En un momento trascendental en la historia de Colombia, este lunes 28 de julio del 2025, Álvaro Uribe Vélez se convirtió en el primer expresidente de la República en ser condenado por la justicia.
La juez 44 penal de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, dictó sentido de fallo condenatorio en su contra por presuntamente manipular testigos. Uribe Vélez, quien gobernó al país entre el 7 de agosto de 2002 y el 7 de agosto de 2010, fue encontrado culpable por dos delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Por otro lado, fue absuelto por el delito de soborno.
Para la juez, la Fiscalía, en cabeza de la fiscal Marlene Orjuela, logró demostrar que Álvaro Uribe Vélez, a través de quien era su abogado en 2018, Diego Javier Cadena, fue el “determinador de una serie de peregrinajes en las cárceles del país buscando testigos falsos contra Iván Cepeda”, y que cambiaran las versiones entregadas a la justicia que lo vinculaban con grupos paramilitares.
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Sandra Heredia aseguró que Álvaro Uribe sí conocía del plan que pretendía buscar testigos que se retractaran a su favor y explicó que, “es imposible que más de 10 personas se abocaran a esa misma causa sin ningún direccionamiento”.
“No es designio de la providencia, mandato de Dios o alineación de los planetas que al tiempo todos los protagonistas se abocaran hacia una misma causa, menos que una persona privada de la libertad con las evidentes limitaciones que ostenta para comunicarse lograra movilizar a casi una decena de personas para obtener su proceso reivindicatorio”, explicó la jueza del caso.
Así las cosas, los abogados de Uribe no pudieron derribar la acusación en su contra, ni demostrar lo que alegaron durante varios años: que Álvaro Uribe Vélez nunca pidió sobornar testigos y que siempre buscó que se dijera la verdad a la justicia, frente a lo que consideró un supuesto “complot” orquestado por el senador Cepeda para incriminarlo.
¿Cómo fue el juicio?
Esta “novela” que tuvo capítulos durante 13 años y que derivó en el proceso judicial más complejo en la historia reciente, inició en el 2012, cuando Álvaro Uribe denunció a Iván Cepeda por manipular a exparamilitares para que lo vincularan a él y a su hermano Santiago con la creación del Bloque Metro de las Autodefensas.
Pero, en 2018, la Corte Suprema tomó una decisión que dio un drástico giro al caso: archivó la denuncia contra Cepeda e inició una investigación contra Uribe, al considerar que él y su exabogado, Diego Cadena, habrían intentado influir en testigos exparamilitares en cárceles para desacreditar a Cepeda.
Es así como el expresidente pierde la batalla que inició el pasado 6 de febrero de este 2025, con la instalación del juicio oral en su contra, y pese haber intentado demostrar su inocencia, con testimonios, documentos, y diferentes pruebas durante casi 6 meses de extensas audiencias.
La juez Sandra Heredia hizo una defensa de la independencia judicial al comenzar la lectura del fallo en el juicio: “La espera ha finalizado”.
Así mismo, recordó que han pasado 475 días después de “una maratónica lucha contra el reloj” y calificó el momento como uno de los más significativos de la historia judicial reciente.
“El derecho no puede temblar frente al ruido y la justicia no se arrodilla frente al poder, la justicia no ve nombres, ni cargos, ni estaturas, porque su mirada está enfocada exclusivamente en la verdad jurídica y en el deber ético de resolver conforme a la ley y la confianza”.
“El sentido del fallo es una decisión que se hace de la mano con la sentencia, pero voy a extenderme un poco para que todos tengamos claridad de las razones de X o Y decisión. La decisión, que ya está prácticamente lista, pasa las 1000 páginas. Que todo el país sepa cuál es la decisión que se adoptó. Cada evento tiene pruebas diferentes. No será una victoria de nadie ni derrota de alguien: condenación tras largo camino probatorio. Pedimos respeto, sensatez, pedimos que este momento sea entendido con altura y sensatez”, manifestó con relación a la antesala de dictaminar la decisión final.
¿Por qué cargos fue condenado el expresidente Uribe?
Álvaro Uribe Vélez fue condenado por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
El soborno, conocido legalmente como cohecho, es considerado un delito, debido a que este afecta la transparencia e imparcialidad de las instituciones públicas, atentando contra la confianza y el correcto funcionamiento del Estado.
