MinInterior tiene listo borrador de decreto para garantizar seguridad en elecciones

A un mes de que se celebren las elecciones regionales que elegirán alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y ediles, ya quedaron fijadas las reglas de juego para el 29 de octubre. Esta campaña ha sido una de las que más ha tenido alertas por orden público y seguridad, sobre todo en los territorios rurales donde hay presencia de actores armados ilegales. El Ministerio del Interior ya emitió el borrador del decreto de orden público que reglamentaría a las autoridades locales y nacionales para garantizar la seguridad en los comicios.

El documento de 12 páginas plantea 32 artículos en los que se ordena a autoridades militares y de policía coordinar con mandatarios los comités de orden público y consejos de seguridad para adoptar medidas que minimicen los riesgos de seguridad. También se planteó la Ley Seca, que prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas desde las 6 p.m. del sábado 28 de octubre hasta las 6 a.m. del lunes 30 de octubre.

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En esos mismos horarios también quedaría prohibido el porte de armas de manera general, a excepción de las autorizaciones especiales que se soliciten para esa jornada.

Hay una claridad para Bogotá, que podría tener segunda vuelta este año. En ese caso, la segunda elección se llevaría a cabo el 19 de noviembre y la norma entraría en vigencia desde el sábado 18 de noviembre hasta el lunes 20 de noviembre, en los mismos horarios establecidos.

En ese documento se especifica, como en cada elección, que los medios de comunicación y difusión deben abstenerse de difundir propaganda política y electoral durante los comicios. Tampoco podrían instalarse nuevos carteles, vallas, pasacalles ni afiches políticos.

Sobre las reuniones políticas de los candidatos, se estipula que los alcaldes deben permitirle a partidos políticos y movimientos ciudadanos las manifestaciones en espacios públicos que “permita a los ciudadanos conocer con claridad el debate democrático que resulta de las propuestas de las distintas organizaciones políticas”, según dice en el documento. En caso de existir segunda vuelta en Bogotá, la norma entraría en vigencia entre el 13 hasta el 20 de noviembre.

En el caso de los votantes que asistan a las urnas, los ciudadanos podrían llevar un elemento de ayuda que no mida más de 10 centímetros y que no sea portado en un lugar visible, que le permita a la persona identificar la imagen del partido o del candidato que va a elegir.

Es decir, los ciudadanos pueden llevar consigo un documento de esas características con alguna imagen o indicación para identificar el tarjetón. De igual manera, los adultos mayores y ciudadanos que tengan limitaciones físicas pueden entrar acompañados por una sola persona al cubículo de votación.

Lo que no se puede hacer es portar propaganda política en volantes, ropa, vehículos o cualquier otro elemento que se haga visible. “La Policía Nacional decomisará toda clase de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante el día 29 de octubre”, dice la norma.

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Al igual que en todas las elecciones, quedaría prohibido el uso de celulares y cámaras en los puestos de votación entre las 8 a.m. y las 4 p.m. Después de esa hora, en medio de los escrutinios, quienes tienen esa facultad son los testigos electorales de cada partido, que podrán utilizar cámaras fotográficas para guardar evidencia electoral.

El día de la votación está prohibido que se contraten “auxiliares electorales” o “guías políticos” que incidan en el libre ejercicio de votación. La Policía está facultada para desmontar esos puestos y decomisar el material de propaganda que se esté divulgando.

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