Mientras todos celebran y ven con buenos ojos la entrada al mercado energético de la costa atlántica en los departamentos de Bolívar, Sucre, Córdoba y Cesar de EPM con su empresa AFINIA, SINTRAELECOL prende las alarmas y cierne un manto de duda sobre el proceso legal de sustitución patronal que no hará EPM ni su filial AFINIA, sino otra empresa, Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P
Antes de pasar de una empresa a otra la operación del servicio público domiciliario de energía, se manejaba mediáticamente que la sociedad que recibiría la operación era Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P, pero de manera sorpresiva se dio a conocer que sería AFINIA filial de EPM y hasta allí todo está bien.
Pero para SINTRAELECOL Cartagena y su presidente seccional Julio Vergara, es algo turbio que un proceso legal como la sustitución patronal lo haga Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P, empresa que el dirigente sindical cataloga como de papel.
Cuestiona Julio Vergara que Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P, empresa creada en el año 2020 con un capital de $1.000.000 y una autorización de $10.000.000, asuma a todos los empleados que vienen de Electricaribe que solo en Cartagena son 200 tanto de la parte administrativa como operativa ¿Eso lo vemos raro y prendemos las alertas? Además, se pregunta si existe conflicto de interés porque Angela Patricia Rojas Combariza aparece como representante legal y gerente de Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P y esta era la agente especial de Electricaribe. Y la gerente de AFINIA aparece como representante legal de cargo en la empresa Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P todo un entramado
EPM quien fue la que compró no aparece por ninguna parte. Es algo turbio y nos preocupa. Quien debe sustituirnos debe ser el que compró en este caso Electricaribe
Esta empresa Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P puede declararse en quiebra o decir que no le sirve el negocio y a quién le reclamamos.
SINTRAELECOL ha enviado un comunicado a EPM que se haga responsable de los trabajadores según los artículos 67 y 68 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece, que el nuevo dueño (Que en este caso es EPM) debe asumir a los empleados que vienen y no una empresa de papel como lo es Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P.
En la sustitución patronal el nuevo dueño asume todos los pasivos, los derechos laborales porque pasa de un dueño a otro, en este caso de Electricaribe a EPM.
Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P, está enviando una carta a todos los empleados donde dice que: todos van a ser sustituidos y todos los derechos van a ser pagados por Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P, una empresa de papel.
Prácticamente Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P, es una bolsa de empleo una empresa de papel.
No estamos de acuerdo que Caribe Mar de la Costa S.A.S E.S.P la empresa de papel nos sustituya, debe ser EPM y nos tocará recurrir a todos los mecanismos para que sea EPM la que sustituya.
En las anteriores sustituciones no hubo problemas porque pasamos de un patrón a otro, de Electrificadora de Bolivar a Electrocosta, es más, ellos no enviaron carta de sustitución, ellos dijeron directamente: “su sustitución viene con Electrocosta” y para barranquilla y demás pasaron de Electransa a Electricaribe. Por eso esta sustitución es rara con una empresa en la mitad.
tomado de Noticia Vital de Cartagena