Demandan resolución que delimita zona de ubicación para el Frente 33

En el Consejo de Estado fue radicada una demanda de nulidad contra la Resolución No. 161 del 23 de mayo de 2025, expedida por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, que delimita una zona de ubicación para el Frente 33 de las disidencias de las FARC en Tibú, Norte de Santander. 

El recurso fue presentado por el director del Nuevo Liberalismo, Juan Manuel Galán, quien asegura que la resolución se fundamenta en una grave violación de principios constitucionales. 

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“Colombia ya vivió el error de crear zonas donde el Estado renuncia a su soberanía. No podemos repetir ese camino. Esta resolución abre un boquete legal e institucional que debilita el Estado de derecho y deja sin garantías a millones de colombianos. Además, suma motivos para la descertificación del país, lo que traería nefastas consecuencias en materia de cooperación y reputación internacional”, señaló Galán. 

Para el dirigente de la colectividad, el Gobierno ha incurrido en una extralimitación de funciones al adoptar una medida de alto impacto sin motivación suficiente, sin consulta institucional y sin los controles constitucionales que exige un proceso de paz legítimo. 

“La Resolución 161 vulnera tratados internacionales sobre derechos humanos y cooperación judicial, ignora el derecho al debido proceso y pone en riesgo al Catatumbo, territorio que ha sufrido el incremento de la violencia, el desplazamiento forzado y la presencia de estructuras armadas ilegales. La paz debe construirse con rigor jurídico, no con concesiones opacas ni actos administrativos improvisados. Colombia necesita reconciliación, pero no al precio de desproteger a las víctimas y debilitar la justicia”, aseveró. 

La demanda tiene como pretensión la nulidad del decreto, y solicita que, «como consecuencia de la declaratoria de nulidad, se restablezca el control judicial efectivo sobre las órdenes de captura y de extradición, garantizando que cualquier decisión relacionada con la suspensión o modificación de dichas medidas se sujete al principio de reserva judicial y a los procedimientos legalmente establecidos, en particular en relación con la necesidad de que exista una ley de sometimiento, una autorización judicial para el levantamiento de órdenes de captura y una protección efectiva a las víctimas, tal como lo condicionó la Corte Constitucional al estudiar la constitucionalidad de la norma». 

El pasado 3 de mayo, el presidente Petro confirmó que la delegación de paz del Gobierno y miembros de las disidencias del Frente 33 —una de las estructuras que componen el Bloque Magdalena Medio Gentil Duarte— acordaron la instalación de una zona de ubicación temporal de cara a la “dejación de la violencia”. 

El documento, firmado tras un encuentro en la ciudad de Cúcuta, establece la instalación de una zona de ubicación temporal en el área rural del municipio de Tibú, bajo los parámetros establecidos en la Ley 2272 (de “paz total”). 

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“Se acuerda zona de paz para la dejación de la violencia con el Frente 33 del Estado Mayor y el Gobierno nacional. Allí se congregarán los combatientes y armas del Frente 33. Comienza la paz del Catatumbo”, señaló el presidente Petro en su cuenta de X. 

Este frente, liderado por alias Jhon Mechas y alias Richard, hace parte de las disidencias del Bloque Magdalena Medio Gentil Duarte, que a su vez integra el Estado Mayor de los Bloques y Frentes (EMBF), conocidas como las disidencias de ‘Calarcá’. 

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