Entre los elementos que tuvo en cuenta la juez del caso para tomar la decisión, están los ofrecimientos que recibió Juan Guillermo Monsalve del abogado Diego Cadena y las presiones que recibió el mismo por parte de Carlos Eduardo López Callejas, alias ‘Caliche’, de las cuales sí hizo parte Uribe, según el fallo.
En ese contexto, la jueza le dio credibilidad a lo dicho por el testigo estrella del caso, Juan Guillermo Monsalve, “se ha mantenido consistente en este proceso. Incluso, previendo ataques en su contra, logró grabar las conversaciones (relacionadas con las presiones recibidas y los beneficios ofrecidos). Esto le ha representado asaltos a su vida, honra y unidad familiar. Su testimonio se hace creíble por el conocimiento previo del acusado. Sus padres trabajaban con la familia Uribe Vélez, en la finca ‘Las Guacharacas’. Y debió afrontar la insensibilidad, ingratitud y desprecio de su propia familia, y de sus compañeros de prisión, quienes lo muestran como un delincuente sin frenos. El testigo no está faltando a la verdad”, concluyó Heredia.
De otro lado, en lo relacionado con el delito de fraude procesal, considerado un delito porque atenta contra la administración pública y la función jurisdiccional del Estado, al inducir en error a un servidor público para obtener una decisión contraria a la ley, la jueza también halló a Uribe culpable.
Ese delito se basa en el caso del narcotraficante extraditado a Estados Unidos Juan Carlos “El Tuso” Sierra, quien en 2018 y 2019, a través de la defensa del expresidente Uribe allegó a la Corte Suprema de Justicia dos cartas en las cuales acusó a una comisión de congresistas de supuestamente prometerle dádivas, tras una visita a una cárcel de Washington, a cambio de que declarara en contra del hoy detenido senador Uribe.
Absuelto de fraude simple
El soborno simple ocurre cuando “un particular (persona común) ofrece o entrega dinero, beneficios u otras dádivas a un servidor público (funcionario)”, esto con el fin de que este realice, omita o retarde un acto propio de sus funciones, en beneficio del sobornador o de un tercero, pues busca proteger la transparencia de la administración pública.
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Uribe era acusado por este delito, dado que según la Fiscalía habría determinado a Diego Cadena para que buscara el testimonio de la exfiscal Hilda Niño, para que declarara que supuestamente ella sabía de un presunto complot orquestado por los exfiscales Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo.
Según acreditó la Corte y la Fiscalía, Hilda Niño iba a declarar como testigo del supuesto complot contra los hermanos Uribe a cambio de beneficios jurídicos. No obstante, la juez determinó que no hubo motivos suficientes para declararlo culpable por este delito.
La jueza Heredia no encontró pruebas suficientes para condenar a Álvaro Uribe por el delito de soborno simple (el tercer cargo imputado) debido a las acciones de su abogado, Diego Cadena, con la exfiscal Hilda Niño.
Consideró que no hay pruebas claras de que Niño fuera trasladada a otra prisión en 2018 por haber accedido a declarar a favor de Santiago Uribe, hermano del expresidente. Según la jueza, el traslado parece haber sido resultado de una orden judicial y una posterior declaración de desacato. Comentó que pensar lo contrario sería restarle mérito a la judicatura.
¿Qué sigue en el proceso?
Cabe mencionar que la decisión de la jueza Heredia es la primera instancia de un proceso que continuará en el Tribunal Superior de Bogotá y está en riesgo de prescribir si no hay una segunda decisión antes del 16 de octubre.
Ahora inicia un proceso de apelación por parte de la defensa del expresidente -tienen 5 días para sustentarla- y luego sería trasladada al Tribunal Superior de Bogotá. Dependiendo de la decisión de este órgano judicial, el proceso continuaría si se interpone recurso extraordinario de casación.
El recurso de casación es una herramienta procesal extraordinaria a la que se suele recurrir cuando alguno de los tribunales superiores tuvo un error en una decisión o se busca corregir un proceso. Después de este recurso se puede recurrir a otros, en los que, finalmente, la decisión llegue a la Corte Suprema de Justicia.