Con reglamentación del programa Barrios de Paz, la comunidad es protagonista de procesos de planificación de su territorio

Con el fin de garantizar los instrumentos para que la ciudadanía pueda participar activamente en la formulación y gestión de los planes y proyectos para la transformación y mejoramiento de sus barrios y sus viviendas, el ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio reglamentó el Programa Barrios de Paz con la expedición del Decreto 1470 del 10 de diciembre de 2024​.

“Para transformar territorialmente los asentamientos humanos con déficit cuantitativo y cualitativo el decreto establece el Plan de Gestión del Hábitat, que permite formular y generar la hoja de ruta de las intervenciones físicas y socioeconómicas para mejorar los asentamientos del hábitat popular y la superación de la pobreza y, gracias a la creación de la Mesa Nacional de Barrios de Paz, se articularán las acciones e inversiones de las entidades del orden nacional en estos tipos de asentamientos”, explicó la directora de Espacio Urbano y Territorial del ministerio, Claudia Andrea Ramírez.

En la reglamentación se destaca la ampliación del concepto de mejoramiento integral que ahora involucra procesos de planeación participativa para vincular directamente a la comunidad con sus ideas, particularidades y necesidades.

El objetivo del decreto es impulsar estrategias orientadas a generar intervenciones integrales de hábitat, que incluyen la provisión de espacio público, equipamientos, agua, vías en los asentamientos que presenten deficiencias o precariedad, teniendo en cuenta a la comunidad, desde un enfoque de hábitat biodiverso para la paz territorial.

El decreto se expidió luego de incluir las observaciones pertinentes realizadas por la ciudadanía, y a partir de la identificación de necesidades sociales, económicas y culturales de la comunidad. 

También tiene en cuenta los enfoques poblacionales (diferencial, de género y de derecho a la ciudad) para consolidar un territorio sostenible, equitativo, equilibrado y que aporte a los acuerdos de paz.

De esta forma, los alcaldes y las alcaldesas pueden aplicar la normativa a través de: 

Articulación de entidades y  participación ciudadana

En este aspecto se recomienda que los alcaldes o alcaldesas conformen estos comités, para articular las diferentes entidades, organizaciones sociales o comunitarias involucradas en la estructuración y ejecución del Plan de Gestión del Hábitat, con el objeto de coordinar entre las entidades la concurrencia de recursos, priorizar las acciones y un adecuado diseño y ejecución de los proyectos, en el marco de las alianzas público-populares. Este enfoque participativo asegurará que los proyectos respondan a las demandas de la comunidad.

Planes de Gestión del Hábitat

Con la norma se crea el Plan de Gestión del Hábitat como un instrumento de gestión y financiación opcional para determinar la hoja de ruta de los proyectos prioritarios. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio invita a los alcaldes y alcaldesas a formular con las comunidades y organizaciones sociales planes de gestión del hábitat y así garantizar la priorización de las intervenciones de mejoramiento.

Adelantar procesos de legalización urbanística

Los alcaldes o alcaldesas pueden agilizar la aprobación de los procesos de legalización urbanística, ya que este decreto simplifica los requisitos del estudio urbanístico final (expediente de la legalización) y establece la posibilidad de dejar normas urbanísticas más generales, eliminando el contenido programático el cual se puede desarrollar como parte del Plan de Gestión del Hábitat.

Mejoramientos integrales de vivienda 

Con la creación del Plan de Gestión del Hábitat el Gobierno facilita la articulación de los programas de mejoramiento de vivienda rural y urbana con el mejoramiento de los asentamientos. Los mandatarios municipales o locales pueden adelantar las caracterizaciones para aplicar a los programas de subsidios y así apoyar a las comunidades más vulnerables y contribuir al desarrollo equilibrado entre lo urbano y lo rural.

Capacitación a equipos de trabajo 

Los mandatarios locales pueden también acompañar a las comunidades en las demás acciones necesarias para el mejoramiento de la calidad de vida de sus asentamientos, tales como la titulación, el reconocimiento de edificaciones o los temas relacionados con las conexiones intradomiciliarias. Para tal fin, los equipos de trabajo de las alcaldías y los actores locales encargados de la vivienda y urbanismo deben recibir capacitación sobre las nuevas disposiciones del decreto 1470, de tal manera que garanticen su aprovechamiento y correcta aplicación.

Mecanismo de seguimiento 

Finalmente, los alcaldes deben implementar mecanismos de seguimiento y evaluación de los proyectos de vivienda y urbanismo, para medir el impacto y corregir posibles desviaciones en la ejecución de los mismos.

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