martes 07 mayo 2024
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El polémico artículo 42 de la reforma a la salud, ¿se presta para corrupción?

Una de las reformas más polémicas del gobierno de Gustavo Petro, salió de cuidados intensivos. La reforma a la salud está solo a cinco artículos de su aprobación completa en el debate que se está llevando a cabo en la Cámara de Representantes.

Durante uno de los debates decisivos, llevado a cabo el pasado lunes, 4 de diciembre, el artículo 42 generó discordia y ha sido uno de los más polémicos desde que se presentó el proyecto. Este artículo es el que determina la elección de los directores de hospitales públicos.

De hecho, terminó incomodando, al parecer, al propio Gobierno en representación del ministro del Interior, Fernando Velasco, pues pidió que los gobernadores y alcaldes tengan la facultad absoluta para elegir en sus regiones, pero que no se incluya la palabra ‘concurso’.

Esto generó rechazo en la plenaria de la Cámara, pues para algunos congresistas fue entendido como una eliminación de la meritocracia y se convertiría en una elección a dedo.

“Si la Cámara no busca fusionar elementos de meritocracia con la posibilidad constitucional de no quitarle la decisión a los gobernadores y los alcaldes, este artículo va a terminar enfrentando el Congreso con buena parte de la opinión de este país”, señaló Velasco.

Esto generó bastantes críticas, como la del representante Jaime Salamanca, quien dijo que “Los gobernadores y alcaldes no son todos politiqueros” y que se deben buscar fórmulas para combinar el mérito con la decisión de los mandatarios regionales.

La representante Catherine Juvinao también criticó la decisión al asegurar que: “Si lo que se están inventando es una nueva jugadita para quitar la meritocracia, díganselo al país”.

De acuerdo con el proyecto de la reforma a la salud, el artículo 42 es del capítulo II de las Instituciones de Salud del Estado, este apartado detalla cómo se elegirá el director de los hospitales públicos.

Dentro de los requisitos que se encontraba en la ponencia original, estaban estipuladas algunas características que debía cumplir la persona postulada en su perfil profesional como, por ejemplo, un puntaje mínimo en la prueba, prepararían y llevarían a cabo las Instituciones de Educación Superior y el Departamento Administrativo de la Función Pública.

Además, la persona sería elegida dentro de los tres meses siguientes al inicio del periodo respectivo de la administración local, para un periodo de cuatro años.

Sin embargo, Alfredo Mondragón, ponente del proyecto, eliminó esos requisitos el pasado 15 de noviembre, “para la posesión del cargo, el director nombrado deberá realizar previamente un proceso de inducción, el cual será reglamentado por el Ministerio de Salud”.

Esto para algunos congresistas fue entendido como una eliminación de la meritocracia, pues los alcaldes y gobernadores podrán elegir a dedo a quienes se les entregarían esos cargos.

Catherine Juvinao Clavijo, del partido Verde, realizó un fuerte cuestionamiento: “¿Cómo es posible que una reforma que se dice que es para atajar la corrupción, esté avalando una proposición que elimina la meritocracia y se presta para la corrupción, la politiquería y el clientelismo?”.

Frente a esta polémica, el presidente Petro también se pronunció: “Espero que la Cámara no apruebe esta modificación que le hicieron al artículo 42 de la reforma a la salud que presentamos. Los directores de los centros de salud públicos deben ser nominados por fuertes procesos de selección, tal como propuso el Gobierno”.

Este artículo ha generado tanto caos, que, al parecer, ni los ministros de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y el del Interior, Luis Fernando Velasco, se ponen de acuerdo con ese punto, pues el primero defiende la ponencia original y el otro la idea de que los mandatarios locales puedan asignar esos cargos a dedo.

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