extraordinario de casación, la defensa técnica del mayor (r) Hernández Bermúdez desplegó una serie de objeciones procesales con el fin de tumbar el juicio. El abogado defensor sostuvo que la jueza de conocimiento permitió estipulaciones o acuerdos probatorios entre las partes sobre hechos que, según su criterio, comprometían directamente la responsabilidad penal, vulnerando la presunción de inocencia y la legalidad. Asimismo, alegó que a su cliente se le vulneró el derecho a la defensa material al no permitírsele ser oído en declaración durante la última etapa del juicio público.
El punto más controvertido de la reclamación de la defensa radicó en la solicitud de aplicar el principio de congruencia para modificar la calificación de la agresión contra la exsuegra:
- Petición de la defensa: Sostenían que la conducta contra Sara Elena Torres no debía ser procesada como homicidio en grado de tentativa, sino bajo la tipicidad de lesiones personales, lo que habría reducido ostensiblemente los años de reclusión.
- Respuesta de la Corte Suprema: Los magistrados negaron de tajo la pretensión, advirtiendo que la gravedad y la ubicación de la herida en el tórax demostraban una intención letal que no se consumó por razones ajenas a la voluntad del agresor.
Las pruebas clave: Alevosía y el testimonio de la hija a sus 14 años
Para fundamentar la decisión de mantener intacta la pena de 41 años de cárcel, la Sala Penal de la Corte Suprema se apoyó en los informes técnicos que demostraron que el crimen no fue un acto impulsivo, sino una acción premeditada. El agresor realizó labores de seguimiento y esperó pacientemente a que su exsuegro, Francisco Hernández Ávila, abandonara el domicilio para dirigirse a su jornada laboral.
«El agresor incluso exploró la alternativa de producir la muerte a personas sobre quienes, por sus condiciones físicas, podría reducir con mayor facilidad en caso de que auxiliaran a su expareja. Conforme a lo declarado por Francisco Hernández —padre de la occisa—, el ataque a Telma del Pilar se planeó y ejecutó en su ausencia», reza un fragmento de la ponencia de la alta corporación judicial.
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Los magistrados otorgaron plena validez científica y testimonial a las pruebas de cargo presentadas por la Fiscalía General de la Nación, destacando de forma especial la declaración brindada por la hija de la víctima, quien al momento de comparecer formalmente ante los peritos de la justicia ya contaba con 14 años de edad y relató de forma coherente los hechos de los que fue testigo.
Igualmente, el tribunal valoró los testimonios de Angélica Amarí Centeno, cuidadora de la menor y testigo presencial dentro del inmueble, así como los relatos de los vecinos Armando Rapalino González y Morelba Durán Rueda, quienes auxiliaron a las dos mujeres ensangrentadas cuando lograron salir de la vivienda en busca de refugio. Con esta confirmación, el mayor retirado continuará recluido en un pabellón para servidores públicos de un centro penitenciario del país, extinguiendo la totalidad de la sanción penal impuesta.
Condena a militar que asesinó a su expareja delante de su hija y luego intentó matar a su exsuegra. La #SalaDeCasaciónPenal de la @CorteSupremaJ confirmó la pena de 41 años de prisión por el delito de homicidio agravado en concurso con homicidio agravado en grado de tentativa.
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) July 7, 2026
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