El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. La decisión se conoció este 21 de octubre de 2025, tres meses después de que, en primera instancia, un juzgado penal de Bogotá lo condenara a 12 años de prisión domiciliaria por su culpabilidad.
Para llegar a este fallo, el expresidente Uribe y la Procuraduría apelaron la decisión y, en segunda instancia, el Tribunal decidió absolverlo. En esta determinación judicial participaron los magistrados Manuel Antonio Merchán, quien actuó como ponente, Alexandra Ossa y María Leonor Oviedo. Luego de revisar el expediente y la sentencia de primera instancia, el Tribunal Superior de Bogotá encontró que Uribe no cometió ni el delito de soborno en actuación penal y fraude procesal.
También puedes leer: Defensoría exigió medidas urgentes para atender crisis humanitaria en Antioquia
Según el fallo judicial, la Fiscalía no logró demostrar la culpabilidad de Uribe en seis hechos por los que fue investigado, tanto por la Corte Suprema de Justicia, como del búnker, hoy al mando de la fiscal Luz Adriana Camargo. Para el tribunal, la sentencia de primera instancia no revisó de manera correcta las pruebas del expediente y la jueza Heredia cometió varios errores en su valoración.
Para el Tribunal Superior de Bogotá, la Fiscalía no logró comprobar que en cinco de los seis hechos por los que Uribe fue condenado, el expresidente hubiera dado órdenes a su abogado Diego Cadena de contactar a testigos y ofrecerle dádivas a cambio de sus retractaciones en investigaciones por supuestos vínculos con grupos paramilitares.
El magistrado ponente, Manuel Antonio Merchán, leyó durante tres horas las consideraciones del tribunal para absolver a Uribe. Entre otras cosas, explicó que, luego de la revisión del proceso, no se pudo acreditar “instrucción alguna” del expresidente para la comisión de delitos.
El Tribunal agregó que tampoco encontró pruebas de una “subordinación funcional” y que las comunicaciones entre Uribe y su abogado, Diego Cadena, solo sirvieron para que el jurista le informara sobre gestiones ya realizadas, “sin indicios de presión o inducción delictiva por parte del acusado”.
Sobre el caso de Juan Guillermo Monsalve, el testigo clave del proceso, el Tribunal fue claro: “Aunque se acreditó que Monsalve sostuvo conversaciones sobre su retractación, no se demostró que el determinador (Uribe) pretendiera inducir una versión falsa o suprimir la verdad”.
Sobre el delito de fraude procesal, lo que encontró el Tribunal Superior de Bogotá es que nada de las gestiones que hizo el abogado Cadena, y de las que informó a Uribe, tuvieron como objetivo engañar a la justicia. “No hay prueba de que Uribe ordenara inducir falsedades”, agregó el Tribunal. Por eso, en segunda instancia, el presidente Uribe quedó absuelto de todos los cargos.
Te puede interesar: Atentado con carro bomba en El Patía, Cauca, dejó tres policías heridos
Según el fallo de primera instancia en contra del expresidente, Uribe sabía sobre las acciones de sus emisarios en la búsqueda de testigos en las cárceles del país, para intentar favorecerse con sus testimonios. Para establecer esto, fue clave el abogado Diego Cadena, quien ya fue condenado por estos mismos hechos. La investigación estableció que ofreció beneficios a Juan Guillermo Monsalve para cambiar su versión sobre los supuestos vínculos del expresidente y su hermano, Santiago Uribe, con paramilitares.
Durante el proceso se avaló como prueba las interceptaciones realizadas a los teléfonos de Uribe y Cadena, en las que, para la jueza de primera instancia, Sandra Heredia, quedó demostrado el plan para ofrecer beneficios a los testigos. Asimismo, se consideró la validez del intento de Cadena para manipular a Carlos Enrique Vélez, alias “Víctor”, un exparamilitar al que, incluso, Cadena ofreció beneficios económicos a cambio de su testimonio.
Lo mismo ocurrió con la exparamilitar Eurídice Cortés, alias“Diana”, a quien Cadena le pidió grabar un video para favorecer a Uribe Vélez ante la Corte Suprema de Justicia. La decisión de primera instancia absolvió al expresidente del delito de soborno, decisión que mantuvo el Tribunal Superior de Bogotá en la decisión que se conoce hoy.
El pasado 28 de agosto, Uribe Vélez renunció a la prescripción de la investigación en su contra. A través de una carta que envió al Tribunal Superior de Bogotá, el líder natural del Centro Democrático pidió que no fuera tenida en cuenta la fecha del 16 de octubre de 2025 como límite para resolver su caso en segunda instancia y que el tribunal siguiera con su labor.
Sin embargo, ya la Sala Penal que tomó la decisión trabajaba a toda marcha e, incluso, había pedido autorización para dedicarse únicamente al expediente Uribe y sacarlo antes de la fecha de la prescripción. Efectivamente, eso ocurrió y este 21 de octubre el Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente.
#ATENCIÓN | Este es el momento en que el Tribunal Superior de Bogotá absuelve al expresidente @AlvaroUribeVel de la condena a 12 años por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
— ÚltimaHoraCaracol (@UltimaHoraCR) October 21, 2025
Vía @danielaramire_ https://t.co/vwS5QSGs2p pic.twitter.com/8fl3U8wkI4