
La aporofobia digital no es únicamente un fenómeno social o tecnológico. Se trata de un problema jurídico contemporáneo que impacta de manera directa el ejercicio de derechos fundamentales. En la medida en que las plataformas digitales se han convertido en espacios centrales para la expresión, el trabajo, la participación ciudadana y la construcción de identidad, las dinámicas de exclusión que allí operan tienen efectos concretos sobre la dignidad humana, la igualdad y la libertad.

El concepto de aporofobia digital fue acuñado por primera vez en América Latina y a nivel mundial por la autora colombiana Carito Ochoa, quien además registró y desarrolló una línea de estudio orientada a analizar las nuevas formas de exclusión en entornos digitales. La noción parte del concepto de aporofobia propuesto por la filósofa Adela Cortina, pero lo amplía hacia el ecosistema algorítmico, donde la pobreza no solo se expresa en términos materiales, sino también como falta de visibilidad, alcance y participación.
Desde esta perspectiva, Ochoa invitó a las abogadas Johanna Zapata González y Dayana Betancur Escobar a participar en su libro con un análisis jurídico del fenómeno, incorporando al debate miradas constitucionales y de derechos humanos que permiten comprender la aporofobia digital como una forma contemporánea de discriminación.

Johanna Zapata González, abogada y magíster en Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos y Derecho Operacional, advierte que la aporofobia digital constituye una amenaza silenciosa para el orden constitucional. En su análisis, sostiene que el entorno digital, lejos de ser un espacio neutral de libertad, funciona bajo una arquitectura de control similar a la descrita por Noam Chomsky en sus críticas a los sistemas de poder: un escenario donde las reglas no son visibles, pero sí profundamente condicionantes.
Desde esta lógica, la invisibilización algorítmica afecta derechos como el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de expresión, el derecho al trabajo, la dignidad humana y el principio de igualdad. No basta con poder “hablar” en redes; el derecho fundamental también implica la posibilidad real de ser escuchado. Cuando el algoritmo prioriza voces con capital económico, estético o simbólico, y sepulta aquellas que no cumplen con esos criterios, se configura una forma de censura privada que impacta el debate público.
Por su parte, Dayana Betancur Escobar, abogada y magíster en Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos y Derecho Operacional, plantea que la aporofobia digital activa obligaciones concretas del Estado. Desde un enfoque de derechos humanos, recuerda que instrumentos como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reconocen el derecho a participar en la vida cultural, a beneficiarse del progreso científico y a buscar, recibir y difundir información por cualquier medio. En el contexto actual, estos derechos incluyen de manera ineludible el acceso y la participación en entornos digitales.
Betancur subraya que la exclusión digital no puede entenderse como una falla individual, sino como una vulneración estructural que exige políticas públicas diferenciadas, regulación efectiva y responsabilidad estatal. En países con profundas brechas sociales, asumir que el acceso a la tecnología es universal invisibiliza a millones de personas y perpetúa la desigualdad.
Nombrar este fenómeno como aporofobia digital no es un ejercicio semántico. Como sostiene la autora, ponerle nombre a la exclusión permite verla, analizarla y transformarla. En un mundo donde la vida social se organiza cada vez más alrededor del algoritmo, el reto jurídico es garantizar que el entorno digital no se convierta en un privilegio reservado a quienes tienen capital, sino en un espacio donde la dignidad y los derechos humanos sean efectivamente protegidos.