sábado 04 mayo 2024
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Corte tumbó cobro adicional en recibos de luz para atender emergencia en La Guajira

La Corte Constitucional declaró este jueves inexequible el decreto que preveía medidas para la transición energética, agua y saneamiento en el departamento de La Guajira y que había sido anunciado por el Gobierno en julio. En consecuencia, se ordenó la devolución de los cobros ya realizados.

Así las cosas, se tumba el cobro que iba a ser incluido en las facturas de energía eléctrica en todo el país en estratos 4, 5 y 6 para destinar estos recursos a la situación energética y de acueducto en La Guajira.

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«Declarar inexequible el decreto legislativo 1276 del 31 de julio de 2023, ‘Por el cual se adoptan medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica y preservar los medios de subsistencia de la población a través del rescate de la transición energética, con la finalidad de superar la crisis humanitaria y el estado de cosas inconstitucionales o evitar la extensión de sus efectos, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira», señaló la orden de la Corte.

«La inexequibilidad que trata el numeral anterior tendrá efectos retroactivos a partir del 31 de julio de 2023 respecto de los artículos 3, 6, 7 y 8 del Decreto Legislativo 1276 del 31 de julio de 2023″, agregó la sentencia.

Así las cosas, los recursos recaudados a través de esta decisión deben ser devueltos a los contribuyentes «mediante compensación con la facturación del servicio de energía eléctrica, en un término máximo de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de adopción de esta decisión».

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La Corte Constitucional manifestó que «el impuesto previsto en el artículo tercero no está relacionado con la prestación del servicio de agua o el saneamiento básico, y su existencia en el ordenamiento jurídico, aunque haya sido temporal, compromete intensamente el principio democrático y el principio de legalidad de los tributos».

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